SAP Castellón 40/1999, 25 de Mayo de 1999
Ponente | FERNANDO TINTORE LOSCOS |
Número de Recurso | 113/1998 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 40/1999 |
Fecha de Resolución | 25 de Mayo de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 40
Ilmos. Señores:
PRESIDENTE:
DON FERNANDO TINTORÉ LOSCOS
MAGISTRADOS:
DON JOSE ALBERTO MADERUELO GARCÍA.
DON JOSÉ MANUEL GARCÍA SIMÓN VICENT
En la ciudad de Castellón a veinticinco de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos, Señores anotados al margen, ha visto en juicio oral y público la causa instruida con el número de Procedimiento Abreviado 113 de 1998 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Castellón, y seguida por delito de robo con fuerza en las cosas, contra Juan Pablo , con D.N.I. número NUM000 , hijo de Simón y de Almudena , nacido en Almazora (Castellón) el día 20 de Septiembre de 1961, y vecino de Castellón, con domicilio en DIRECCION000 , calle DIRECCION001 , nº NUM001 , de estado casado, de profesión jornalero, con instrucción y con antecedentes penales, insolvente y en situación de libertad provisional bajo fianza por esta causa, de la que estuvo privado desde el día 2 de Marzo al 7 de Abril de 1998, ambos inclusive.
Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. Teniente Fiscal Don Javier Arias Ochoa y el mencionado acusado, representado por la Procuradora Doña Asunción Sos Martínez y defendido por el Letrado Don Ramón Milara Garzarán, y Ponente el Ilmo. Señor Presidente Don FERNANDO TINTORÉ LOSCOS.
En sesión que tuvo lugar el día 19 de Mayo de 1999 se celebro ante este Tribunal juicio oral público en la causa instruida, con el número de Procedimiento Abreviado 27 de 1998 por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Castellón, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas con el resultado que consta en el acta levantada por la Sra. Secretaria actuante.
El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos objeto del proceso, tal como estimó que habían quedado probados, como constitutivos de un delito de robo con fuerza en las cosas, de los artículos 237, 238.1º y 241.1º y 2º del Código Penal , y acusando como responsablecriminalmente del mismo, en concepto de autor, al acusado Juan Pablo , con la concurrencia de la circunstancia agravante de la responsabilidad criminal 8ª del artículo 22 de dicho Código, solicitó que se le condenara a la pena de cinco años de prisión, con su accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas del proceso, y a que, en concepto de responsabilidad civil, abonase a Carlos Antonio la cantidad de 3.000 pesetas.
La defensa del acusado, en el escrito que le es propio, ratificado en el acto del juicio oral, mostró su disconformidad con las conclusiones definitivas del escrito de acusación del Ministerio Fiscal, estimando que su defendido no había cometido delito alguno, por lo que solicitó su libre absolución con todos los pronunciamientos favorables, y, alternativamente, en dicho acto pidió que, en todo caso, el delito se apreciara en grado de tentativa y con la concurrencia de la eximente incompleta de drogadicción.
HECHOS PROBADOS
El acusado Juan Pablo , mayor de edad y ejecutoriamente condenado con anterioridad, además de por otros, por seis delitos de robo, la última vez por sentencia firme de fecha 3 de Julio de 1995. siendo ya reincidente, a la pena de dos años de prisión menor, el día 28 de Febrero de 1998, sobre las 0'10 horas, con ánimo de ilícito beneficio, se dirigió a la calle DIRECCION002 , de Almazora, y tras subir por la ventana correspondiente al inmueble nº NUM002 - NUM003 -D, que constituye el domicilio de Carlos Antonio y su familia, accedió a su interior, y aprovechando que su titular se hallaba viendo la televisión comenzó a registrar las habitaciones, logrando coger dos carteras, una de ellas con documentación personal de la esposa del citado morador, Alicia , y otra con 102.000 pesetas en metálico y dos cheques bancarios de la entidad BBV, así como dos medallas de oro, una de ellas con la inscripción " Alicia " y otra con el signo del zodiaco "Leo", efectos todos tasados en 8.400 pesetas que fueron recuperados y, entregados a su propietario, cuando al ser visto saltar desde la casa a la calle por una pareja de la Guardia Civil y darse a la fuga fue perseguido, sin solución de continuidad, y detenido, después de que intentara esconderse detrás de un coche, debajo del cual arrojó las dos carreras, ocupándole en el bolsillo izquierdo del pantalón las dos citadas...
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