SAP Asturias 296/2003, 7 de Julio de 2003

PonenteRAMON AVELLO ZAPATERO
ECLIES:APO:2003:2683
Número de Recurso43/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución296/2003
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación numero 43/03 en autos de JUICIO ORDINARIO 291/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de Oviedo, promovido por D. Carlos , como demandante en primera instancia contra D. Luis Francisco y DÑA. Amparo , como demandados en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. PRESIDENTE D. Ramón Avello Zapatero.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de Oviedo dictó Sentencia con fecha 18 de octubre de 2002 cuyo fallo tiene el tenor literal que a continuación se transcribe: "Estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. SUAREZ-GRANDA en representación de Carlos dimanante de previa reclamación en proceso monitorio n° 61/02 de este Juzgado condeno a Amparo a abonar a la parte demandante la suma de 45.164 pesetas -271,44 euros- más intereses legales desde el acto de conciliación de 17 de enero de 2002 desestimando la demanda en lo concerniente a la pretensión dirigida contra D. Luis Francisco , con imposición a la parte demandante de las costas procesales de Luis Francisco y sin empresa imposición del resto de costas del proceso."

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, en donde una vez comparecidas se tramitó la alzada, y previos los demás trámites legales se señaló para la celebración de la vista el día 1 de julio de 2003, habiendo tenido lugar tal acto con la asistencia de los Letrados de las partes comparecidas, habiéndose practicado la prueba declarada pertinente con el resultado que obra en el soporte de grabación de sonido e imagen correspondiente.

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ejercitada por el demandante D. Carlos , en su condición de Letrado en ejercicio, una acción personal en reclamación de los honorarios profesionales devengados por razón de la preparación y confección de un recurso de reposición interpuesto contra el acta de comprobación de valores levantada por la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, a que se refiere en el hecho primero de su demanda, dirigiendo tal pretensión contra D. Luis Francisco , que le había encargado el trabajo, y DÑA. Amparo , en cuyo nombre se formuló el recuso, señalando asimismo que el acto recurrido afectaba tanto a uno como a otra, tal como indicaba en el hecho segundo y fundamento jurídico quinto del escrito inicial, con fundamento en el artículo 1544 del Código Civil, la Sentencia de instancia desestimó la excepción perentoriade prescripción de la acción opuesta por ambos demandados, desestimó la demanda respecto del codemandado Sr. Luis Francisco , por considerar que era ajeno al recurso presentado, y la estimó frente a la codemandada Sra. Amparo , a la que condenó a abonar al actor la suma de 45.164 pesetas, más sus intereses legales desde la celebración del acto conciliatorio.-SEGUNDO.- Correctamente desestimada la excepción de prescripción, por las acertadas razones expuestas en la resolución recurrida que no han sido impugnadas en esta segunda instancia, y consentida la Sentencia por la codemandada Sra. Amparo , que resultó condenada, las cuestiones que deben analizarse en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandante Sr. Carlos se refieren a los diversos motivos de impugnación esgrimidas en su extenso escrito de interposición del recurso, en el que denunció la concurrencia de infracción de normas y garantías procesales durante la sustanciación del proceso; insistió en el apartado segundo del aludido escrito en que el encargo...

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