STSJ Castilla y León 2036/2014, 3 de Octubre de 2014
Ponente | RAMON SASTRE LEGIDO |
ECLI | ES:TSJCL:2014:4582 |
Número de Recurso | 1602/2011 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 2036/2014 |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 02036 /2014
Sección Segunda
N11600
N.I.G: 47186 33 3 2011 0102386
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001602 /2011
Sobre: EXPROPIACION FORZOSA
De D. Basilio
LETRADO D.ª MARTA RODRIGUEZ VALDESOGO
PROCURADORA D.ª NURIA MARIA CALVO BOIZAS
Contra JURADO EXPROPIACION FORZOSA DE ZAMORA, ADIF
ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA N.º 2036
ILMOS. SRES.
MAGISTRADOS:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
DON LUIS MIGUEL BLANCO DOMÍNGUEZ
En Valladolid, a tres de octubre de dos mil catorce.
Visto por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Zamora de 18 de mayo de 2011, dictada en el expediente de ese Jurado núm. NUM000, por la que se fija, en los términos que en la misma se indican, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados por la Administración General del Estado (Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento) para la ejecución de las obras del "Proyecto Básico de ampliación de expropiaciones nº 1 del Proyecto Modificado nº 1 "Corredor Norte-Noroeste de A.V. Línea de A.V. Madrid-Galicia. Tramo: Olmedo-Zamora. Subtramo: Acceso Zamora. Plataforma". Clave: ZA-1, de la que es beneficiaria el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), correspondiente a la finca nº NUM001
., parcela NUM002 del polígono NUM003 del término municipal de Zamora en la cantidad total de 843,41 #, incluido el premio de afección. Son partes en dicho recurso: como recurrente DON Basilio, representado por la Procuradora Dª Nuria María Calvo Boizas, bajo la dirección de la Letrada Dª Marta Rodríguez Valdesogo.
Como demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada EL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF), representado y defendido por la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN SASTRE LEGIDO.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se estime que la indemnización en la parcela NUM002 asciende a 19.585 # con intereses desde el acta previa de ocupación y la imposición de costas a la Administración demandada.
En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.
Presentados por las partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 30 de septiembre de 2014.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de D. Basilio la Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Zamora de 18 de mayo de 2011, dictada en el expediente de ese Jurado núm. NUM000, por la que se fija, en los términos que en la misma se indican, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados por la Administración General del Estado (Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias del Ministerio de Fomento) para la ejecución de las obras del "Proyecto Básico de ampliación de expropiaciones nº 1 del Proyecto Modificado nº 1 "Corredor Norte-Noroeste de A.V. Línea de A.V. Madrid-Galicia. Tramo: Olmedo-Zamora. Subtramo: Acceso Zamora. Plataforma". Clave: ZA-1, de la que es beneficiaria el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), correspondiente a la finca nº NUM001 ., parcela NUM002 del polígono NUM003 del término municipal de Zamora en la cantidad total de 843,41 #, incluido el premio de afección, y se pretende por la parte actora que se anule dicha resolución y que, en su lugar, se fije el justiprecio en la cantidad de 19.585 # con los intereses correspondientes desde el acta previa de ocupación.
Frente a ello, la Abogacía del Estado, en la representación que ostenta, ha solicitado la desestimación del presente recurso.
Antes de analizar las pretensiones de las partes, se juzga oportuno recordar que los acuerdos de los Jurados de Expropiación gozan de una presunción de acierto en atención a lo variado de su composición, a la calidad jurídica y técnica e independencia de juicio de sus miembros y al crédito y autoridad que se desprende de su permanencia y especialización ( SSTS 25...
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