STSJ Canarias 541/2014, 4 de Julio de 2014

PonenteMARIA CARMEN GARCIA MARRERO
ECLIES:TSJICAN:2014:3162
Número de Recurso724/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución541/2014
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife, a 4 de julio de 2014.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA, D./Dña. CARMEN GARCIA MARRERO D./Dña. EDUARDO JESUS RAMOS REAL, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000724/2013, interpuesto por D. Leovigildo, frente a Sentencia 000275/2013 del Juzgado de lo Social Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0000993/2012-00 en reclamación de Resolución contrato siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA CARMEN GARCIA MARRERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D./Dña. Leovigildo, en reclamación de Resolución contrato siendo demandados ISLAS AIRWAYS S.A., SOCIEDADES AGRUPADAS CANARIAS S.L., TRANSFORMACIONES Y SERVICIOS S.L. TRAYSESA, TELE CANAL 4 TENERIFE S.A., Severiano y DICTUM ESTUDIO JURIDICO Y ECONOMICO SLP y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 19 de junio de 2013, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.-Don Leovigildo prestaba servicios para ISLAS AIRWAYS SA., desde el 21/11/2004, ostentando la categoría profesional de comandante, con un salario mensual prorrateado de 5921,38#. SEGUNDO.- El actor no ostenta o ha ostentado en el año anterior la condición de delegado de personal, miembro del comité de empresa o delegado sindical. TERCERO.- La entidad demandada abonó al actor las nóminas siguientes en las fechas de: Nómina de enero de 2012, el 14 de febrero. Nómina de febrero de 2012, el 27 de abril. Nómina de marzo de 2012, el 4 de mayo.Nómina de abril de 2012, el 29 de mayo. Nómina de mayo de 2012, el 29 de junio. Nómina de junio de 2012, el 23 de agosto. Se le adeuda de las nóminas de octubre y 29 días de noviembre de 2012, 16340,73# netos. CUARTO.- En fecha 29 de noviembre de 2012 se le notifica al actor la extinción de su contrato de trabajo acordado en expediente de regulación de empleo nº 152/2012. Dicha comunicación refiere: Por medio de la presente y al amparo de lo dispuesto en el artículo 51.4 en relación con lo dispuesto en el artículo 53.1 del Estatuto de los Trabajadores, esta empresa ha decidido, una vez concluido el período de consultas con la representación unitaria de los trabajadores CON ACUERDO, en el Expediente de Regulación de Empleo código RE-152/2012 proceder a la extinción de su contrato de trabajo. El motivo del despido es que la compañía arrastra pérdidas recurrentes, que en los últimos años han sido en el año 2009 de 4.7000.000#, en el año 2010 de 2.278.000# y en el año 2011 de 5.589.175,69#. De igual forma las previsiones de cara al ejercicio 2012 tampoco son positivas arrojando un resultado de 1.720.38887# balance de pérdidas y ganancias provisional a fecha de agosto de 2012. Como consecuencia de todo lo anterior en mayo de 2012 se planteó un Expediente de Regulación de Empleo como consecuencia de un nuevo routing de operaciones en el que se redujeron en una treinta de puestos de trabajos y se redujo la jornada salarial a 135 trabajadores para adaptarla a las necesidades de producción de la compañía. Desgraciadamente la implantación del nuevo routing para adaptarse a la nueva demanda decreciente del mercado interinsular canario no fue suficiente y las pérdidas continuaron durante ese verano. Estas pérdidas condujeron a unas tensiones de tesorería, derivadas del retraso en el cobro de las facturas adeudas por el Ministerio de Fomento y la falta de liquidez con la que hacer frente a los salarios pendientes de pago. Todo ello ha contribuido a un creciente malestar en la plantilla que condujo al plante de parte de las tripulaciones técnicas de la compañía el día 09 de octubre del corriente año, con consiguiente la imposibilidad de prestar el servicio público regular que era la actividad de la compañía. Así el día 15 de octubre la compañía anunció el cese temporal de vuelos regulares comerciales, paralizando desde entonces su actividad y ante la falta absoluta de liquidez, el 02 de noviembre presenta en el Juzgado de lo Mercantil, Concurso de Acreedores, en trámite de admisión. Para afrontar esta situación Islas Airways tiene que reorientar su actividad hacia el vuelo comercial no regular (charter), al menos temporalmente hasta que recobre el pulmón financiero suficiente para retomar la actividad regular. Para ello debe reducir drásticamente su plantilla para adaptarla a la nueva actividad que le permita subsistir, si cuenta en su día con la autorización de la Administración Concursal que se designe. Por todo esto la empresa se ve en la necesidad de realizar un Expediente de Regulación de Empleo que afecta a 175 puestos innecesarios dada la actual situación de la compañía. A los efectos del artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, le manifestamos que la indemnización que le corresponde a la fecha de extinción de su contrato de trabajo que será el día 29 de noviembre de 2012, asciende a la suma de 31.257,60#. Asimismo, le informamos que las nóminas adeudadas desde julio de 2012 hasta octubre de 2012 ascienden a un total de 14.937,14#. Además se le adeudan el salario de los 29 días de noviembre y la liquidación correspondiente que aún está pendiente de calcular. No obstante, al amparo del

53.1b, sentimos comunicarle que dada la carencia de absoluta liquidez de la compañía es imposible poner a su disposición la expresada cantidad, sin perjuicio de su derecho a exigir su abono y de que la empresa intentará la suscripción de un Convenio con el FOGASA para anticipar su abono. A QUINTO.- ISLAS AIRWAYS, S.A.U., tiene su domicilio social en C/ Punta de Anaga (EDIF TRAYSESA), 36, 1º planta, Santa Cruz de Tenerife, sus teléfonos y fax son 822020400 y 822020401. Su administrador único es don Severiano . El resultado del último año 2011 según cuentas registradas en el Registro Mercantil es de -5.589.175,69#. Su objeto social es la realización de todas las actividades y operaciones del transporte aéreo, particularmente el comercial por aviones civiles, regular y no regular de personas y mercancías, pasajeros, carga y correo, tanto convencionale. Sus ventas en el año 2011 fueron superiores a las registradas desde el 2007, por importe de 39.204,421,11#. El 100% de sus acciones es de SOCIEDADES AGRUPADAS CANARIAS SL. TRANSFORMACIONES Y SERVICOIS SL., tiene su domicilio social en C/ Punta de Anaga EDIF TRAYSESA Cuevas Blancas, Santa Cruz de Tenerife, sus teléfonos y fax son 902511811 y 922620520. Su administrador único es don Severiano

. El resultado del último año 2011 según cuentas registradas en el Registro Mercantil es de 3.481.476,45#. Su objeto social es la construcción de edificios residenciales, explotación e industralización e toda clase de fincas. Sus ventas en el año 2011 fueron superiores a las registradas desde el 2007, por importe de 34.984.812,11#. El 90% de sus acciones es de SOCIEDADES AGRUPADAS CANARIAS SL., y el 10% de don Severiano

. SOCIEDADES AGRUPADAS CANARIAS SL., tiene su domicilio social en C/ Méndez Núñez 68, Santa Cruz de Tenerife. Su administrador único es don Severiano . Su objeto social es la adquisición, tenencia, disfrute, cesión, enajenación y dirección de valores representativos de los fondos propios de sociedades y entidades. La prestación de servicios de asesoramiento y apoyo a las entidades participadas... TELE CANAL

4 TENERIFE, S.A., tiene su domicilio social en C/ Punta de Anaga, Santa Cruz de Tenerife, sus teléfono es 822072170. Su administrador único es don Severiano . El 94,50% de sus acciones es de ELOVE 2000 SL. ELOVE 2000 SL., tiene su domicilio social en C/ Punta de Anaga, Santa Cruz de Tenerife, su teléfono es 902511811. Su administrador único es don Severiano . Su objeto social es las relativas a la construcción. El 99,16% de sus acciones es de TRANSFORMACIONES Y SERVICIOS SL. SEXTO.- El 25 de octubre de 2012 se presento solicitud de expediente de regulación de empleo para despido colectivo por causas económicas de ISLAS AIRWAYS SAU. El ERE termino con ACUERDO. Y en él participaron los representantes de los trabajadores. El resultado de las cuentas anuales de la entidad ISLAS AIRWAYS SAU., en el año 2010 de -2.278.176,25#, 2009 fue de -4.700.199,48# y en el año 2008 de -3220.208,19#. A fecha 22 de octubre de 2012 eran de -1.720.388,87#. La TGSS embargo bienes de la entidad ISLAS AIRWAYS SAU., para cubrir el importe de 2739700,87# de deuda en septiembre de 2012 y de 1361283,71# en junio de 2012. Por la agencia tributaria se acordó compensar el importe de 623.101,87# de la entidad ISLAS AIRWAYS SA., con el importe de la subvención del mes de mayo de 2012. Por la agencia tributaria se acordó compensar el importe de 1102977,67# de la entidad ISLAS AIRWAYS SA., con el importe de la subvención del mes de junio de 2012. Por la agencia tributaria se acordó compensar el importe de 486.579,21# de la entidad ISLAS AIRWAYS SA., con el importe de la subvención del mes de julio de 2012. Por la agencia tributaria se acordó embargar bienes de la entidad ISLAS AIRWAYS SA., para cubrir el importe principal de 2463730,98#. La entidad ISLAS AIRWAYS SAU., no tenía liquidez a la fecha del despido. Por auto de fecha 14 de diciembre de 2012 se declaró en concurso voluntario a ISLAS AIRWAYS SAU., y se nombra administrador concursal a DICTUM ESTUDIO JURÍDICO Y ECONÓMICO SLUP y a COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETROLEOS, S.A. SEPTIMO.-El actor presento papeleta de conciliación ante el SEMAC en fechas 11/10/2012 y 12/12/2012, teniendo lugar la misma intentada sin efecto y sin avenencia los días 2/11/2012 y 3/1/2013.

TERCERO

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