SAP Sevilla, 14 de Julio de 2000

PonenteFERNANDO SANZ TALAYERO
ECLIES:APSE:2000:3375
Número de Recurso1364/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

SENTENCIA

ILTMOS SRES.

D. CONRADO GALLARDO CORREA

D. FERNANDO SANZ TALAYERO

D. SANTOS BOZAL GIL

En Sevilla a 14 de Julio de 2000.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, los autos sobre juicio verbal civil n° 788/99, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n° 22 de Sevilla , siendo la parte actora la DIRECCION000 de Sevilla, representada por la Procuradora Dª María Dolores Martín Losada, contra D. Carlos Daniel y D. Paulino , representado el primero de ellos por la Procuradora Doña Carmen Perez Abascal Aguilar, apelando la representación de la actora, la Sentencia dictada por el Juzgado antes mencionado en fecha 29 de Diciembre de 1999 , siendo parte apelada los demandados D. Carlos Daniel y Don Paulino .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando la demanda deducida por la Procuradora Doña María Dolores Martin Losada, en nombre y representación de la DIRECCION000 de esta capital contra D. Carlos Daniel y D. Paulino , sobre obligación de hacer, debo declarar y declaro no haber lugar a la retirada de las rejas instaladas en las ventanas y balcones de sus viviendas, absolviéndoles de todos los pedimentos objeto de la demanda. Se condena a la parte actora al abono de las costas del presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora, que fue admitida en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal y dado al recurso la tramitación prevista en la ley, se señaló para la celebración de la deliberación el día 7 de Julio de 2000.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso, se han observado las formalidades legales .Vistos, siendo ponente el Iltmo Sr. D. FERNANDO SANZ TALAYERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Comunidad de Propietarios demandante ejercitó en el escrito rector de estas actuaciones una acción por obras inconsentidas realizadas por los dos copropietarios demandados en sus respectivas viviendas, consistentes en la colocación de rejas en las terrazas y balcones de las mismas. Opuestos los demandados a la pretensión, la Sentencia de instancia desestimó la demanda en base a un consentimiento tácito de la Comunidad pues. D. Paulino colocó las rejas hace seis años, y otros propietarios tienen instaladas rejas semejantes. Contra esta Resolución se alza la parte actora.

SEGUNDO

Conforme a los arts. 7.1 y 12 de la Ley de Propiedad Horizontal ningún copropietario puede realizar alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes, y para efectuarlas deben solicitar autorización a la Junta de Propietarios que - - adoptará el acuerdo de conformidad con el régimen establecido para las modificaciones del título constitutivo.

Puede observarse a través de los documentos gráficos obrantes en los autos que las rejas colocadas por los demandados cierran por completo desde el techo hasta la barandilla las terrazas y balcones. Esta obra supone una manifiesta alteración de la fachada y del aspecto exterior del edificio, perjudica la seguridad de los pisos inmediatamente superiores y por tanto, por afectar a un elemento común, requiere obtener la autorización de la Comunidad.

Ha quedado acreditado que el demandado Sr....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
25 sentencias
  • ATS, 14 de Septiembre de 2010
    • España
    • 14 Septiembre 2010
    ...alegando que la sentencia recurrida se opone a la doctrina jurisprudencial establecida en las Sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla, sección 5ª, de 14 de julio de 2000, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 12ª, de 10 de julio de 2007, la Sentencia de la Audi......
  • STS 785/2011, 27 de Octubre de 2011
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 27 Octubre 2011
    ...coexistencia previa y admitida (expresa o tácitamente) de otras obras, construcciones o cerramientos similares ( STS 31-X-1990 ); SSAAPP, de Sevilla, 14-7-2000 , Madrid, 12ª, 10-7-2000 ; Las Palmas, 3ª, 17-4-2001 ; y Las Palmas, 5ª, de 16-9-2002 ; entre otras muchas). Esta doctrina tiende a......
  • SAP Alicante 342/2009, 8 de Junio de 2009
    • España
    • 8 Junio 2009
    ...de otras obras, construcciones o cerramientos similares. El contenido de ese cuerpo de doctrina es contundente -SSAP de Sevilla, Sección 5ª, de 14 de Julio de 2.000; Madrid, Sección 12ª, de 10 de Julio de 2.000; Castellón, Sección 3ª, de 9 de Junio de 2.000; Tarragona, Sección 3ª, de 26 de ......
  • SAP Alicante 34/2017, 2 de Febrero de 2017
    • España
    • 2 Febrero 2017
    ...de otras obras, construcciones o cerramientos similares. El contenido de ese cuerpo de doctrina es contundente ( SSAP de Sevilla (Sección 5.ª) de 14 julio 2000 ; Madrid (Sección 12.ª) de 10 julio 2000 ; Castellón (Sección 3.ª) de 9 junio 2000 ; Tarragona (Sección 3.ª) de 26 marzo 1999 ; Las......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR