STSJ Castilla y León 2485/2014, 28 de Noviembre de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2485/2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), sala Contencioso Administrativo
Fecha28 Noviembre 2014

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 02485/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección : 003

VALLADOLID

- N11600

C/ ANGUSTIAS S/N

N.I.G: 47186 33 3 2013 0100100

Procedimiento : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000066 /2013 /

Sobre: EDUCACION Y UNIVERSIDADES

De D./ña. Andrés, Eusebio, Lucas, Valeriano, Alfonso, Estanislao

LETRADO, SANTIAGO RODRIGUEZ MONSALVE GARRIGOS,,,,

PROCURADOR D./Dª., JORGE RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS,,,,

Contra D./Dª. Mariano, Tamara, Jose Daniel, Aurelio, Florian, Olegario, Felicisima, Sabina, Juan Luis, Clemente, Isaac, UNIVERSIDAD DE VALLADOLID UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

LETRADO,,,,,,,,,, J MARIA SANCHEZ-GIRON MARTIN, VICENTE GUILARTE GUTIERREZ

PROCURADOR D./Dª.,,,,,,,,,, MARIA HENAR SANCHEZ PALOMI NO, MARIA DEL CARMEN GUILARTE GUTIERREZ

Recurso nº 66/13

SENTENCIA Nº 2485

PROVIDENCIA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. AGUSTÍN PICÓN PALACIO

DÑA. M. ANTONIA LALLANA DUPLÁ

D. FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ

D. FRANCISCO JAVIER ZATARAÍN VALDEMORO En Valladolid, a veintiocho de noviembre de dos mil catorce.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La modificación del Reglamento de Ordenación Académica de la Universidad de Valladolid sobre el "Orden de prelación de las categorías de Personal Docente e Investigador a efectos de asignación del encargo docente", aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid en la sesión celebrada el día 24 de julio de 2012, y publicada en el BOCyL de Castilla y León de 23 de noviembre de 2012.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrentes: D. Eusebio, D. Andrés, D. Valeriano, D. Alfonso, D. Estanislao y D. Lucas, representados por el Procurador de los Tribunales don Jorge Rodríguez Monsalve, y defendidos por el Letrado don Santiago Rodríguez Monsalve.

Como demandada: la Universidad de Valladolid, representada por la Procuradora de los Tribunales

Dña. Carmen Guilarte Gutiérrez, y defendida por el Letrado don Vicente Guilarte Gutiérrez.

Como codemandados: Dª Felicisima, D. Aurelio, D. Florian, Dª Sabina, D. Olegario, D. Clemente, D. Juan Luis y D. Mariano, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Henar Sánchez Palomino, y defendidos por el Letrado don José María Sánchez-Girón Martín.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA M. ANTONIA LALLANA DUPLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que con estimación del recurso, declare que la norma impugnada es contraria al ordenamiento jurídico y decrete su nulidad, con expresa condena en costas al organismo demandado y ordene la publicación de la sentencia en el Boletín Oficial de Castilla y de León.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Universidad de Valladolid, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso.

En el escrito de contestación de la parte codemandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso.

Mediante Decreto de 24 de julio de 2013, se fijó la cuantía de este recurso en indeterminada.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba con el resultado que figura en los autos.

Presentado por las partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 20 de noviembre de 2014.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos en ella fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso-administrativo "La modificación del Reglamento de Ordenación Académica de la Universidad de Valladolid sobre el "Orden de prelación de las categorías de Personal Docente e Investigador a efectos de asignación del encargo docente", aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid en la sesión celebrada el día 24 de julio de 2012, y publicada en el BOCyL de Castilla y León de 23 de noviembre de 2012. Dicha impugnación se realiza por razones formales - se alega la inexistencia de la norma con base en que lo que aparece como norma publicada en el boletín oficial no es lo aprobado por el acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio de 2012; vulneración del procedimiento de aprobación de la norma reglamentaria establecida legalmente, la modificación reglamentaria no se ha adoptado a propuesta de la Comisión de Profesorado como indebidamente se indica en la misma; falta de competencia del Consejo de Gobierno para regular la materia aprobada en la modificación del reglamento; falta de motivación de la modificación de la norma reglamentaria-, en cuanto al fondo se alega la indebida prelación en la asignación de carga docente del Profesor Contratado doctor respecto del Profesor Titular de Escuela Universitaria no doctor funcionario. Por estos motivos solicita que se declare la nulidad de pleno derecho de la norma reglamentaria impugnada.

SEGUNDO

Empezando por el estudio de los aspectos formales de la norma reglamentaria impugnada, del examen del expediente, en relación con las alegaciones de las partes, y las pruebas practicadas en este proceso se desprende que la modificación del Reglamento de Ordenación Académica de la Universidad de Valladolid que nos ocupa fue aprobada por el que Consejo de Gobierno de dicha Universidad en sesión celebrada el 24 de julio de 2012, y sometida la propuesta a votación se obtuvo el siguiente resultado: votos a favor 22; votos en contra 9; y abstenciones 3. Por tanto fue aprobada por una amplia mayoría y después de haber sido objeto de un intenso debate.

Tacha la parte actora de inexistente la norma publicada por no corresponder con la que figura a los folios 15 y 16 del expediente administrativo como acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2012 por el que se modifica parcialmente el reglamento indicado y se aprueba el "Orden de prelación de las categorías de personal docente e investigador a efectos de asignación del encargo docente". La representación de la Universidad en el escrito de contestación ha dado una explicación satisfactoria de la divergencia existente entre la redacción de dicho acuerdo y la que se recoge en el acuerdo publicado en el BOCyL. Así, ha expuesto que lo sometido a aprobación del Consejo de Gobierno en la indicada sesión fue una "Propuesta de acuerdo del Consejo de Gobierno" denominándose, prematuramente, "Acuerdo del Consejo de Gobierno" resultando que la redacción del citado acuerdo que fue finalmente publicada fue la modificación que se acordó del mismo fruto del intenso debate realizado en dicha sesión (folios 25 a 27 del expediente administrativo); como resultado de este debate el acuerdo que finalmente se aprueba tiene la matización de que el Orden de prelación que se establecen lo será sólo en defecto de acuerdo por parte del Departamento. Consta en este recurso como prueba practicada a instancia de la parte actora el certificado de 6 de noviembre de 2013 prestado por el que Secretario General de la Universidad de Valladolid concerniente a que "según consta en los archivos de la Universidad de Valladolid, con fecha 12 de noviembre de 2002, se remitió, desde la Secretaría General de dicha Universidad, al Boletín Oficial de Castilla y León, la Resolución del Rector de la Universidad de Valladolid de fecha 12 de noviembre, por la que se acuerda la publicación de la modificación del Reglamento de Ordenación Académicas sobre el "Orden de prelación de las categorías de Personal Docente Investigador a efectos de asignación del encargo docente", en los términos del Acuerdo del Consejo de Gobierno sobre este asunto, modificativo de la propuesta inicial, adoptado en sesión de fecha 24 de julio de 2012; se acompaña copia de la Resolución elaborada por don José María Marbán, Vicerrector de Docencia en dicha sesión, como Anexo 1." El carácter de propuesta de la modificación del reglamento que se presentó a aprobación del Consejo de Gobierno se evidencia del punto 6 del orden del día de la convocatoria (folio 17 del expediente); y lo manifiesta expresamente en el citado debate el Vicerrector de Docencia cuando indica "Esta propuesta tiene la intención de regular únicamente los casos de conflicto, en aquellas situaciones en las que haya acuerdo podrán aplicarse los artículos 9.2 y siguientes". Y también se evidencia de las manifestaciones del Vicerrector de Profesorado que se recogen en el acta de la sesión: "El Vicerrector no tiene inconveniente en ubicar este apartado en el apartado 9.5 y solicita que conste en acta que cuando haya acuerdo en los Departamentos no será menester seguir está prelación".

Discute el recurrente la legalidad de la modificación del reglamento exponiendo que no se ha seguido el trámite necesario para su elaboración, llega a invocar por analogía el artículo 24.1.a) sobre el procedimiento de elaboración de los reglamentos de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno . De la lectura de este precepto, examinadas las actuaciones previas a la elaboración de esta modificación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • ATS, 9 de Julio de 2015
    • España
    • July 9, 2015
    ..., D. Faustino , D. Landelino , D. Rosendo , D. Luis Miguel y D. Balbino , se ha interpuesto Recurso de Casación contra la Sentencia 2485/2014, de 28 de noviembre, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera, Valladolid) de Tribunal Superior de Justicia de Castilla ......
  • STS 2530/2016, 29 de Noviembre de 2016
    • España
    • November 29, 2016
    ...Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, sede en Valladolid, en recurso contencioso-administrativo nº 66/2013 , sobre personal docente e investigador en la Universidad de Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Maria del Pilar Teso Gamella ANTECEDENTES DE HE......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR