SAP Alicante 189/2014, 10 de Abril de 2014
Ponente | JULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS |
ECLI | ES:APA:2014:841 |
Número de Recurso | 225/2013 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 189/2014 |
Fecha de Resolución | 10 de Abril de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
ALICANTE
Señalamientos. Citaciones. Videoconferencias. Exhortos. Ejecutorias: 965935957 Ejecutorias. Apelaciones. Trámite: 965935956
NIG: 03014-37-1-2013-0006121
Procedimiento: APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº 000225/2013- APELACINES - Dimana del Nº 000545/2011
Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 2 DE ALICANTE
Recurrente: Simón
Letrado: EVA MARIA DOLS PEREZ
Procurador: LUIS BELTRAN GAMIR
SENTENCIA Núm. 189/2014
Iltmos. Sres.:
D. FCO JAVIER GUIRAU ZAPATA.
D. JULIO JOSÉ ÚBEDA DE COBOS.
D. JOSE Mª MERLOS FERNANDEZ
En Alicante, a 10 de abril de dos mil catorce.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Alicante, en su Juicio Oral núm. 545/2011, correspondiente a Procedimiento Abreviado núm. 311/2010 del Juzgado de Instrucción nº 6 de Alicante, por delito ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS; habiendo actuado como parte apelante D. Simón, representado por el procurador D. Luis Beltrán Gamir y asistido de la letrada Dña. Eva María Dols Pérez y, como parteapelada MINISTERIO FISCAL .
Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: " PRIMERO.- En hora no concretada de los días 10 u 11 de febrero de 2008, el acusado D. Simón rompió dos cristales de las ventanas del colegio Altozano, en la Avenida Corfú de Alicante, y se apoderó de dos ordenadores valorados en 380 euros. Los daños se han tasado en 120 euros.
El acusado cometió el hecho con sus facultades disminuidas por la drogadicción. Había sido ya condenado por otros delitos de robo: en sentencia firme de 16 de julio de 2003 a la pena de dos años de prisión (ejecutoria 219/2003 del Juzgado de lo PenalAlicante 5); y en sentencia firme de 16 de febrero de 2005, a pena de un año de prisión (ejecutoria 184/2006 del Juzgado de lo PenalElche 1)."; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.
El FALLO de dicha Sentencia literalmente dice: "1. Condeno a D. Simón, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas con la agravante de reincidencia y lasatenuante de drogadicción y de dilaciones indebidas, a la pena de prisión de SEIS (6) meses ya la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo.
-
Indemnizará al Colegio Altozano de Alicante en 500 euros y satisfará las costas del juicio.".
Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por D. Simón se interpuso el presente recurso alegando lo expuesto en su escrito de interposición de recurso.
Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la presente sentencia.
En la sustanciación de las dos instancias seguidas se han observado las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JULIO JOSÉ ÚBEDA DE COBOS, Magistrado de esta Sección Segunda, que expresa el parecer de la Sala.
Impugna el recurrente la Sentencia de instancia por entender que...
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