STSJ Canarias 418/2014, 11 de Junio de 2014

PonenteANTONIO DORESTE ARMAS
ECLIES:TSJICAN:2014:2778
Número de Recurso680/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución418/2014
Fecha de Resolución11 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 2014.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, D. ANTONIO DORESTE ARMAS y D. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL Y DOÑA MARÍA DEL CARMEN GARCIA MARRERO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000680/2013, interpuesto por D./Dña. Lina, frente a Sentencia 000514/2012 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0000554/2012-00 en reclamación de Resolución contrato siendo Ponente el ILTMO. SR. D..ANTONIO DORESTE ARMAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D./Dña. Lina, en reclamación de Resolución contrato siendo demandado/a D./Dña. Lina y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 04 de diciembre de 2012, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Dª Marí Luz con D.N.I. nº NUM000, se vinculó laboralmente a la empresa Dª CRISTINA PILAR COLORADO CASADO DE AMENZÚA (Registradora de la propiedad), en fecha 1 de septiembre de 2004 con la categoría profesional de auxiliar de segunda y el salario de 1.308,89 euros mensuales, equivalente a un salario diario de 43,03 euros diarios con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Prestaba servicios en jornada completa y percibía su salario con carácter mensual mediante transferencia bancaria (hecho conforme, salvo en la antigüedad, folio 100)SEGUNDO.- Rodrigo con D.N.I. nº NUM001, se vinculó laboralmente a la empresa Dª CRISTINA PILAR COLORADO CASADO DE AMENZÚA (Registradora de la propiedad), en fecha 7 de enero de 2006, con la categoría profesional de auxiliar de segunda y el salario de 1.243,35 euros mensuales, equivalente a un salario diario de 40,87 euros diarios con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Prestaba servicios en jornada completa y percibía su salario con carácter mensual mediante transferencia bancaria (hecho conforme, salvo en la antigüedad, folio 112) TERCERO.- Dª Felicisima con D.NI. nº NUM002, se vinculó laboralmente a la empresa Dª CRISTINA PILAR COLORADO CASADO DE AMENZÚA (Registradora de la propiedad), en fecha 18 de agosto de 2005, con la categoría profesional de auxiliar de segunda y el salario de 1.255,35 euros mensuales, equivalente a un salario diario de 41,27 euros diarios con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Prestaba servicios en jornada completa y percibía su salario con carácter mensual mediante transferencia bancaria (hecho conforme)CUARTO.- D. Alfonso con D.N.I. nº NUM003 se vinculó laboralmente a la empresa Dª CRISTINA PILAR COLORADO CASADO DE AMENZÚA (Registradora de la propiedad), en fecha 18 de agosto de 2005, con la categoría profesional de auxiliar administrativo y el salario de 1.132,07 euros mensuales, equivalente a un salario diario de 37,21 euros diarios con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Prestaba servicios en jornada completa y percibía su salario con carácter mensual mediante transferencia bancaria (hecho conforme) QUINTO.- Dª Melisa con D.N.I. nº NUM004, se vinculó laboralmente a la empresa Dª CRISTINA PILAR COLORADO CASADO DE AMENZÚA (Registradora de la propiedad), en fecha 17 de mayo de 2007, con la categoría profesional de auxiliar administrativo y el salario de 948,27 euros mensuales, equivalente a un salario diario de 31,17 euros diarios con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Prestaba servicios en jornada completa y percibía su salario con carácter mensual mediante transferencia bancaria (hecho conforme)SEXTO.- D. Cirilo con D.N.I. nº NUM005, se vinculó laboralmente a la empresa Dª CRISTINA PILAR COLORADO CASADO DE AMENZÚA (Registradora de la propiedad), en fecha 17 de mayo de 2007, con la categoría profesional de auxiliar administrativo y el salario de 858,80 euros mensuales, equivalente a un salario diario de 28,23 euros diarios con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. Prestaba servicios en jornada completa y percibía su salario con carácter mensual mediante transferencia bancaria (hecho conforme) SÉPTIMO.- Ninguno de los actores ostenta la condición de miembro de los órganos de representación unitaria o sindical de los trabajadores en la empresa ni la ha ostentado durante el último año (hecho conforme)OCTAVO.- En fecha 11 de mayo de 2012, la empresa entregó a los actores comunicación de idéntico tenor, en cuanto a las causas, notificándoles la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas económicas, técnicas y organizativas, con efectos del día 11 de mayo de 2012. La notificación extintiva obra en las presentes actuaciones en los folios 78 a 86, 90 a 98, 102 a 110, 114 a 122, 126 a 134 y 142 a 149. Sin perjuicio de dar por reproducidas las referidas comunicaciones, se extractará a continuación lo más relevante en lo que respecta a la presente litis:

".Esto hace que la empresa esté inmersa en una situación económica negativa, con un gran desfase entres sus ingresos y costes, que altera gravemente el equilibrio de la empresa.

SEGUNDO

Someramente, podemos establecer que las causas de reducción de ingresos empresariales y la disminución del número de documentos a gestionar por este Registro, y la gestión a realizar por el personal de la empresa, se debe a la drástica reducción del número de asientos de presentación practicados, y por ende, de operaciones registrales a practicar (que va íntimamente ligado a la crisis económica-social)

  1. En relación a los asientos de presentación practicados, la disminución en los mismos durante los últimos años ha sido patente y significativa: 2006: 12.692 asientos; 2007: 10.878 asientos; 2008: 7.127 asientos; 2009: 7.403 asientos; 2010: 6.823 asientos y 2011: 5.651 asientos.

    Como puede observarse, los asientos de presentación han disminuido de forma constante, persistente, habiendo disminuido en un 55,5% su número desde el 2006 hasta la actualidad (bajada del 8% período 2009 a 2010), bajada del 17,2% en el período 2010 a 2011)

    Dicha bajada de asientos de presentación va íntimamente relacionada con el trabajo del personal adscrito al registro, pues a menor volumen de asientos presentados, menor es el volumen de trabajo a realizar por el personal, lo que crea una sobredimensión de la plantilla.

  2. Asimismo, se ha visto considerablemente mermada en los últimos años la solicitud y emisión de notas simples solicitadas por parte de las notarías, dato altamente significativo, pues son las que posteriormente, de forma habitual, desembocan en una escritura pública que deba pasar por el registro, lo que equivale asimismo en ingresos. Si se analizan la solicitud y emisión de tales notas simples, podrá verse un descenso altamente significativo, y la evolución es cada vez más negativa. Notas simples solicitadas por notarios: Año 2006: 9.612; año 2007: 8.397; año 2008: 7.019; año 2010: 6.607 euros y año 2011: 6.145.

    Como puede observarse, dicha solicitud por parte de las notarías ha disminuido de forma constante, persistente, habiendo disminuido en un 36,5% su número desde el 2006 hasta la actualidad, lo que también supone una merma importante en el volumen de trabajo del propio personal del registro.

TERCERO

. Si nos ceñimos a la parte netamente económica puede comprobarse que la situación es absolutamente desalentadora:

  1. En cuanto a los ingresos del registro, los mismos han sufrido una disminución año tras año, que comparativamente hace que analizados desde el 2006 hasta la fecha, los ingresos actuales sólo son del 60,50% de lo de hace unos años. Evolución de los ingresos: 2006: 2.644.030,20 euros; 2007: 2.597.344,22 euros; 2008: 2.105.840,51 euros; 2009: 1.837.021,81 euros; 2010: 1.653.562,52 euros y 2011: 1.601.051,40 euros.

  2. . Como podrá comprobar, en los últimos trimestres contables, este registro ha tenido una disminución de ingresos considerable durante tres meses consecutivos: cuarto trimestre 2011: 529.829,59 euros; tercer trimestre: 557.881,32 euros; segundo trimestre: 604.799,98 euros y primer trimestre: 637.720,44 euros. B) Evolución de gastos: Aun constatar en los datos anteriores, tanto que los ingresos totales del registro han bajado en un 40 por ciento y que en los últimos trimestres contable, la empresa ha tenido una disminución de ingresos considerables durante tres meses consecutivos, podrá observarse que esto, paradójicamente, no ha sido proporcionalmente igual a la evolución de los gastos que ha tenido la empresa ni en los últimos años, ni en dichos trimestres, lo que crea una situación financiera difícilmente soportable y hace que haya que reaccionar ante la situación para no hacer irreversible la misma.

    Durante todo este período se ha mantenido el personal del Registro en torno a 29,5 personas, siendo actualmente el número de trabajadores de 28, pues en el año 2011 se amortizó un puesto de trabajo derivado de que un trabajador accedió a una incapacidad permanente.

    Por tanto, paradójicamente, aunque los ingresos han disminuido en un 40 por ciento en los últimos años, los gastos de personal se han mantenido casi inalterables, con la amortización existente por incapacidad permanente que se ha reflejado, la disminución en cuanto a gasto de personal sólo se ha disminuido en un 14 por ciento, existiendo una gran disfunción entre ingresos y gastos de personal que, de seguir así, podría suponer una situación irreversible......

  3. Hay un tercer elemento importante a considerar, en relación a los ingresos del registro de la propiedad, que es el de la reducción que han sufrido los honorarios registrales en los últimos...

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