STSJ Canarias 581/2014, 28 de Marzo de 2014

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2014:1131
Número de Recurso1263/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución581/2014
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2014
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de marzo de 2014.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ,( Presidente) Dña MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ y D. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001263/2013, interpuesto por D. Luis Miguel, frente a Sentencia 000229/2013 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Gáldar los Autos Nº 0000431/2012-00 en reclamación de DESPIDO siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Luis Miguel, en reclamación de DESPIDO siendo demandados HORMIGONES ISLAS CANARIAS S.L., FONDO DE GARANTÍA SALARIAL DEL ESTADO, FÉLIX SANTIAGO MELIÁN, COSTA LLANO, S.L. y CONOGRIGAN y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 26 junio 2013, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La parte actora ha venido prestando servicios para la empresa Hormigones Islas Canarias, con una antigüedad de 15-01-1.986, con la categoría profesional de Dosificador y percibiendo un salario mensual de 1.408,39 euros brutos prorrateados.

SEGUNDO

La empleadora, Hormigones Islas Canarias, es una sociedad limitada domiciliada en la calle Lomo Guillén 3 de Santa María de Guía, Gran Canaria, constituida el 28-11-1.985, y tiene como actividad principal la fabricación de hormigones y morteros.

La sociedad está integrada, a través de una participación directa en el grupo de empresas que encabeza Grupo FSM, S.L., con domicilio social en la calle Lomo Guillen 1 de Santa María de Guía.

TERCERO

En fecha 28-03-2.012 la empresa Hormigones Islas Canarias, entrega a la parte actora carta de despido con el siguiente tenor literal:

"La Dirección de la empresa ha tomado la decisión de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas. La causa es de carácter económico y organizativo/productivas, como consecuencia de la drástica reducción de la actividad como consecuencia de la situación coyuntural que atraviesa el sector.

La entidad mercantil Hormigones Islas Canarias que se dedica a la fabricación y bombeo de hormigón, como el resto de empresas de su sector se ha visto afectada por la crisis financiera desatada a partir de 2.007, la cual ha tenido una especial incidencia en el sector de la construcción.

Esta situación ha ocasionado la caída masiva de empresas constructoras con una importante restricción de la demanda de nuestros productos y servicios llegando a un descenso acumulado de nuestra producción del 50% desde el comienzo de la crisis como se puede observar en la gráfica adjunta. (se da por reproducida gráfic

  1. Si comparamos las producciones de los dos últimos ejercicios podemos observar como en el último año hemos producido un 6,5% menos con un descenso del importe neto de la cifra de negocios del 8% con respecto al año anterior.

Analizando una serie de indicadores extraídos de nuestra contabilidad se pone de manifiesto que en los últimos tres años se ha producido una caída de los precios, situaron que provoca una disminución porcentual del resultado de explotación del 81,5%.

En este ultimo año hemos visto como los precios instalados en el mercado apenas cubren los costes variables de la fabricación del hormigón, lo que hace muy complicado luchar por las pocas obras que se licitan.

Si nos fijamos en la siguiente tabla que expresa el Consumo Aparante del Cemento en el territorio nacional, variable fundamental para intentar augurar cual puede ser el futuro de nuestra industria, podemos observar que las cifras del mes de enero se remontan a niveles de consumo de cemento muy bajos no alcanzados desde 1987 todo ello debido al desplome del sector de la edificación residencial y la paralización de las obras públicas, situación que seguirá agravándose si las diferentes Administraciones no impulsan los programas de infraestructuras y viviendas que garanticen un mínimo de actividad del sector de la construcción. (se da por reproducido gráfica).

A tenor del gráfico anterior, y analizando las producciones de hormigón acumuladas en los dos primeros meses del año en curso con el mismo periodo del año 2.011 veremos que aún la tendencia es descendente con una disminución del 32% situación que si la extrapolamos a todo el año conllevarían a unas pérdidas elevadas en nuestra empresa.

Con el análisis de estos datos, entendemos que la situaron en nuestro sector a medio y largo plazo no experimentará un crecimiento tal que permita mantener todas nuestras plantas abiertas. Por ello nos hemos visto en la obligación de cerrar varios centros de trabajo, adaptándose a la nueva situación del mercado con el fin de aliviar los costes fijos de la dimensión actual de la empresa.

Desde el ejercicio 2.010 la situación económica de la empresa ha evolucionado, negativamente, con un descenso importante y continuado del volumen de pedidos, siendo cada día más complicado alcanzar nuestro umbral de rentabilidad lo que está ocasionando una caída de la cuenta de pérdidas y Ganancias.

Consecuentemente, esta situación nos obliga a la extinción de su contrato de trabajo, con la finalidad de la reestructuración de la actividad para tratar de garantizar la viabilidad y competitividad futura de la empresa.

A estos efectos, se procede a la extinción de los contratos de trabajo de cuatro empleados. La dirección de la empresa sostiene que concurren causas económicas y organizativo/productivas a tenor del artículo 52 apartado c), en relación con el artículo 51 apartado 1º del Texto Refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores, que amparan la extinción por causas objetivas de los contratos de trabajo.

La dirección de la empresa procede a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas. Esta medida surtirá efectos desde el día 12/04/2.012. Además se pone simultáneamente a su disposición la indemnización legal de veinte días de salario por año de servicio, de conformidad con el artículo 53 apartado 1º del Estatuto de los Trabajadores, por importe de 17.118,36 euros mediante cheque bancario de la entidad bancaria "La Caixa"

Le rogamos que sirva firmar la presente comunicación a los exclusivos efectos de dejar constancia fehaciente de la recepción por Ud. del original."

La parte actora firma la carta de despido con un "no conforme".

CUARTO

La empresa Hormigones Canarios puso a disposición del trabajador cheque bancario por importe de 17.118,36 euros en concepto de indemnización por despido objetivo.

QUINTO

La empresa Hormigones Islas Canarias, que se dedica a la fabricación y bombeo de hormigón, ha experimentado un descenso de la producción del 50% desde el año 2.007, a consecuencia de la crisis económica, en los siguientes términos, atendiendo a metros cúbicos de producción:

Año 2.006: 269.835 mts cúbicos.

Año 2007: 293.073 "

Año 2.008: 181.805 "

Año 2.009: 115.617 " Año 2.010: 122.295 "

Año 2.011: 114.404 "

Comparando las producciones de los dos últimos ejercicios se puede observar como en el último año, la empresa produjo un 6,5% menos con un descenso del importe neto de la cifra de negocio del 8% con respecto al año anterior en los siguientes términos:

Año 2.006: 19.883.780

Año 2.007: 23.192.023

Año 2.008: 15.272.864

Año 2.009: 9.564.385

Año 2.010: 9.919.176

Año 2.011: 9.128.571

SEXTO

Asimismo, junto a la caída de la producción se ha producido una caída de los precios, situación que ha provocado una disminución porcentual del resultado de explotación del 81,5%, lo que impide cubrir los costes variables de la fabricación del hormigón, y que es complicado combatir por las pocas obras que se licitan.

SEPTIMO

A fecha del despido (abril de 2.012) la empresa Hormigones Islas Canarias, presentaba un resultado de ejercicio con pérdidas por importe de (-57.721,93 euros) y a fecha de 30 de noviembre de 2.012 las pérdidas ascendían a (- 59.670 euros).

OCTAVO

La empresa Hormigones Islas Canarias ha procedido al despido de cuatro trabajadores más en fecha 28 de diciembre de 2.012 con las categorías profesionales de oficiales de 1ª, alegando igualmente causas económicas y organizativo/productivas.

NOVENO

La fecha de efectos del despido objetivo es de 12-04-2.012.

DECIMO

La actora no ostenta ni ha ostentado en el año inmediatamente anterior al despido, la condición de representante legal o sindical de los trabajadores.

UNDECIMO

En fecha 16-04-2.012 la actora presentó papeleta de conciliación ante el SEMAC, celebrándose el preceptivo acto el día 27-04- 2.012 con el resultado de SIN AVENENCIA.

DECIMO

SEGUNDO.- COSTA LLANO, es una sociedad limitada domiciliada en la calle Lomo Guillén nº 3 de Santa María de Guia, constituida en mayo de 1.995.

Tiene como actividad principal la realización de comercio al por menor de carburantes, y otras actividades como comercio al por menor de productos de bazar y comestibles, servicio de taller, tren de lavado y limpieza de vehículos, aspiradoras.

La sociedad está integrada en el grupo de empresas que encabeza Grupo Félix Santiago Melián (FSM).

Según las cuentas anuales de dicha sociedad el resultado del ejercicio fue el siguiente: año 2.009 (490.785 ); año 2.010 (434.284); año 2.011 (517.604) .

DÉCIMO

TERCERO.- CONAGRICAN, S.L. es una sociedad limitada domiciliada en la calle Lomo Guillén nº 1 de Santa María de Guía, constituida el 10-07-1.995.

El objeto social de dicha sociedad se corresponde con las siguientes actividades:

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