SAP Zamora 6/2001, 15 de Enero de 2001

PonenteMARIA ESTHER GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:APZA:2001:28
Número de Recurso451/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución6/2001
Fecha de Resolución15 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Zamora

sentencia nº.6

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 11 de septiembre de 2000, en los autos de desahucio, numero 25/00, procedentes del Juzgado de 1ª. Instancia de Puebla de Sanabria, y promovido entre las partes, de una como Apelante D. Rafael , demandante, y apelado a su vez, asistido a efectos de notificaciones por el letrado Sr. Bahamonde Malmierca, y de la otra, como Apelado D.Franco , demandado y adherido a la apelación, asistido a efectos de notificaciones por el procurador Sr. Alonso Caballero y defendido por el letrado Sr. Martínez Escudero, sobre desahucio por precario.

antecedentes de hecho

Se aceptan los de la sentencia de primera instancia

PRIMERO

En los autos de los que este Rollo trae razón, por el Juzgado de 1ª. Instancia de Puebla de Sanabria, en fecha 11 de septiembre de 2000, se dictó sentencia, cuyo fallo textualmente dice: "Que DESESTIMANDO íntegramente la demanda interpuesta por doña Laura Rodríguez Mayoral, Procuradora de los Tribunales y de Don Rafael , contra Don Franco , debo declarar y declaro no haber lugar al desahucio pretendido por la parte actora, dejando a salvo los derechos de la invocada propiedad del actor sobre la vivienda objeto de precario, condenando así mismo al actor al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la parte apelante se interpuso recurso de apelación solicitando la revocación de la misma, decretando haber lugar al desahucio interesado, y la desestimación del recurso de apelación adhesivo, con imposición de las costas del mismo a la parte recurrente y conferido traslado de dicho recurso a la parte contraria, se opuso al mismo, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida con imposición de las costas al recurrente y, en lo referente a la adhesión al recurso, la revocación parcial en cuanto a la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido las prescripciones y términos legales, siendo ponente el Ilmo.Sr. D. Mª ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

fundamentos JURÍDICOS

PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Puebla de Sanabria de fecha 11 de septiembre de 2000, por la cual se declaró no haber lugar a la acción de desahucio por precario interesado por la actora-recurrente. Se basó dicha resolución en la consideración de que la cuestión planteada en este caso es una cuestión compleja que no tiene cabida en el procedimiento de desahucio por precario.

SEGUNDO

Los tres requisitos que la figura de precario requiere para que la acción de desahucio pueda prosperar son: 1) la falta de pago de renta o merced, 2) la tenencia de la cosa por...

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