SAP Zaragoza 616/2005, 22 de Noviembre de 2005

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2005:2722
Número de Recurso111/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución616/2005
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 616-05

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

D. MARIA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a veintidós de Noviembre de dos mil cinco.

Visto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Zaragoza el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Zaragoza en autos de formación de inventario seguidos con el número 1247/03 , de los que dimana el presente rollo de apelación número 111/05, en los que ha sido apelante DOÑA Leonor , representada por la Procuradora Dª Natalia Ferrer Pérez y asistida por el Letrado D. Damián Prieto Crespo, y apelado Don Antonio , representado por el Procurador Don José Andrés Isiegas Gerner y asistido del Letrado Don Alfonso Horno González del Arco, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5, de los de Zaragoza, se dictó el 10 diciembre 2004 sentencia que contiene el siguiente fallo: "Acuerdo que el inventario del patrimonio consorcial de los litigantes, D. Antonio y Dª Leonor , esta formado por las siguientes partidas: Activo: 1.- Vivienda letra NUM000 , NUM001 planta, del edificio sito en Zaragoza, DIRECCION000 nº NUM002 . NUM003 .- Plaza de aparcamiento en la C/ DIRECCION000 nº NUM002 , S 1, nº NUM004 ; lleva anejo el trastero numero NUM004 . 3.- Vehículo Ford Mondeo matricula R-....-IR . 4.- Mobiliario en la vivienda familiar según descripción que se lleva a cabo en el escrito de solicitud, a excepción de la vajilla,cubertería, cristalería, el ajuar y la colección "Fauna" Salvat. 5.- Crédito de la sociedad contra D. Antonio , por el importe de 1612,39 euros, que deberá ser actualizado a la fecha en que se produjo el pago por "Hispano Carrocera". Pasivo: 1.- Préstamo hipotecario suscrito con la CAI, que grava la que fuera vivienda conyugal. 2.- "Deuda de la sociedad con D. Antonio , por amortizaciones del préstamo hipotecario abonadas por este, correspondiente a las mensualidades comprendidas entre enero de 1999 y julio de 2003, por un importe que se calcula en 35.687,49 euros. Estas cantidades deberán ser actualizadas".

SEGUNDO

La representación de la demandada presentó escrito de preparación del recurso y, dentro del termino del emplazamiento, escrito de interposición, en el que solicitó se dicte sentencia por la que se revoque la recurrida y se acuerde: Primero.- La nulidad de actuaciones a partir del momento inicial de la vista del juicio verbal, para que se excluya del presente pleito el apartado tercero de la propuesta de inventario, titulado: "Deudas entre cónyuges". Segundo.- Alternativamente a la anterior, excluya del inventario del pasivo la deuda de la sociedad consorcial con el Sr. Antonio , por importe de 35.687,49 euros que se establece en la sentencia recurrida. Tercero.- Subsidiario con las anteriores, rebaje la deuda de la sociedad con el actor, concretándola en 10.960 euros, importe de los pagos realizados desde la SAP Zaragoza 25-3-02 . Cuarto.- Subsidiario con las anteriores, rebaje la deuda de la sociedad con el actor, concretándola en 18.872,24 euros, importe de la amortización del principal del préstamo hipotecario realizado por el actor en exclusiva. Quinto.- Subsidiario con las anteriores, rebaje la deuda de la sociedad con el actor, concretándola en 31.538,03 euros, correspondiente al periodo desde la firmeza de la sentencia de separación (27/7/1999 ) hasta la sentencia que decretó el pago al 50 % (27/7/03); y dado traslado del mismo a la parte actora, dentro del termino de su emplazamiento presentó escrito de oposición, en el que solicitó la desestimación del recurso, con imposición de costas a la apelante.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló día para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art 465 LEC .

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO ACIN GARÓS .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a la presente resolución, y,

PRIMERO

Dice la demandada en la primera alegación de su recurso que el actor presentó con su demanda una propuesta de inventario que no incluía en el pasivo ninguna deuda de la sociedad para con él, que sí fue incluida por el Juez en la sentencia con...

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