STSJ Andalucía 949/2007, 29 de Abril de 2007

PonenteMANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO
ECLIES:TSJAND:2007:5651
Número de Recurso288/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución949/2007
Fecha de Resolución29 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Recurso: SUPLICACION 288/2007

Sentencia Nº 949/07

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO

En la ciudad de Málaga a veintinueve de abril de dos mil siete

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA CON SEDE EN

MALAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

SENTENCIA

En el Recurso de SUPLICACION interpuesto por VIVIENDAS IDEALES S.L. contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 11 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra

D./ MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Julián sobre Cantidad siendo demandado VIVIENDAS IDEALES S.L., INSS y ENCOFRADOS DEL GENIL S.L. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 10 de octubre de 2006 . La parte dispositiva de dicha resolución expresa "Que estimando la demanda interpuesta por D. Julián , debo condenar y condeno solidariamente a las empresas ENCOFRADOS DEL GENIL, S.L. y VIVIENDAS IDEALES, S.L. a pagar al demandante la cantidad de 2.988'14 euros por el concepto reclamado en la demanda, y debo absolver y absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones contenidas en la demanda.".

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El demandante, D. Julián , con D.N.I. nº NUM000 , nacido el 20 de octubre de 1.974, y afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM001 , sufrió un accidente de trabajo el día 5 de abril de 2.004, mientras prestaba servicios por cuenta de la empresa ENCOFRADOS DEL GENIL, S.L., con la categoría encofrador, en el centro de trabajo sito en la localidad del Rincón de la Victoria en la urbanización Añoreta Golf, en una obra subcontratada a la empresa VIVIENDAS IDEALES, S.L., la cual había contratado la ejecución de la obra a la promotora ARENAL 2002, S.L.

  2. - Por resolución del INSS de 20 de septiembre de 2.004, se acordó declarar la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad en el accidente sufrido por el trabajador D. Julián , en fecha 5

    de abril de 2.004 declarando la procedencia de que las prestaciones de seguridad social, derivadas del accidente de trabajo citado, sean incrementadas en un 30% con cargo exclusivo a la empresa responsable, ENCOFRADOS DEL GENIL, S.L.; y por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, de fecha 8 de junio de 2.006, dictada en el recurso de suplicación 1684/06, se condenó a la empresa VIVIENDAS IDEALES, S.L. al pago del recargo de manera solidaria con la empresa ENCOFRADOS DEL GENIL, S.L..

  3. - El demandante fue declarado afecto de lesiones permanentes no invalidantes derivadas de accidente de trabajo, indemnizables en cuantía de 1.780 euros.

    En el período 1 de marzo de 2.005 a 18 de enero de 2006, el actor ha percibido en concepto de subsidio de incapacidad temporal, la cantidad total de 8.180'46 euros.

  4. - El demandante presentó solicitud de conciliación ante el C.M.A.C., que se tuvo por intentada sin efecto, así como reclamación previa administrativa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal con fecha 7 de febrero de 2007 se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Juzgado de lo Social nº 10 de Málaga dictó sentencia de fecha 15.9.05 en la que se confirmaba el recargo de prestaciones derivadas de accidente de trabajo impuesto por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad a la empresa Encofrados del Genil, S.L. Recurrida en suplicación, esta Sala de lo Social dictó sentencia en el Recurso 1115/06, de fecha 8.6.06 , en la que extiende la responsabilidad en el recargo, de manera solidaria, a la antes citada mercantil (empleadora directa del actor) y la codemandada Viviendas Ideales, S.L. (empresa principal).

El trabajador beneficiario del recargo interpone demanda frente a Encofrados del Genil, S.L. y Viviendas Ideales, S.L., que motiva las presentes actuaciones, solicitando el pago por...

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