SAP Valladolid 20/2006, 23 de Enero de 2006

PonenteJESUS MANUEL SAEZ COMBA
ECLIES:APVA:2006:80
Número de Recurso494/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución20/2006
Fecha de Resolución23 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 20

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a veintitres de Enero de dos mil seis.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio cambiario nº 339/05 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Ocho de Valladolid , seguido entre partes, de una como demandante apelada "Construcciones 2.001 Antonio Pérez S.L" con domicilio social en Venga de Baños (Palencia), representada por la Procuradora Dª Emilia Camino Garrachón y defendida por el Letrado D. Luis Villarrubia Mediavilla, y como demandado apelante D. Juan Miguel mayor de edad y vecino de Valladolid, representado por el Procurador D. Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendido por el Letrado D. Arturo López Francos; sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 22 de Junio de 2.005, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando la oposición formulada por el Procurador D. Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigós en nombre y representación de Juan Miguel , contra la ejecución ordenada en estos autos a instancia de la Procuradora Dª Emilia Camino Garrachón, en nombre ye representación de Construcciones 2.001 Antonio Pérez S.L., debo mandar y mando seguir adelante la tramitación de este procedimiento en los términos acordados, ratificando los embargos acordados, sin perjuicio de los embargos o medidas acordadas en el procedimiento concursal referido sobre el patrimonio de los demandados, en en general de lo dispuesto al respecto en la vigente Ley Concursal sobre el patrimonio de los administradores de la sociedad deudora, con imposición areferido demandado de las costas procesales".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por el Procurador Sr. Rodríguez- Monsalve en representación del demandado se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 20 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - La acción cambiaria que se ha ejercitado en este procedimiento tiene como soporte dos pagarés expedidos por el demandado, reconocidos por el mismo, que no han sido abonados a su vencimiento.

    La oposición que se ha formulado por el ejecutado tiene su fundamento en la falta de legitimación pasiva del mismo y la ausencia de provisión de fondos, por considerarse que la deuda que se contiene en dichos documentos corresponde a una entidad societaria de la que dicho demandado era administrador único.

    Partiendo de la conformidad de las partes -que la sentencia recoge- en el sentido de que las facturas fueron expedidas contra dicha sociedad (para quien se hicieron las obras cuyo importe se reclama), la sentencia de instancia desestima la oposición a la ejecución, que manda seguir adelante y contra dicha resolución se alza el presente recurso que reproduce los argumentos esgrimidos en la instancia.

  2. - La decisión de la cuestión litigiosa, con independencia de alegaciones...

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