SAP Madrid 327/2014, 11 de Julio de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución327/2014
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 9 (civil)
Fecha11 Julio 2014

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Novena

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933935

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0011860

Recurso de Apelación 686/2013

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 70 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1287/2011

APELANTE: IVIMA

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

APELADO: ADMINISTRACION CONCURSAL DE FERCABER CONSTRUCCIONES SAU

PROCURADOR D./Dña. JACINTO GOMEZ SIMON

SENTENCIA NÚMERO:

RECURSO DE APELACIÓN Nº 686/2013

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

D. JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO

En Madrid, a once de julio de dos mil catorce.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº 1287-2011, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 686/2013, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada FERCABER CONSTRUCCIONES, S.A.U., representada por el Procurador

D. Jacinto Gómez Simón ; y, de otra, como demandada y hoy apelante INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA), representada por el Sr. Letrado de la Comunidad de Madrid; sobre Fercaber- Ivima superficie - Arrendamientos - I.V.A. - Duración contratos.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA PEREDA LAREDO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 70 de Madrid, en fecha veintisiete de mayo de dos mil trece, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Fallo : Que estimo la demanda formulada por el Procurador don Jacinto Gómez Simón en nombre y representación de la Administración Concursal de FERCABER CONSTRUCCIONES S.A.U., contra el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID:.- 1. - Declaro que el "Instituto de la Vivienda de Madrid" (IVIMA) está obligado a pagar a "Fercaber Construcciones, S.A.U." (FERCABER) como renta de todos y cada uno de los arrendamientos que tiene concertados y relacionados en esta demanda el importe íntegro de la cantidad que se ha comprometido a pagar en la adjudicación de los contratos y su formalización en posteriores escritura públicas, y en concreto las siguientes: Promoción 962 MEJORADA DEL CAMPO 571.622,61 #, Promoción 967 PERI VENTILLA 870.265,53 #; Promoción 976 VENTILLA 587.400,00 #; Promoción 982 COLLADO-VILLALBA 581.300,00 #; 988 ENSANCHE DE VALLECAS 1 1.417.680,00 #; 993 VALDEMORO 636.120,00 #; 1003 ENSANCHE DE CARABANCHEL 292.896,00 #; 1004 ENSANCHE DE VALLECAS 2 688.833,00; 1005 ENSANCHE DE VALLECAS 3 980.655,00 #; 1006 VENTILLA 249.045,00 #; 1007 ENSANCHE DE VALLECAS 4 588.360,00 #; 1008 GETAFE 293.005,00 # y Promoción 1043 PAU DE VALLECAS 473.687,00 #;.- 2.-Anulo las cláusulas que se contienen en los contratos de arrendamiento suscritos entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre las Fincas números 16.983, 16.985, 16.987 y 16.989 del Registro de la Propiedad n.º 20 de Madrid de 245 viviendas y garajes en el Plan Parcial de Madrid "Ensanche de Vallecas" (Obra y alquiler número 988) por la que el IVIMA reduce la renta de 1.416.680 euros a 118.140,00 #; de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERCABNER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre la Finca número 33.503 del Registro de la Propiedad de Valdemoro de 90 viviendas y garajes (Obra y alquiler número 993); de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERBABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre la Finca número 57.857 del Registro de la Propiedad n. º 15 de Madrid de 36 viviendas y garajes en el Ensanche de Carabanchel (Obra y alquiler número 1003) por la que el IVIMA reduce la renta de 292.896,00 # a 24.408,00 #; de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre la Finca número 52.069 del Registro de la Propiedad n. º 19 de Madrid (tomo 786, folio 134) de 129 viviendas y 132 plazas de garaje en el ENSANCHE DE VALLECAS (Obra y alquiler número 1004) por la que el IVIMA reduce la renta de 688.833,00 # a 57.402,875 #; de la clausula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre las Fincas número 16.331,

16.333, 16.335 y 16.337 del Registro de la Propiedad n. º 20 de Madrid de 174 viviendas de protección pública para jóvenes y mayores y 177 garajes en el Plan Parcial de Madrid "ENSANCHE DE VALLECAS" (Obra y alquiler número 1005) por la que el IVIMA reduce la renta de 980.655,00 # a 81.721,25 #; de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre la Finca número 6.322 del Registro de la Propiedad n.º 34 de Madrid (tomo 922, libro 101, Sección 3, folio 41) de 30 viviendas y 35 plazas de garaje en LA VENTILLA DE MADRID (Obra y alquiler número 1006) por la que el IVIMA reduce la renta de 249.045,00 # a 20.753,75 #; de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito el entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre las Fincas números 16.265 y 16.267 del Registro de la Propiedad n.º 20 de Madrid de 87 viviendas Para jóvenes y mayores y 89 garajes en el Plan Parcial de Madrid "ENSANCHE DE VALLECAS" (Obra y alquiler número 1007) por la que el IVIMA reduce la renta de 588.360,00 # a 49.030,00 #; de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre la Finca número 42.019 del Registro de la Propiedad n.º 1 de GETAFE de 45 viviendas de integración social y 200 garajes y realizar urbanización complementaria (Obra y alquiler número 008) por la que por la que el IVIMA reduce la renta; Declare la nulidad de la cláusula que se contiene en el contrato de arrendamiento suscrito entre FERCABER y el IVIMA por el arrendamiento concertado sobre la Finca n.º

17.418 del Registro de la Propiedad n.º 20 de Madrid de 78 viviendas (Obra y alquiler número 1.043) por la que el IVIMA reduce la renta de 473.687,00 # a 39.473,92 # y CONDENE al mencionado IVIMA a estar y pasar por la mencionada declaración.- 3.- Condeno al IVIMA a pagar a FERCABER la suma de 3.937.672,31 euros de rentas de los referidos arrendamientos pendientes de pago desde el inicio de cada arrendamiento hasta el 30 de junio de 2011, e intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de interpelación judicial.4.-Condeno al IVIMA a pagar desde el 1 de julio de 2011 las siguientes rentas: Promoción 967 PERI VENTILLA 870.265,53 #; Promoción 976 VEBTUKKA 587.400,00 #; 988 ENSANCHE DE VALLECAS 1 1.417.680,00 #; 1003 ENSANCHE DE CARABANCHEL 292.896,00 #; 1004 ENSANCHE DE VALLECAS 2 688.833,00 #; 1005 ENSANCHE DE VALLECAS 3 980.655,00 #; 1006 VENTILLA 249.045,00 #; 1007 ENSANCHE DE VALLECAS 4 588.360,00 # y Promoción 1043 PAU DE VALLECAS 473.687,00 #. Sin perjuicio de las actualizaciones que hayan procedido ya por incremento del índice de precios al consumo.- 5.- Condeno al IVIMA a pagar a FERCABER la cantidad de 11.263.104,36 # por la reducción de plazo que ha operado de los referidos arrendamientos sobre Promoción 962 MEJORADA DEL CAMPO, Promoción 967 PERI VENTILLA; Promoción 976 VENTILLA; Promoción 982 COLLADO-VILLALBA; 988 ENSANCHE DE VALLECAS 1; 993 VALDEMORO; 1003 ENSANCHE DE VALLECAS 3; 1006 VENTILLA 3; 1007 ENSANCHE DE VALLECAS 4; 1008 GETAFE y Promoción 1043 PAU DE VALLECAS, e intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de interpelación judicial. 6.- Condeno a la parte demandada a abonar a la actora las costas causadas en el presente procedimiento.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia por la representación procesal de la parte demandada, previos los trámites legales oportunos, se interpuso recurso de apelación, el cual le fue admitido, y, dándose traslado del mismo a la contraparte, que se opuso a él, elevándose posteriormente las actuaciones a esta superioridad, previo emplazamiento de las partes.

Por resolución de 13 de noviembre de 2013 se tuvo a ambas partes litigantes por personadas y parte en el presente recurso, a través de sus respectivas representaciones procesales. Contra la indicada resolución se interpuso por la representación procesal de Fercaber Construcciones, S.A.U. recurso de reposición, y previos los trámites legales se dictó Decreto de fecha 10 de diciembre de 2013 desestimando el recurso interpuesto manteniéndose íntegramente la indicada resolución de 13 de noviembre de 2013.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada ni estimando la Sala necesaria la celebración de Vista Pública, se señaló para que tuviera lugar la Deliberación, votación y fallo del presente recurso, la audiencia del día diez de julio del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

No se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

Segundo

Fercaber Construcciones, SAU (en adelante, Fercaber), a través de su administración concursal, formuló demanda contra el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA). Los negocios jurídicos complejos sobre los que se proyecta el litigio consisten, sustancialmente, en que sobre terrenos propiedad del IVIMA este constituye un derecho de superficie de veinte años de duración a favor de Fercaber Construcciones, SAU a cambio de que Fercaber construya en ese terreno viviendas de protección oficial; tales viviendas se arriendan al IVIMA hasta que se extinga el derecho de superficie; por dicho arrendamiento, el IVIMA...

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