SAP Sevilla 489/2005, 22 de Noviembre de 2005

PonenteJOSE MANUEL DE PAUL VELASCO
ECLIES:APSE:2005:3359
Número de Recurso7246/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución489/2005
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 489/05

Ilmos. Sres.:

D.José Manuel de Paúl Velasco

Dª Margarita Barros Sansinforiano

D.Francisco Gutiérrez López

En la ciudad de Sevilla, a veintidós de noviembre de 2005.-La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada, procedente del Juzgado de Instrucción número 2 de Sevilla y seguida por delitos de asesinato y hurto de uso de vehículo de motor y falta de hurto, todos ellos imputados a Carlos Francisco , hijo de José y de Gracia, nacido el 15 de enero de 1978, natural de Sevilla y vecino de Brenes, con DNI. NUM000 , con antecedentes penales, insolvente, en prisión provisional por esta causa desde el 19 de abril de 2004, en cuya situación continúa. Se halla representado por la Procuradora Dña. Macarena Pérez González y defendido por la Letrada Dña. Matilde López Cabrera.

Han ejercido la acusación el Ministerio Fiscal, representado en juicio por el Ilmo. Sr. D. Víctor Domínguez Domínguez y los acusadores particulares Dña. Flora y Dña. María Rosa , D. Daniel y D. Juan Pablo , quienes actúan conjuntamente, representados por la Procuradora Dña. María Dolores Martín Losada y asistidos por el Letrada D. Juan José Santelesforo Navarro, por quien actuó en juicio su compañera Dña. María Luz Floro Alarcón.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D.José Manuel de Paúl Velasco, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
PRIMERO

En sus conclusiones definitivas el Ministerio Fiscal calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito de asesinato del artículo 139.1 del Código Penal , un delito de hurto de uso del artículo 244.1 del mismo Código y una falta de hurto del artículo 623.1, siempre del Código Penal ; designando como autor de las tres infracciones al acusado Carlos Francisco , en cuya conducta no apreció circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Sobre estas bases, interesó se imponga al acusado, por el delito de asesinato, la pena de quince años de prisión, con accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por el delito de hurto de uso la pena de seis meses de multa con cuota diaria de seis euros, y por la falta de hurto la pena de dos meses de multa con igual cuota; abono de costas e indemnización a la viuda del fallecido en 91.000 euros por la muerte de su marido más 3.380 eurospor los daños en el turismo de su propiedad y los efectos sustraídos y no recuperados y a cada uno de los cuatro hijos de la víctima en 15.000 euros, más intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

SEGUNDO

También en trámite de conclusiones definitivas, tanto la acusación particular como la defensa del acusado se adhirieron íntegramente a las de tal carácter del Ministerio Fiscal que han quedado arriba expuestas.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

A primera hora de la tarde del día 24 de marzo de 2004, el acusado Carlos Francisco conoció en un bar próximo a la estación de ferrocarril de Santa Justa de esta capital a D. Alonso , a la sazón de setenta y dos años de edad, acordando ambos mantener relaciones sexuales mediante precio que el segundo pagaría al primero. A tal fin se trasladaron ambos a un criadero de cerdos abandonado, llamado DIRECCION000 @, sito en el km. NUM001 de la carretera A-3104 (Sevilla-Los Rosales), término municipal de La Rinconada, utilizando para el corto viaje el turismo Citroën Xantia matrícula ....-QCM , propiedad del Sr. Alonso , que conducía el automóvil siguiendo las instrucciones del procesado, que era quien conocía el lugar al que se dirigían.

Al llegar a las instalaciones mencionadas y tras estacionar el automóvil junto a las mismas, el acusado y su cliente se introdujeron en una de las naves, donde, tras mantener contactos sexuales no concretados, el Sr. Alonso , que se encontraba de pie, cara a la pared y apoyado en ésta, con el jersey subido hasta las axilas y los pantalones y calzoncillos bajados hasta media pierna, pidió al procesado que le penetrara analmente, a lo que éste se negó, por lo que el Sr. Alonso le indicó que en tal caso no le pagaría lo estipulado. Contrariado por esta respuesta, el procesado cogió un trozo de viga sin que le viera su cliente, que seguía cara a la pared, y con él le asestó por la espalda innumerables golpes en la cabeza, y al volverse el agredido en la cara, que le produjeron fracturas múltiples y determinaron su fallecimiento en momento no exactamente determinado, a consecuencia de la hemorragia subdural, subaracnoidea e intraventicular consecutiva al múltiple traumatismo cráneo-facial, no siendo hallado el cadáver hasta el 31 de marzo de 2004.

SEGUNDO

Tras la brutal agresión descrita, el acusado se apoderó de dos euros que encontró casualmente en la vestimenta de su víctima y, dejando a ésta abandonada, se marchó del lugar a bordo del automóvil del Sr. Alonso , valorado en doce mil euros, que condujo hasta la localidad de Brenes donde a la sazón residía, dejándolo aparcado en las inmediaciones de la estación de ferrocarril.

Al día siguiente, 25 de abril de 2004, sobre las 16,30 horas, el acusado tomó de nuevo el turismo del Sr. Alonso , utilizándolo para trasladarse a la localidad de San José de la Rinconada, donde, al intentar estacionarlo en la calle Alcalde Manuel Aldoy, colisionó con una farola del alumbrado público, por lo que decidió abandonarlo en aquel lugar, si bien antes cogió la documentación del automóvil, un teléfono móvil y la cartera del fallecido, que contenía documentos, tarjetas de crédito y cien euros en efectivo; dejando en cambio olvidada en el maletero del vehículo su propia cazadora. Nada de lo sustraído se ha recuperado, habiéndose tasado pericialmente la cartera en treinta euros y el teléfono móvil en otros ciento cincuenta.

TERCERO

El fallecido estaba casado con Dña. Flora y tenía cuatro hijos, todos ellos mayores de edad, llamados Daniel , María Rosa , Luis Antonio y Juan Pablo .

CUARTO

El acusado nació el 15 de enero de 1978 y en la fecha de autos había sido ya ejecutoriamente condenado en...

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