STSJ Cataluña 7551/2014, 13 de Noviembre de 2014
Ponente | ADOLFO MATIAS COLINO REY |
ECLI | ES:TSJCAT:2014:11586 |
Número de Recurso | 5531/2014 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 7551/2014 |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8060226
EL
Recurso de Suplicación: 5531/2014
ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ
ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL
ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY
En Barcelona a 13 de noviembre de 2014
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 7551/2014
En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 13 de mayo de 2014, dictada en el procedimiento Demandas nº 1273/2012 y siendo recurrido/a Luis Francisco . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ADOLFO MATIAS COLINO REY.
Con fecha 28 de diciembre de 2012, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 13 de mayo de 2014, que contenía el siguiente Fallo:
" ESTIMO demanda interpuesta por de Luis Francisco contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en reclamación de INCAPACIDAD derivada de ACCIDENTE NO LABORAL y declaro que la situación al mismo reconocida de INCAPACIDAD PERMANENTE EN GRADO TOTAL para su profesión habitual deriva de ACCIDENTE NO LABORAL, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por tal declaración y por ello abono al actor de una pensión del 55% sobre la base reguladora de 1.360,63euros mensuales, por lo que deberá efectuar las compensaciones necesarias en relación a la prestación que hasta el momento de había abonado sobre la base reguladora de 831,41euros, manteniendo la fecha de efectos económicos de la misma en 05/11/2012."
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "1.- Por resolución de fecha 05/11/2012 por el INSS se reconoció a Luis Francisco, con NIE NUM000, nacido el NUM001 /1972 prestación de incapacidad permanente en grado de Total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común sobre una base reguladora de 831,41 euros y en porcentaje del 55,00% sobre la misma, con fecha de efectos económicos-primer pago en 05/11/2014, tras la propuesta de la CEI de 26/10/2012 que señalaba en el trabajador el siguiente cuadro residual: pseudoartrosis de escafoides carpiano derecho con necrosis del polo proximal y artropatía radio-escafoidea. En lista de espera para intervención (artrodesis), con limitación funcional.
La profesión habitual del mismo es oficial construcción.
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- Se interpuso por el beneficiario de la pensión reclamación previa por considerar que se hallaba afectado de una incapacidad permanente total para su profesión habitual pero derivada de accidente no laboral.
Se desestimó la misma de forma expresa por resolución de 21/01/2013.
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- Luis Francisco, inició situación de incapacidad temporal el 09/11/2011, hallándose en situación de desempleo, por algias en muñeca derecha.
Por el ICAMS en su dictamen médico de control de incapacidad temporal de 16/10/2012 que termino en alta con propuesta de incapacidad permanente, señala la existencia de un antecedente traumático y como enfermedad actual: Asegurado de 40ª que causa IT por algias en muñeca derecha en el contexto de pseudoartrosis de escafoides con necrosis del polo proximal y artropatía radioescafoidea y utiliza el código de descripción como falta de consolidación de una fractura (pseudoartrosis).
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- Los informes y pruebas realizadas al actor revelan en RM y TC de muñeca en 2006 pseudoartrosis de escafoides derecho con marcada fragmentación/necrosis del polo proximal, artrosis post-traumática; en TC de muñeca derecha de 24/03/2011 imagen de pseudoartrosis en escafoides con signos de necrosis del fragmento proximal y cambios degenerativos adyacentes en articulación radioescafoidea; en TAC de 25/03/2011 imagen de pseudoartrosis escafoides carpiano derecho con necrosis de polo proximal y artropatía radioescafoidal.
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- El actor ha prestado servicios por cuenta ajena en alta en la empresa Edifica-2 Barna,S.L. en los siguientes periodos: 17/09/2004 a 16/09/2005, 19/09/2005 a 19/09/2005, y en Nealco empresa Constructora,S.L. en 01/04/2007 a 30/09/2007 y 02/05/2011 a 09/11/2011 y en el periodo de 01/10/2007 a 28/05/2011 en alta en el RETA, siendo perceptor en los periodos intermedios de prestaciones por desempleoextinción.
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ATS, 30 de Junio de 2015
...la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 13 de noviembre de 2014, en el recurso de suplicación número 5531/2014 , interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de los de Barcelona ......