STSJ Galicia 354/2014, 19 de Marzo de 2014

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2014:3199
Número de Recurso7379/2010
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución354/2014
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00354/2014

PONENTE: D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7379/2010

RECURRENTE: Gumersindo

ADMINISTRACION DEMANDADA:XURADO DE EXPROPIACION DE GALICIA

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

ILMO.SR PRESIDENTE :

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS :

IGNACIO ARANGUREN PEREZ

JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL

JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

En A CORUÑA, a Diecinueve de marzo de dos mil catorce.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7379/2010 interpuesto por el Procurador D. JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigido por el Letrado D. MANUEL ARIAS EIBE en nombre y representación de Gumersindo contra Acuerdo del Xurado de Expropiación de Galicia de fecha 18-2-2010 que fija el justiprecio de la finca NUM000, del Proyecto de acondicionamiento de la estrada LU-113, Treito: Montecelo-Abadín (N-634), Clave: LU/06/157.01 (expediente NUM001 ). Ha sido parte demandada XURADO DE EXPROPIACION DE GALICIA, representada por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA.

Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ.

HECHOS
PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 12 de marzo de 2014, fecha en la que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 8.159,14 euros.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del presente proceso se contrae a determinar la conformidad con el ordenamiento jurídico de la resolución de 18 de febrero de 2010 por la que el Jurado Autonómico de Expropiación de Galicia fijó definitivamente en vía administrativa el justiprecio de la finca expropiada a que se refieren las presentes actuaciones identificada en el plano parcelario del proyecto de expropiación con el número NUM000 iniciado con motivo de la obra "ACONDICIONAMIENTO ESTRADA LU-113. TREITO:MONTECELOS-ABADIN (N-634). CLAVE:LU/06/157.01" T. m. de Abadin .

Comparece como parte demandante la representación del titular de la finca expropiada, es decir de quien en el previo procedimiento ocupó la posición de expropiado, para cuestionar - en apretada síntesis- la valoración del Jurado, que aunque supera de forma exigua la efectuada por la Administración se encuentra no obstante muy por debajo del justiprecio reclamado por la parte actora,...

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