SAP Málaga 750/2000, 2 de Noviembre de 2000

PonenteJOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ
ECLIES:APMA:2000:4259
Número de Recurso353/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución750/2000
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

SENTENCIA N° 750/2000

Iltmos. Sres.

Presidente:

Don Antonio Alcalá Navarro

Magistrados:

Don José Javier Díez Núñez

Doña Ana Cañizares Laso

En la Ciudad de Málaga, a dos de noviembre del año dos mil. Vistos, en grado de

apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de menor cuantía número 355 de 1998, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Málaga, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancia de "Avicultores Malagueños Asociados, Sociedad Agraria de Transformación", representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Belén Ojeda Maubert y defendida por el Letrado Don Agustín Souvirón de la Macorra, contra Don Donato , representado por el Procurador de los Tribunales Don Juan Hidalgo Mairena y defendido por el Letrado Don José Marques Falgueras; actuaciones pendientes ante esta Audiencia en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia definitiva dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Málaga se siguió juicio de menor cuantía número 355/98, del que este Rollo dimana, en el que en fecha quince de marzo de mil novecientos noventa y nueve se dictó sentencia definitiva en la que se acordaba en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando las excepciones planteadas y desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Belén Ojeda Maubert, en nombre y representación de Avicultores Malagueños Asociados S.A.T., contra D. Donato , debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos contenidos en la demanda, con imposición de costas a la actora".

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la representación procesal de la parte demandante, el cual fue admitido a trámite en ambos efectos mediante proveído de treinta de marzo de mil novecientos noventa y nueve, procediendo a continuación el Juzgadode Primera Instancia a emplazar a las partes para que en el término de diez días procedieran a personarse ante la Superioridad a hacer uso de sus derechos. Personadas las partes ante esta Audiencia, les fueron entregadas las actuaciones remitidas para instrucción por plazo de cuatro días, señalándose para la celebración de vista pública la audiencia del pasado día veintiséis de octubre, acto en el que el Letrado defensor de la parte apelante interesó la revocación de la sentencia dictada en la anterior instancia y el de otra en la que se acogieran íntegramente las pretensiones contenidas en el suplico de la demanda, en tanto que, por el contrario, el Letrado de la parte apelada solicitó la íntegra confirmación de la sentencia impugnada, quedando las actuaciones conclusas a continuación para deliberación, votación, Fallo y redacción de la sentencia.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso han sido observados y cumplidos los requisitos y presupuestos procesales previstos por la Ley, habiendo sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don José Javier Díez Núñez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia desestimatoria de la pretensión contenida en la demanda inicial de las actuaciones es objeto de impugnación por la representación procesal de la parte actora por entender que el planteamiento realizado en la misma por el juzgador "a quo" era erróneo, por cuanto que las sociedades agrarias de transformación se regulaban por el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, especificando en su artículo 3 como habría que estar a sus normas estatutarias, razón por la que, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 26, 32.c) y 58 de los Estatutos de la sociedad demandante, inscrita en el Instituto de...

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