STSJ Castilla-La Mancha 1422/2014, 15 de Diciembre de 2014
Ponente | JESUS RENTERO JOVER |
ECLI | ES:TSJCLM:2014:3335 |
Número de Recurso | 731/2014 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1422/2014 |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL
ALBACETE
SENTENCIA: 01422/2014
-C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE
Tfno: 967 596 714
Fax: 967 596 569
NIG: 02003 34 4 2014 0103996
402250
RECURSO SUPLICACION 0000731 /2014
Procedimiento origen: DEMANDA 0000788 /2013
Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO
DEMANDANTE/S D/ña Juan Pablo
ABOGADO/A: GONZALO PEREZ GUERRERO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
DEMANDADO/S D/ña: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACET
ABOGADO/A: CECILIA LAIGRET GARGUILLO
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN PRIMERA (C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE)
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000731 /2014
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000788 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de ALBACETE
Recurrente/s: Juan Pablo
Abogado/a: GONZALO PEREZ GUERRERO
Procurador/a: Graduado/a Social:
Recurrido/s: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACET
Abogado/a: CECILIA LAIGRET GARGUILLO
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Ponente : Iltmo. Sr. Jesús Rentero Jover.
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS
Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda
Presidente
Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover
Iltma. Sra. Dª Ascensión Olmeda Fernández
Iltma.Sra. Dª Maria del Carmen Piqueras Piqueras
==================================================
En Albacete, a quince de diciembre de dos mil catorce.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A Nº 1.422
En el Recurso de Suplicación número 731/14, interpuesto por Juan Pablo, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Albacete, de fecha 3-2-14, en los autos número 788/13, sobre Despido, siendo recurrido EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE.
Es Ponente el Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover.
Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por D. Juan Pablo, asistido por el Letrado D. Gonzalo Pérez Guerrero, contra el Excmo. Ayuntamiento de Albacete, asistido de la Letrada Dña. Cecilia Laigret Garguillo, se absuelve al Excmo. Ayuntamiento de Albacete de las pretensiones deducidas de contrario".
Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:
El actor, D. Juan Pablo, con D.N.I. nº NUM000, ha venido prestando servicios para el Excmo. Ayuntamiento de Albacete, con categoría profesional de operario de oficios E-14, en el Servicio Especial de Arquitectura y Obras, a tiempo completo, antigüedad de 1 de marzo de 2.005, y salario de 1.693,73 # mensuales, con la inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonado mediante transferencia bancaria a mes vencido, siendo de aplicación el Convenio Colectivo del Excmo. Ayuntamiento de Albacete, (B.O.P. de 13 de febrero de 2.009).
El día 18 de abril de 2.013, el Excmo. Ayuntamiento de Albacete notificó a D. Juan Pablo Resolución nº 2289/13, de fecha 17 de abril de 2.013, dictada por el Concejal-Delegado de Interior, Recursos Humanos y Seguridad en uso de la delegación concedida por la Junta de Gobierno Local, obrante en las actuaciones, dándose íntegramente por reproducida, en la que se invoca, entre otras consideraciones y acuerdos, que "en el referido acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de abril, una vez aprobado el Programa de Reasignación de Efectivos para la adscripción definitiva de trabajadores/as, en sus propios términos, acordó, asimismo, entre otras actuaciones las siguientes: B) Modificar los siguientes puestos de trabajo: 2. En el "Servicio Especial de Arquitectura y Obras" (09.1.2.1): modificar la relación de empleo del puesto de código nº 117006, operario de oficios, pasado de "personal laboral" a "personal funcionario de carrera"..... Como consecuencia de dichas adscripciones definitivas a los puestos de trabajo, códigos 117006
y 184003, extinguir, los siguientes contratos laborales temporales de los trabajadores que a continuación se detallan: Don Juan Pablo, DNI NUM000 con efectos del día 30 de abril de 2013, debiendo disfrutar antes de dicha fecha las vacaciones que tengan pendiente de ello, esto es, de siete días".
Con fecha 1 de marzo de 2.005, D. Juan Pablo suscribió con el Excmo. Ayuntamiento de Albacete contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, bajo la modalidad de interinidad, siendo la causa de dicha interinidad "sustituir al trabajador Hipolito, siendo la causa: sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto del trabajo", siendo el puesto de trabajo a desempeñar "Operario de oficios, Serv. Espec. de Albañilería", extendiendo su vigencia desde el día 1 de marzo de 2.005 y ello "hasta la reincorporación a su puesto de trabajo del contratado laboral fijo D. Hipolito en situación de baja por I.T. y hasta que se produzca el alta de la misma".
Con fecha 31 de marzo de 2.006, D. Juan Pablo suscribió con el Excmo. Ayuntamiento de Albacete nuevo contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, bajo la modalidad de interinidad, siendo la causa de dicha interinidad "sustituir al trabajador Hipolito, siendo la causa: sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto del trabajo", siendo el puesto de trabajo a desempeñar "Operario de oficios, Serv. Especial Albañilería", extendiendo su vigencia desde el día 22 de febrero de 2.006, indicándose en el mismo que "el presente contrato se suscribe con motivo de la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 28 de febrero de 2006, por la que se declara la Incapacidad Permanente Absoluta de D. Hipolito y mientras éste mantenga suspendido su contrato de trabajo con derecho a reserva de puesto de trabajo, ya que de conformidad con la Resolución de reconocimiento de la incapacidad se hace constar la previsible revisión de la misma por mejoría a partir del 22 de febrero de 2007, y en todo caso por el plazo máximo de 2 años de reserva de puesto de trabajo previsto legalmente, desde la fecha de la Resolución que declaró la incapacidad".
Con fecha 22 de febrero de 2.007, D. Juan Pablo suscribió con el Excmo. Ayuntamiento de Albacete un tercer contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completa, bajo la modalidad de interinidad, siendo la causa de dicha interinidad "para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva", indicándose, asimismo, "plaza vacante", siendo el puesto de trabajo a desempeñar "operario de oficios del Serv. Especial de Arquitectura y Obras, nº de puesto de trabajo 117006", estableciéndose en sus cláusulas adicionales "interinidad por vacante hasta la provisión definitiva de la plaza incluida en la Oferta de Empleo Pública de 2008 y/o adscripción de la misma de un contratado laboral fijo".
D. Juan Pablo, el día 4 de abril de 2.012, puso un grifo de agua en el sótano de las dependencias de la Policía Local de Albacete.
El día 22 de marzo de 2.013, procedió a la revisión de la colocación de seis grifos en el C.S.C. Ensanche que había dejado "mal puestos el señor Pedro ".
El día 1 de abril de 2.013, arregló la pérdida de agua existente en el lavabo del aseo de señoras en el club de jubilados de la localidad de El Salobral.
El día 2 de abril de 2.013, procedió a la "reparación de la llave de paso de la cisterna del aseo pequeño del WC de mujeres en la planta baja" del C.S.C. El Pilar " Pedro ".
El puesto de trabajo con código puesto 117006 se encuentra, actualmente, ocupado por el funcionario D. Rafael Lloret Cifuentes.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Albacete dictó Sentencia, de fecha 5 de diciembre de 2.013, en el Procedimiento Abreviado Nº 189/13, en la que, según el tenor literal del Fallo de la citada resolución, se desestimó "el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Letrada Dª María Victoria Sanz Abia, en nombre y representación de Dº Victorino, Secretario General de la Unión Provincial de CCOO de Albacete, contra: - La Resolución de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete, de fecha 08 de mayo de 2013, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 04/04/2013, en virtud del cual se aprueba el Programa para la Adscripción Definitiva del personal de Matadero, Laboratorio y Cocinas; y, - El Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 11/04/2013 de Propuesta de determinación de medidas técnicas a adoptar, relativas a la aprobación del programa para la adscripción definitiva del personal municipal de Matadero, Laboratorio y Cocinas.", declarando, igualmente, "dichas resoluciones conformes a Derecho", sentencia que, con fecha 23 de enero de 2.014, devino firme.
Por D. Juan Pablo se formuló, con fecha 17 de mayo de 2.013, reclamación administrativa previa, siendo desestimada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Albacete, de fecha 4 de julio de 2.013.
El actor no ostentaba la condición de representante de los trabajadores, ni en el momento de la extinción de su relación laboral, ni en el año anterior al mismo.
Que, en tiempo y forma, por la parte demandante, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.
Dicho Recurso ha sido impugnado de contrario.
Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.
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