SAP Valencia 629/2006, 29 de Noviembre de 2006

PonenteMARIA CARMEN BRINES TARRASO
ECLIES:APV:2006:4318
Número de Recurso75/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución629/2006
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

SENTENCIA Nº 629

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente,

D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ

Magistrados,

D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS

Dª. CARMEN BRINES TARRASÓ

En la Ciudad de Valencia, a veintinueve de noviembre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN BRINES TARRASÓ, la impugnación por indebidas de la tasación de costas de segunda instancia, derivada de Juicio Ordinario promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Valencia, con el nº 295/04 por

D. Franco y Dª Cecilia contra las mercantiles "Condor Vacaciones S.A" y "Viajes Levante Tours S.A." , habiéndose dictado sentencia en fecha quince de marzo de dos mil cinco con el nº 146 y siendo parte impugnante de la Tasación de Costas, la parte apelante D. Franco Y Dª Cecilia .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Practicada la tasación de costas en esta segunda instancia con fecha 20 de abril de dos mil cinco, se dio vista a las partes y por la parte condenada al pago de las mismas se formuló la correspondiente impugnación por incluir en ella conceptos indebidos.

SEGUNDO

En virtud del art. 246.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000 ) , se promovió demanda en impugnación de Tasación de Costas y se señaló el día 21 DE NOVIEMBRE DE 2.006 del presente año para la celebración de la Vista, a cuyo acto asistieron la Procuradora Sra. Móner González y la Letrada Dª Ana Móner Romero por la parte impugnante, y la Procuradora Sra. Pérez Samper por medio de su habilitada Dª Maria José González Rodríguez y el Letrado D. Eduardo Soler Alvarez en representación de la parte impugnada.

Tercero

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de los Sres. Franco y Cecilia condenada en costas por Sentenciadictada por esta Sala en fecha quince de Marzo de 2005 intereso su tasacion mediante escrito de 5 de abril de 2005. Practicada por la Sra. Secretaria en fecha 20 de abril de 2005, fue impugnada respecto de la cuenta de derechos y suplidos de la Procuradora Sra Pérez Samper por considerar sus honorarios excesivos y subsidiariamente indebidos, con fundamento en estos tres motivos:

-Que la cuantía sobre la que debe practicarse la tasación es aquella por la que se apelo y no sobre la total del pleito, toda vez que es esta la única sobre la que se han impuesto las costas a la impugnante.

-Que se ha incluido una partida correspondiente a tasación de costas que la procuradora tiene derecho a cobrar, pero de su cliente, pues ninguna resolución condena a pagar dicha partida con cargo a la representación de los Sres. Franco y Cecilia .

-Se ha incluido el IVA de los honorarios de la procuradora sin tener en cuenta que la contraparte es una entidad mercantil que puede compensarse fiscalmente el importe de dicha cantidad.

SEGUNDO

Debe decirse en primer lugar, que según reiteradísima doctrina del Tribunal Supremo de la que son exponentes, entre otras, las SSTS de 26 de marzo de 2003 o 23 de diciembre de 2004 no cabe la impugnación de los derechos de procurador, por excesivos.

Entrando a conocer de la impugnación por indebidos y en cuanto al primero de los motivos de impugnación, la reseña efectuada en el anterior fundamento acerca de lo que constituye el motivo de impugnación por indebidas de la tasación de costas, evidencia por sí sola su improcedencia y ello, por cuanto, como tiene declarado esta Sala (sentencias de 6-10-97, 2-6-98, 7-10-00, 21-7-01, 11-9-01, 5-11-01, 2-2-02, 29-11-03, 3-5-04, 20-10-04, 2-11-04, 22-11-04 y 31-1-05, entre otras), el ámbito de la oposición a la tasación de costas por indebidas viene establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , a cuyo tenor no se incluirán en la tasación los derechos correspondientes a escritos y actuaciones que sean inútiles, superfluas o no autorizadas por la Ley, ni las partidas de las minutas que no se...

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