STSJ Galicia 3580/2014, 30 de Junio de 2014

PonentePILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
ECLIES:TSJGAL:2014:4653
Número de Recurso3904/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3580/2014
Fecha de Resolución30 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

- PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15036 44 4 2011 0001638

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003904 /2012-MFV

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 757/2011 JDO.SOCIAL FERROL-2

Recurrente/s: Belinda

Abogado/a: MARIA AURORA GARCIA GUEDES -CC.OO

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, NAVANTIA S.A., MUTUA ASEPEYO, MUTUA LA FRATERNIDAD-MUPRESPA, INNAVAL SL, IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES, S.A. EN LIQUIDACION, MONTAJES ALFER

Abogado/a: LTDO.SS/ FRANCISCO J. GARCIA RUIZ (NAVANTIA e IZAR)/ FRANCISCO J. PENA PENELA (FAX.ASEPEYO: 981/151-027)/ CARLOS E.OJEA CARBALLEIRA (MUPRESPA)/ INNAVAL,SL y MONTAJES ALFER (DOGA)

ILMAS.SRAS.MAGISTRADAS Dª

ROSA MªRODRIGUEZ RODRIGUEZ

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a treinta de Junio de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 3904/2012, formalizado por la la LETRADA Dª. Mª AURORA GARCIA GUEDES, en nombre y representación de Belinda, contra la sentencia número 157/2012 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de FERROL en el procedimiento DEMANDA 757/2011, seguidos a instancia de Belinda frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, NAVANTIA S.A., MUTUA ASEPEYO, MUTUA LA FRATERNIDAD-MUPRESPA, INNAVAL SL, IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES, S.A. EN LIQUIDACION, MONTAJES ALFER, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Belinda presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, NAVANTIA S.A., MUTUA ASEPEYO, MUTUA LA FRATERNIDAD-MUPRESPA, INNAVAL SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 157/2012, de fecha veintiocho de Marzo de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

" 1 .- El cónyuge de la actora, D. Ángel Daniel, nacido con fecha NUM000 -47, falleció con fecha 19-04-10. 2 .- Solicitada la prestación de viudedad, por resolución del demandado INSS de 27-05-10 le fue reconocida, por la contingencia de enfermedad común, en cuantía del 52% de una base reguladora de

2.291'25 euros, derivada de las bases de cotización del periodo marzo 2008 a febrero 2010, y con efectos de 01-05-10. 3 .- Con fecha 28-01-11 la actora D Belinda solicitó el cambio de contingencia. Y tramitado Expediente de determinación de contingencia con fecha 27-04-11 se emitió Informe Médico de Síntesis, y el 2907-11 se dictó resolución por el INSS por la que se concedía a la actora la pensión de viudedad por enfermedad profesional, fijándose la base reguladora en la cuantía de 2.243' 01 euros mensuales, y los efectos de esta nueva prestación en fecha 28-10-10. Así como resolución de igual fecha por la que se reconocía a la actora la Indemnización Especial a Tanto Alzado, en cuantía de seis mensualidades de la base reguladora indicada, declarándose responsable del abono de ambas a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales demandada Asepeyo, con la que la empresa Navantia, S.A. tenía concertada esta contingencia. 4 .- Formulada reclamación previa, por resolución de 28- 09-11 fue desestimada. 5 .El trabajador fallecido prestó sus servicios en la mercantil demandada Izar, Construcciones Navales, S.A. en liquidación causando baja en la misma en fecha 31-03-05 por aplicación de Expediente de Regulación de Empleo, siendo la categoría profesional que ostentaba al momento de la baja la de Oficial l Soldador, nivel VI. 6 .- El causante percibía en el año 2001 los conceptos NAF, Antigüedad, Complemento antigüedad, Complemento individual, Prima horaria, Turno Cl, Tóxico IV, Regulación Tóxico, Prima resultado, Regulación NAF y Regulación Prima horaria, ascendiendo su retribución mensual bruta prorrateada a 2.115'10 euros. 7 .-La última base de cotización completa del causante estando en activo ascendió a 2.445'09 euros mensuales, en marzo 2005. La base de cotización de 2004 ascendía a 2.382'97 euros. Y la base de cotización del mismo en 2007 ascendía a 2.616#57 euros (informe de valoración de ayudas previas a la jubilación ordinaria, que figura en el expediente del INSS). 8.- La cuantía anual de los conceptos referidos en el anterior hecho sexto en el año 2009, conforme a las Tablas Salariales establecidas para 2009 en la empresa NAVANTIA,SA, para el centro de trabajo de Fene, las que se concretan a continuación:

- NAF: 18.962'30 euros.

- Antigüedad: 2.275'44 euros.

- Complemento antigüedad: 373'08 euros

- Complemento individual: 1.637'28 euros.

- Prima horaria: 4.716 euros

- Turno Cl: 1.179 euros

- Tóxico IV: 1.386 euros.

- Regulación Tóxico: 74'28 euros.

- Prima resultado: 5.825'52 euros.

- Regulación NAF: 971'88 euros.

- Regulación Prima horaria: 472'56 euros. Ascendiendo el total de dichos conceptos a la cantidad de 37.873'34 euros (3.156'11 euros).

9 .- El último Convenio Colectivo de la mercantil Izar Construcciones Navales, S.A. fue el correspondiente a 2004, en vigor hasta diciembre de dicho año. El Índice de Precios al Consumo de los años posteriores fue del 3'7% en 2005; 2'7% en 2006; 4'2% en 2007; 1'4% en 2008 y 0'8% en 2009. 10 .- La Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares, S.A. cambió de denominación por la de Izar Construcciones Navales, S.A. en fecha 22-01--01. Esta sociedad constituyó en fecha 30-07-04 la sociedad New Izar, S.L., en la actualidad Navantia, S.A., que asumió la rama de actividad militar, entre otras de la factoría de Ferrol, con todo el personal de dicha factoría salvo los nacidos hasta el 31-1252, inclusive, manteniendo Izar Construcciones Navales, S.A. la actividad civil, desarrollada en otras factorías, y el personal mayor de 52 años a 31-12-04. 11 .- La Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Fraternidad Muprespa cubría las contingencias profesionales con la empresa ASTANO hasta el 31-03-00".

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Estimo parcialmente la demanda formulada por Dª Belinda, frente a Empresa "NAVANTIA, S.A", "IZAR S.A", "INNAVAL, S.L", Empresa "MONTAJES ALFER", INSS, TGSS, Mutua "ASEPEYO" y Mutua La Fraternidad MUPRESPA, y declaro el derecho de la actora a percibir la pensión de viudedad sobre una base reguladora de 2.667'59 euros mensuales, con efectos desde el 28-10-10. Declaro asimismo nulo y sin efecto el expediente de reintegro por prestaciones indebidamente percibidas por el que se reclama a la actora la cantidad de 228'96 euros, y condeno consecuentemente a los demandados a estar y pasar por estas declaraciones y a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Asepeyo a abonar a la actora la pensión de viudedad con efectos de 28-10-10 y la indemnización a...

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