SAP Las Palmas 199/2005, 6 de Mayo de 2005
Ponente | EMMA GALCERAN SOLSONA |
ECLI | ES:APGC:2005:1404 |
Número de Recurso | 597/2004 |
Número de Resolución | 199/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
SENTENCIA APELADA DE FECHA: 2 de diciembre de 2003
APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Melisa ., Ángel y Colectivo Cuadernos Sureste
VISTO, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN CUARTA , el recurso de apelación admitido a la parte demandada , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de ARRECIFE de fecha 2 de diciembre de 2003 , seguidos a instancia de D./Dña. Guillermo , como apelado-impugnante en esta alzada representados por el Procurador D./Dña. FRANCISCO BETHENCOURT MANRIQUE DE LARA y dirigido por el Letrado D./Dña. FELIPE FERNANDEZ DE LAS HERAS , contra el COLECTIVO CUADERNOS DEL SURESTE Y D. Ángel , como apelantes en esta alzada representado por el Procurador D./Dña. CARMEN QUINTERO HERNANDEZ y dirigido por el Letrado D./Dña. IRMA FERRER PEÑATE .
Por el Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE ARRECIFE, se dictó Sentencia de fecha 2 de diciembre de 2003 en el referido procedimiento.
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 5 de abril de 2005 .
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la Sentencia el Iltmo. Sr./a. D./Dña. Emma Galcerán Solsona , quien expresa el parecer de la Sala.
FUNDAMENTOS DE DERECHOS
Es objeto del recurso de apelación la sentencia de fecha 2 de diciembre de 2003 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"
"En atención a lo expuesto y en virtud de las facultades que me confiere el ordenamiento Jurídico, he decidido estimar parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Cabrera, en nombre y representación de D. Guillermo , contra la ASOCIACIÓN COLECTIVO CUADERNOS DEL SURESTE, también demandada, y D. Ángel declaro que la información publicada en la revista Cuadernos del Sureste por los demandados ha producido una intromisión ilegítima en el honor de D. Guillermo , lesionando el honor de este, y procede la condena solidaria de la ASOCIACIÓN COLECTIVO CUADERNOS DEL SURESTE, a difundir, a su costa, en idénticas circunstancias y con los mismos caracteres tipográficos el texto literal de la presente Sentencia en la revista Cuadernos del Sureste y también en la página Web de la misma durante un mes. Condeno a dicha Asociación a que solidariamente indemnicen a D. Guillermo en
9.000 euros.
No procede hacer expresa imposición de costas.
No procede hacer pronunciamiento respecto de la codemandada Melisa por carecer esta de capacidad para ser parte y capacidad procesal."
Con fecha 16 de diciembre de 2003, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "
En atención a lo expuesto;
DECIDO: HABER LUGAR A ACLARAR el fallo de la resolución dictada en las actuaciones en el sentido de hacerse constar que de la cantidad a cuyo pago se ha condenado a la codemandada Colectivo Cuadernos del Sureste de forma solidaria en concepto de indemnización es de 6.000 euros, y no de 9.000 euros, manteniéndose el resto del Fallo.
Asimismo debe corregirse el error material manifiesto, incluyéndose lo siguiente, en el referido Fallo de la Sentencia de 2 de diciembre de 2003 :
"Declaro que D. Ángel , con lo manifestado por él en el Diario La Voz de Lanzarote, ha producido una intromisión ilegítima en el honor de D. Guillermo , lesionando su honor.
Condeno a dicho demandado a difundir a su costa en el diario La Voz de Lanzarote, en idénticas circunstancias y con los mismos caracteres tipográficos que fueron recogidas sus manifestaciones y declaraciones que ocasionaron la referida intromisión, el texto literal de la presente Sentencia, y el presente Auto de aclaración pues forma parte integrante de la misma.
Le condeno asimismo a que indemnice a D. Guillermo en 9.000 euros."
La sentencia de instancia analiza tanto el artículo titulado "El Secretario: el quinto poder", contenido en el nº 11 de la Revista cuadernos del Sureste, como los artículos del codemandado Sr. Ángel en la Voz de Lanzarote, a que se refiere la demanda.
Además, el artículo titulado "El Secretario: el quinto poder ", aparece incluido en el Indice de la revista, dentro de un dossier o carpeta bajo el término general de "Corrupción", comprensivo dicho dossier o carpeta de un artículo del catedrático D. Arturo , titulado " La democracia corrompida", otro de D. Gaspar , titulado "Ciudadanía y corrupción", y otro titulado "el flujo de la corrupción", firmado por Cuadernos del Sureste, expresándose en el encabezamiento que la corrupción no es,...
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