STSJ Cataluña 7693/2008, 15 de Octubre de 2008

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2008:11710
Número de Recurso4923/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7693/2008
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

JSP

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 15 de octubre de 2008

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7693/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 32 Barcelona de fecha 19 de febrer de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 295/2006 y siendo recurridos Carlos Ramón y Diego. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de abril de 2006 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Seguridad Social en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 19 de febrer de 2007 que contenía el siguiente Fallo: " Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. Carlos Ramón, en representación de su nieto menor de edad Sergio, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS), Y D. Diego, sobre declaración de prestación por muerte y supervivencia, pensión de orfandad, ACUERDO reconocer al menor Sergio una pensión de orfandad absoluta, con aplicación de un 72% (20%+52%) sobre la base reguladora de 1.777,29 Euros mensuales, con fecha de efectos desde el 24 de Junio de 2005, más las mejoras y revalorizaciones que procedan, con la consiguiente revocación de la resolución administrativa que se impugnaba, condenando al INSS a estar y pasar por la anterior declaración ".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Dª. Maite, madre del menor Sergio, falleció en Barcelona el 23/06/2005, figurando afiliada en el momento de su defunción en el régimen general de la Seguridad Social.

SEGUNDO

D. Carlos Ramón, abuelo materno del menor, en representación de su nieto Sergio, solicitó el 26/07/2005 pensión de orfandad absoluta y auxilio de defunción a favor de su nieto. Por Resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 26/01/2006, se acordó aprobar la pensión solicitada, con fecha de efectos desde el fallecimiento de la madre, por un importe de 362,57 Euros (20% de la base reguladora de 1.777,29 Euros). (folios nº11-12)

TERCERO

El actor interpuso la correspondiente reclamación previa frente a dicha resolución, que fue desestimada por resolución de 6 de Marzo de 2006. (folios nº6-ss).

CUARTO

Los padres del menor, Sergio, contrajeron matrimonio el 31/08/1991, otorgando convenio regulador de separación en fecha 26/07/1994, en el que atribuyeron la guarda y custodia del menor a la madre, Dª. Maite, y un régimen de visitas a favor del padre, D. Diego. En fecha 14 de Enero de 2002 se dictó por el Juzgado de Primera Instancia nº17 de Barcelona Sentencia de divorcio. (folios nº93-99).

QUINTO

El padre del menor nunca ejercitó el régimen de visitas ni pagó la pensión de alimentos fijada a favor de su hijo menor. Se trasladó a vivir a Carmona, Sevilla, en Abril de 1999, sin que desde esa fecha volviera a tener contacto con su hijo menor

SEXTO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº17 de Barcelona se ha dictado Sentencia en fecha 14/12/2006, autos nº1177/2005, en la que se acuerda privar de la patria potestad al padre del menor, D. Diego, y se concede la guarda y custodia de forma cautelar, hasta el otorgamiento de la tutela del mismo, a sus abuelos paternos. (folios nº65-68)

SÉPTIMO

Para el caso de estimarse la demanda, la base reguladora de la prestación asciende a 1.777,29 Euros mensuales, el porcentaje aplicable sería del 72% (52% + 20%) y efectos desde el día 24 de Junio de 2005. (hay conformidad al respecto entre las partes).

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia, que estimó la demanda interpuesta por el demandante, D. Carlos Ramón actuando en representación del menor Sergio, declarando el derecho de este último a "una pensión de orfandad absoluta con aplicación de un 72%...sobre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR