SAP Cáceres 281/2004, 7 de Junio de 2004

PonenteJUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA
ECLIES:APCC:2004:449
Número de Recurso285/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución281/2004
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA Nº XXXXX/04 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE :

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA

MAGISTRADOS :

DON ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO

DON ABEL MANUEL BUSTILLO JUNCAL -------------------------------------------------------------------------Rollo de Apelación núm. 285/04

Autos núm. 702/03

Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Cáceres

================================== En la Ciudad de Cáceres a siete de Junio de dos mil cuatro. Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Verbal núm. 702/03 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Cáceres siendo parte apelante , el demandado DON Miguel Ángel representado en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Bueso Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Estrella Rufo habiéndose personado en esta Audiencia en representación del mismo, dicha procuradora y como parte apelada , la demandante DIRECCION000 DE CACERES representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sr. Leal López y defendida por el Letrado Sr. Cervantes Jiménez, no habiéndose personado en esta Audiencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Cáceres en los autos de Juicio Verbal núm. 702/03, con fecha 17 de Febrero de 2004 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª Rosa , en calidad de Presidente de la DIRECCION000 , debo condenar y condeno al demandado D. Miguel Ángel , a pagar a la actora la cantidad de 1074,46 euros en concepto de daños y perjuicios por el impago de los recibos de consumo de agua correspondientes al 2º bimestre de 1998 y al año 2000 completo. Ello con imposición de las costas procesales.Así por esta mi sentencia..."

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la parte demandada se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO

Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artº 457,3 de la L.E.C ., por término veinte días para la formalización del recurso de apelación conforme a las normas prevenidas en los arts. 458 y ss. de la misma Ley procesal .

CUARTO

Formalizado, en tiempo y forma, el recurso de apelación por la representación de la partedemandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el artº 461 de la L.E.C . se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

QUINTO

Presentado escrito de oposición al recurso por la representación del apelado, el Juzgado de instancia remitió los autos originales a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, el que se efectuó con fecha 17 de Mayo de 2004 habiéndose personado la parte apelante en tiempo y forma legal, y turnándose de ponencia. Y no habiéndose propuesto prueba por ninguna de las partes, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para DELIBERACIÓN Y FALLO el día 6 de Julio de 2004 quedando los autos para dictar sentencia en el plazo marcado en el artº 465.1 de la L.E.C .

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales. Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el escrito inicial del procedimiento se promovió acción personal en reclamación de cantidad, por los daños y perjuicios causados por negligencia del demandado como administrador de la Comunidad de Propietarios; pretensión fue estimada en la sentencia de instancia y disconforme el demandado se alza el recurso de apelación, alegando en primer lugar, prescripción de la acción porque en la demanda se ejercita acción extracontractual y ha transcurrido más de un año desde que se incurrió en la responsabilidad hasta que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Alicante 355/2020, 16 de Septiembre de 2020
    • España
    • 16 Septiembre 2020
    ...de Ley de Propiedad Horizontal, es mayoritariamente catalogada como la de un mandato "sui generis" (así y entre otras muchas, SS AP de Cáceres de 7 de junio de 2004, de Barcelona de 30 de junio de 2004, de Gerona de 27 de mayo de 2005, de Málaga de 31 de marzo de 2006 y de Madrid de 13 de j......
  • SAP Córdoba 557/2015, 29 de Diciembre de 2015
    • España
    • Audiencia Provincial de Córdoba, seccion 1 (civil)
    • 29 Diciembre 2015
    ...de Ley de Propiedad Horizontal, es mayoritariamente catalogada como la de un mandato "sui generis" (así y entre otras muchas, SS AP de Cáceres de 7 de junio de 2004, de Barcelona de 30 de junio de 2004, de Gerona de 27 de mayo de 2005, de Málaga de 31 de marzo de 2006 y de Madrid de 13 de j......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR