ATS, 22 de Septiembre de 2014

PonenteJUAN SAAVEDRA RUIZ
ECLIES:TS:2014:7420A
Número de Recurso10062/2014
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Septiembre de dos mil catorce.

En los recursos de casación por quebrantamiento de forma, infracción de ley y de precepto constitucional, interpuestos por el MINISTERIO FISCAL,ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO , JUNTA DE ANDALUCÍA, Cayetano , Constancio , Margarita , Modesta , Estanislao , Faustino , Fructuoso , Héctor , Isidro , Julián , Leopoldo , Valentina , María Dolores , Obdulio , Prudencio , Romeo , Segismundo , Valentín , Jose Antonio , Luis Antonio , Juan Alberto , Ángel Daniel , Alexander , Anton , Baltasar , HEREDEROS DE Carmelo , Conrado , Domingo , Erasmo , Felicisimo , Gerardo , Evangelina , Ignacio , Guadalupe , José , Lorena , Marcelino , Modesto , Pablo , ARAGONESAS DE FINANZAS JACETANAS SL, BRAMEN CAPITAL SL, LÁMPARAS OWAL SA, JACALO INMOBILIARIA SLU, BINTANTAL SL, SOGAJOTO SLU, AIFOS ARQUITECTURA Y PROMOCIONES INMOBILIARIAS SA, Sergio , Victoriano , Juan Francisco (adherido) ; contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Primera, de fecha 04/10/2013 , y seguida por delitos de prevaricación, malversación de causales públicos, apropiación indebida, fraude, cohecho, blanqueo de capitales, tráfico de influencias, contra la hacienda pública, falsedad documental, alteración del precio en concursos y subastas públicas, contra la administración de justicia, tenencia ilícita de armas y revelación de secretos; siendo parte recurrida Ayuntamiento de Marbella, Eulalio , Horacio , Jeronimo y Marcial ; los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan, bajo la Presidencia y Ponencia del primero de los indicados Excmo. Sr. D. Juan Saavedra Ruiz, han adoptado la presente resolución sobre los siguientes extremos:

HECHOS

ÚNICO.- El recurso de referencia se señaló el día 16 de julio de 2014, para Vista, lo que se llevó a efecto.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

ÚNICO.- Dado el volumen y complejidad de la causa para dictar sentencia dentro del plazo establecido, se prorroga el término hasta el 31 de enero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

Prorrogar el término para dictar sentencia en la presente causa hasta el 31 de enero de 2015, lo que se hará saber a las partes a los efectos oportunos.

Así lo acuerdan y firman los Excmos. Sres. reseñados al margen de lo que como Secretario doy fe.

Juan Saavedra Ruiz Andres Martinez Arrieta Miguel Colmenero Menendez de Luarca

Alberto Jorge Barreiro Andres Palomo Del Arco

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