STSJ Cataluña 637/2009, 26 de Enero de 2009

PonenteMARIA NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
ECLIES:TSJCAT:2009:255
Número de Recurso4781/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución637/2009
Fecha de Resolución26 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 637/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 14 Barcelona de fecha 14 de marzo de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 910/2007 y siendo recurrido/a Nuria y -T.G.S.S.- (Tesorería Gral. Seguridad Social). Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21 de diciembre de 2007 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Seguridad Social en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 14 de marzo de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

"Que, estimando la demanda interpuesta por Doña Nuria contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar el derecho de la actora a la retroacción de efectos económicos de la nueva base reguladora de su pensión de jubilación contributiva lo sean desde el día 31 de diciembre de 2.005, condenado a los codemandados a estar y pasar por esta declaración y al abono a la demandante la cantidad de 7.859,42 €, por las diferencias del período comprendido desde el día 31 de diciembre de 2.005 al día 6 de mayo de 2.007."SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La beneficiaria demandante Doña Nuria , nacida el día 11 de abril de 1.949 (folios 78 y

82), se encontraba afiliada y en situación de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, por sus trabajos como agente vendedor, venta del cupón en la vía pública para la entidad no demandada "ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS DE ESPAÑA" (ONCE), desde el día 7 de octubre de 1.982, habiendo cesado en dicha entidad el día 30 de diciembre de 2.005 por jubilación (certificación empresarial folios 84 y 87).

SEGUNDO

La actora solicitó las prestaciones de jubilación contributiva en fecha 19 de diciembre de

2.005 (folios 78 a 89).

TERCERO

La Dirección Provincial del INSS, en resolución de fecha 19 de enero de 2.006, le concedió la prestación de jubilación, en cuantía mensual inicial de 1.377,49 €, equivalente al 100,00% de la base reguladora de 1.377,49 €, partiendo de un total de 35 años cotizados, con efectos económicos desde el día 31 de diciembre de 2.005 (resolución y estadillo cálculo base reguladora obrantes a folios 90 a 92 que se dan por reproducidos).

CUARTO

La base reguladora tenida en cuenta en la resolución administrativa referida resulta de dividir entre 210 las bases de cotización del período 1 de diciembre 1.990 a 30 de noviembre de 2.005 (estadillo folios 91 y 92 que se dan por reproducidos).

QUINTO

No conforme el solicitante con la base reguladora, por entender que conforme a jurisprudencia de la Sala IV del Tribunal Supremo la relación que le unía con la ONCE no era de la de representantes de comercio sino la laboral común, formuló revisión de su pensión de jubilación, en fecha 7 de agosto de 2.007, solicitando una base reguladora superior con el periodo de retroacción de efectos legalmente procedente (documento folios 109 y 110), siendo estimada en parte por resolución de fecha 23 de agosto de 2.007, aumentando la base reguladora a 1.781,51 € "teniendo en cuenta las bases de cotización que se hubieran ingresado, en caso de que hubiera mantenido una relación laboral común con la ONCE", pero concediendo una retracción de tres meses, desde el día 7 de mayo de 2.007 (folios 98, 99, 107 y 108).

Interpuesta reclamación previa solicitando retroacción de efectos económicos desde el día 31 de diciembre de 2.005, lo que ascendía a un importe de 7.859,42 € (folios 102 a 105), fue desestimada por resolución de fecha 9 de noviembre de 2.007, en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 1 de Diciembre de 2009
    • España
    • 1 Diciembre 2009
    ...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 26 de enero de 2009, en el recurso de suplicación número 4781/2008, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 14 de los de Barcelona ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR