STSJ Canarias 756/2006, 29 de Junio de 2006

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2006:2372
Número de Recurso1924/2003
Número de Resolución756/2006
Fecha de Resolución29 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Don Jose Pablo contra Sentencia de fecha 7 de julio de 2003 dictada en los autos de juicio nº 0000314/2002 en proceso sobre SEG. SOCIAL AFILIACION-ALTA-BAJA Y COTIZACIÓN , y entablado por D./Dña. Jose Pablo , contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Mª Jesús García Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente

  1. - Don Jose Pablo nacido el 14.02.58 y afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 fue declarado afecto de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de escayolista, derivada de accidente no laboral, por resolución de la Dirección Provincial de Las Palmas del INSS de fecha

    22.11.01., reconociéndosele la pensión de acuerdo con una base reguladora de 481,51Euros.

  2. - Para el cálculo de dicha base reguladora se computaron las bases de cotización de los 24 meses comprendidos entre el junio de 1998 y junio de 2000, según consta en el reverso de la resolución que consta en autos y se da por reproducida.

  3. -La base de cotización mínima para trabajadores mayores de 18 años correspondiente al año 1998 ascendió a 79.380 pts (477,08 Euros) y la correspondiente al año 1999 ascendió a 80.820 pts (485,74 Euros).

  4. -De integrarse con las cuantías de las bases mínimas de cotización los meses de julio a noviembre de 1999 y junio, julio, agosto, septiembre y noviembre de 1998, la base reguladora ascendería a 612,37 Euros.

  5. - Interpuesta la reclamación previa ante los Organismos demandados, fue desestimada por resolución del INSS de 04.02.02.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que desestimando la demanda,interpuesta por DON Jose Pablo , contra el INSS Y TGSS, en reclamación de PRESTACIONES DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, vengo a absolver a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra. TERCERO.- Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mostrando su disconformidad con la base reguladora de la invalidez permanente total derivada de accidente no laboral D. Jose Pablo deduce demanda interesando nuevo cálculo integrando los periodos en los que no hubiera existido obligación de cotizar con las bases mínimas tal y como previene el artículo 140.4 Ley General Seguridad social.

La sentencia de instancia desestima la demanda atendiendo a que el actor se encontraba en situación de alta, no siéndole de aplicación la previsión contenida en el ap. 4 artículo 140 Ley General Seguridad Social, citando la sentencia del Tribunal Supremo de 10 abril 2001 (Rj. 2001, 4896).

Recurre en suplicación la dirección legal del actor articulando un motivo único de censura jurídica, denunciando, por el cauce del ap. c/ artículo 191 Ley Procedimiento Laboral, infracción del artículo 140 Ley General Seguridad Social, del artículo 14 del Texto Constitucional -por no aplicación- y de los artículos 5.4 Real Decreto 1799/72, y 7 Decreto 1646/72 y Ley 26/85, por aplicación indebida.

SEGUNDO

Sobre la correcta interpretación y aplicación de lo dispuesto en el número 4 del articulo 140 Ley General Seguridad Social la STS 4 Octubre 2004 (Rj. 2005/732), reproduciendo la doctrina contenida en STS 15 Octubre 2002 ( rec. 832/2003), precisa "que es evidente que el artículo 140 de la Ley de Seguridad Social...

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