STSJ Cantabria 577/2014, 29 de Julio de 2014

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2014:570
Número de Recurso473/2014
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución577/2014
Fecha de Resolución29 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000577/2014

En Santander, a 29 de julio de 2014.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ (Ponente)

Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Debora contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª. Debora, siendo demandados Unión Regional de Comisiones Obreras de Cantabria y otros, sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de marzo de 2014, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - Dña. Debora ha venido prestando sus servicios profesionales para la empresa demandada Unión Regional de CC.OO. de Cantabria desde 18-5-99, ostentando la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, y percibiendo un salario diario, con prorrata de pagas extraordinarias, de 44,58 #. (No controvertido)

  2. - En fecha 26-9-13 la empresa comunicó a la actora la extinción de su relación laboral por causas objetivas con efectos del día 10-10-13, en los siguientes términos:

    " Por acuerdo de la Comisión Ejecutiva, de 20 de septiembre de 2013, y ratificado el acuerdo alcanzado con el Comité de Empresa en la conclusión del proceso de negociación del Expediente de Regulación de Empleo, por medio de la presente lamentamos tener que comunicarle que, al amparo de los arts. 51 y 53 del ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, QUEDA DESPEDIDA POR CAUSAS OBJETIVAS (ECONÓMICAS Y DE AMORTIZACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO) CON EFECTOS AL 10 DE OCTUBRE DE 2.013, decisión que está amparada en los siguientes motivos:

    1. - TRAMITACIÓN DE ERE N° NUM000 DE DESPIDO OBJETIVO:

      Como usted conoce, el pasado 29 de agosto de 2.013 se inició la negociación de citado Expediente de regulación de empleo (Despido Colectivo), al amparo del art. 51 del Estatuto de los Trabajadores, habiendo registrado ante la Dirección General de Trabajo toda la documentación acreditativa dé la situación que ha llevado a esta empresa a tramitar este ERE y habiéndose reunido la empresa con la representación legal de los trabajadores (Comité de Empresa y con la asistencia de un asesor de la Federación COMFIA-CCOO) en 6 ocasiones (los días 29 de agosto, 3, 5, 9,11 y 12 de septiembre de 2013), constando en el acta de la última reunión, celebrada el pasado 12 de septiembre, el acuerdo alcanzado entre la Empresa y el Comité, de autorizar un máximo de 18 extinciones de contratos de trabajo, además de otras medidas que se señalan en aquella y ello tras haberse consultado por el Comité a la Asamblea de trabajadores, que aprobó tal acuerdo con 21 votos a favor, 9 en contra y 3 abstenciones.

      Tanto las Actas de negociación, como los documentos facilitados al comité de empresa, a lo largo del periodo de negociación, constan registradas en la Dirección General de Trabajo, el pasado 17 de septiembre de 2.013.

    2. - SITUACIÓN DE LA EMPRESA, JUSTIFICATIVA DEL ERE EXTINTIVO:

      Como se ha puesto de manifiesto a lo largo de la negociación y consta acreditado con la documentación aportada al expediente NUM000, los ingresos de la empresa provienen, fundamentalmente, de las siguientes fuentes de financiación:

    3. - Ingresos procedentes de las cuotas de afiliados que, como consecuencia de la actual crisis económica que azota a todo el estado y de la que no es ajena esta Comunidad Autónoma de Cantabria, está suponiendo una drástica disminución de la afiliación, pasando de los 18.183 afiliados en enero de 2.012, a

      16.544 afiliados en abril de 2.013.

      Por desgracia y tal y como se ha ido señalando en las distintas reuniones con el Comité de Empresa, la caída de afiliación supera los 6 diarios, lo que conlleva que a finales de este año la cifra quede por debajo de los 15.500 afiliados (una disminución de un 15%, respecto de las cifras de enero 2.012). Los últimos datos de caía de la afiliación son elocuentes: julio y agosto 2013 se producen 383 bajas de afiliados (6,38 afiliados menos día).

      A ello se añade que un porcentaje importante de la afiliación que se mantiene, ha pasado al desempleo, tiene un contrato precario o pasado a la jubilación, etc., lo que conlleva que la cuota mensual "general" de afiliación se reduzca más de un 50%, sobre la cuantía a abonar en situación de activo en el mercado laboral, lo que agrava aún más la pérdida de facturación-ingresos- por este concepto.

      En resumen, se reducen los ingresos por afiliación como consecuencia de las bajas que se producen y por el cambio de tipo de cuota, de "general" a "cuotas reducidas".

    4. - Ingresos procedentes de la Asesoría Jurídica (el Servicio más importante que pone el sindicato a disposición de sus afiliados); La situación de la Asesoría Jurídica, tanto respecto del volumen de expedientes, como de evolución de la facturación, tampoco es ajena a la situación de crisis económica ya la evolución legislativa, como lo demuestran los siguientes datos:

      1. Evolución de expedientes tramitados

        En 2.010 se tramitaron 1.258 expedientes (hasta abril 573).

        En 2.011 se tramitaron 918 expedientes (hasta abril 372).

        En 2.012 se tramitaron 887 expedientes (hasta abril 338)

        En 2.013 se han tramitado hasta abril 230 expedientes.

        Si bien se detecta una evolución descendente y constante desde el año 2010, la caída durante este año 2013, respecto del año anterior, hasta abril, supone un 32 %).

      2. Estos datos tienen una consecuencia directa, en la facturación de la asesoría jurídica, dado que en el período enero-agosto 2013 se han facturado 253.403,71 #, mientras que en el mismo período de 2012 (enero-agosto), la facturación ascendió a 368.994,11 #, lo que supone una caída de facturación superior a l31%, respecto de los datos del año anterior.

    5. - Ingresos procedentes de Subvenciones, tanto finalistas como no finalistas que, tal y como se expuso en la documentación aportada al ERE y queda debidamente reflejada en el Prepuesto 2013 aprobado, en este ejercicio económico se prevé una pérdida de ingresos por este concepto, superior al 72%, de los que una parte muy importante, se corresponde con la pérdida de las subvenciones finalistas, hasta ahora concedidas por el Gobierno de Cantabria, con una pérdida del 99,43%, respecto de las obtenidas en 2012. Esta situación dimana de la política que las distintas Administraciones Públicas (AAPP) están aplicando de contención del gasto, para hacer posible el cumplimiento del déficit público aprobado por el Gobierno Español, en consonancia con las exigencias comunitarias.

      En efecto, como consta en los distintos presupuestos y cuentas de pérdidas y ganancias obrantes en el expediente:

      En el año 2.011 las subvenciones recibidas ascendieron a 1.321.711,99 #.

      En el año 2.012 las subvenciones recibidas ascendieron a 1.177.659,41 #.

      En el año 2.013 las subvenciones que se esperan recibir y se reflejan en el presupuesto para este ejercicio, ascienden a 324.689,78 # (una disminución de un 72,43 % respecto de 2.012 y de un 75,43 % respecto del 2.011).

      Otro dato negativo, en cuanto a la situación de esta empresa, se corresponde con los resultados de las Elecciones Sindicales en estos últimos cuatro años (2.009-2013), en comparación con el mismo ejercicio anterior (2.005-2009), que ha supuesto una disminución de 448 procesos electorales (una disminución del 18,75%), y que tiene como la consecuencia la elección de 263 órganos de representación menos y de 461 representantes menos.

      Respecto de los efectos para CCOO., ello ha supuesto que de los 1.809 delegados acreditados de media en el período 2005 - 2009, se ha pasado a 1.489 delegados de media en el período 2009-2013, y cuya consecuencia en el índice de representatividad de CCOO en la región es indiscutible (se pierden 320 delegados), pasando, en cómputo dinámico certificado por las AAPP, del 36,87% de representatividad sindical al 33,49 % en la actualidad, lo que lleva aparejado una disminución de ingresos procedentes de subvenciones no finalistas concedidas a las organizaciones más representativas por su participación institucional. La cuantía de la subvención concedida por el factor representatividad ha caído en el periodo 2012-2013 el 15% (de 187.488# a 159.365#), mismo porcentaje se perdió de 2011 a 2012.

      Todos estos datos han sido debidamente plasmados en la Memoria Presupuestaria y en el Presupuesto para este año 2013, aprobados por el Consejo Regional de 9 de julio 2013, donde se hace constar una caída de ingresos de un 40,02% (una disminución de 1.239.016,48 #), respecto de los ingresos acreditados en 2012).

      Si bien se ha citado el Presupuesto aprobado para este ejercicio 2013, podría entenderse que tal previsión no se cumpliera y fuera mejor de lo previsto (como ha ocurrido en otros ejercicios), sin embargo y al objeto de reflejar la situación real de esta empresa, se facilitó de inicio la Cuenta de Pérdidas y Ganancias provisional a 30 de junio de 2013 y, finalmente, en la reunión celebrada con el comité el pasado 11 de septiembre de 2013, la misma cuenta provisional ahora a 31 de julio de 2013, que refleja los siguientes datos:

      Ingresos 692.507,38 #

      (Por actividad propia; prestación de servicios y otros de explotación)

      Resultados de explotación - 212.165,45 #

      (Sólo la cuenta de gastos de personal -748.116,01 # es superior al conjunto de los ingresos)

      Resultados provisionales ejercicio -212.263,62 #

      (Antes de impuestos)

      Teniendo en cuenta que la previsión del presupuesto...

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