SAP Córdoba 47/2006, 24 de Febrero de 2006

PonentePEDRO JOSE VELA TORRES
ECLIES:APCO:2006:438
Número de Recurso45/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución47/2006
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 47-06

ILTMOS SRES:

PRESIDENTE:

ILTMO. SR. D.FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO

MAGISTRADOS:

ILTMO. SR. D. FELIPE LUIS MORENO GOMEZ

ILTMO. SR. D. PEDRO JOSÉ VELA TORRES

En CORDOBA, a veinticuatro de febrero de dos mil seis.

Vista en juicio oral y público ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial de Córdoba, la causa Sumario nº 1/05 procedente del Juzgado de Instrucción número Uno de Montilla , seguida por un delito de homicidio intentado, contra Jose Manuel , con D.N.I. nº NUM000 , nacido en La Rambla (Córdoba) el 28 de diciembre de 1983, hijo de Juan y de María del Carmen,cuya solvencia no consta, sin antecedentespenales y en prisión provisional por esta causa desde el día 5 de abril de 2005, representado por la Procuradora Sra. Capdevila Gómez y asistido de la Letrada Sra. Ortega Salas. Es Acusación Particular Luis María , representado por la Procuradora Sra. Córdoba Rider y asistido por la Letrada Sra. Ortega Fernández, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. PEDRO JOSÉ VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito intentado de asesinato de los artículos 16.1º y 139.1ª del Código Penal , sin concurrencia de circunstancias modificativas, del que consideró autor al procesado, para el que solicitó una pena de diez años de prisión y accesorias de inhabilitación absoluta e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; así como comiso del arma intervenida y costas. Solicitó igualmente que el procesado indemnizara a Luis María , en concepto de responsabilidad civil, en 1.460 euros por las lesiones y 10.000 euros por las secuelas, con el interés legal.

SEGUNDO

La acusación particular ejercida por Luis María , en igual trámite, calificó los hechos del mismo modo que el Ministerio Fiscal, solicitando las mismas penas de prisión e inhabilitación, así como la imposición de las prohibiciones de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 1000 metros así como comunicarse con ella un tiempo de 15 años. Solicitó una indemnización por responsabilidad civil de 1.840 euros por las lesiones y 15.000 euros por las secuelas, con el interés legal.

TERCERO

La defensa del procesado Jose Manuel , en su calificación definitiva, alegó que los hechos no eran constitutivos de infracción penal alguna, y alternativamente que se apreciasen las circunstancias eximentes de legítima defensa o de estado de necesidad; o alternativamente, un delito de lesiones del artículo 147 del Código Penal , con las atenuantes analógicas de embriaguez y confesión, con una pena de dos años de prisión.

CUARTO

Es ponente de esta resolución el Magistrado D. PEDRO JOSÉ VELA TORRES, que expresa el parecer de la Sala.

HECHOS PROBADOS

Apreciando conjuntamente y en conciencia la prueba practicada, se declaran probados los siguientes hechos:

Sobre las 23 horas del día tres de abril de 2005, el procesado Jose Manuel , mayor de edad, sin antecedentes penales, soltero, nacido en La Rambla (Córdoba), el 28 de diciembre de 1983, con D.N.I. NUM000 , se encontraba en la puerta del pub "La Catedral" de la localidad de Montalbán (Córdoba) cuando Luis María , que se encontraba en las inmediaciones en compañía de unos amigos, intentó gastarle una broma haciendo referencia a que pasaba la Policía Local y podría tener problemas con ella. El procesado acogió mal dicho comentario e insultó a Luis María , al tiempo que le decía que "le sudaban los huevos los municipales y él", enzarzándose ambos en una discusión, en la que se intercambiaron insultos y empujones, que acabó al ser separados por los presentes y marcharse cada uno por su lado.

Unos quince o veinte minutos después, Jose Manuel volvió a la puerta del mismo establecimiento, en cuyo interior se encontraba Luis María , a quien llamó para que saliera, insultándolo nuevamente y diciéndole que lo tenía que matar. Nuevamente hubo insultos y empujones, hasta que Luis María ofreció terminar la pelea, tendiendo su mano a Manuel, que la rechazó.

Entre las numerosas personas que estaban presenciando los hechos, por tratarse de una zona de pubs en que se consumen bebidas en la calle, corrió el rumor de que Jose Manuel iba armado con una navaja y podría usarla, por lo que voces de personas no identificadas advirtieron a Luis María de dicha circunstancia. Al oírlas, Luis María dio un fuerte golpe con la mano en una mesa del pub en cuya puerta se encontraban, que estaba en la calle, y le preguntó de forma vehemente a Jose Manuel si era cierto que tenía una navaja, a lo que éste le contestó despectivamente que "a él no le hacía falta ninguna navaja para matarlo". Ante esa respuesta, Luis María se volvió para abandonar el lugar, y cuando estaba realizando dicho movimiento, fue acometido por Jose Manuel , que portaba una navaja automática, de 8,5 centímetros de hoja y un total de 19,5 centímetros de longitud, asestándole una primera puñalada que penetró en la espalda, volviéndose Luis María y cogiendo a Jose Manuel del cuello, hasta que ambos cayeron al suelo, donde Luis María le asestó otras seis puñaladas, en tórax, espalda, costado izquierdo y abdomen.

Personas que estaban presentes en los hechos, como Matías y Raúl y otras que no han sidoidentificadas, auxiliaron a Luis María y lograron quitarle a Jose Manuel de encima. Mientras Luis María era retirado del lugar por amigos suyos para recibir asistencia médica, algunas de tales personas no identificadas agredieron a Jose Manuel con puñetazos y patadas, reprochándole lo que había hecho, hasta que Jose Manuel pudo incorporarse, tirando la navaja al suelo y huyendo hasta un olivar próximo, donde se escondió, temiendo las represalias de personas enfurecidas por su acción.

Luis María fue trasladado primeramente al consultorio de Montalbán y posteriormente al Hospital Alto Guadalquivir de Montilla, donde fue intervenido de las heridas sufridas y que consistieron en: heridas inciso punzantes en tórax y abdomen; herida penetrante en hemitórax izquierdo a nivel de línea medioaxilar; tres heridas posteriores que no penetran cavidad; herida de hipocondrio izquierdo que penetra en cavidad abdominal a través de rotura diafragmática anterior; y herida diafragmática izquierda.

Algunas de tales heridas, en particular las que afectaban al hemitórax y al hipocondrio izquierdos eran mortales de necesidad, y de no haber sido atendida la víctima con rapidez e intervenida quirúrgicamente en el Hospital de Montilla, habrían provocado su muerte.

Luis María estuvo hospitalizado dos días, tardando un total de veintiocho días en curar, todos ellos con impedimento laboral. Le han quedado como secuelas un perjuicio estético derivado de cicatrices de 12 centímetros en región dorsal izquierda, de 2 centímetros en región dorsal derecha, de 2 centímetros en región dorsolumbar derecha, de 3 centímetros en región axilar izquierda, de 1 centímetro en región suprailíaca izquierda, de 2 centímetros en parrilla costal izquierda, y de 11 centímetros en región supraumbilical.

Estando Jose Manuel en el olivar a que se ha hecho referencia, contactó telefónicamente con su novia, María Dolores , quien a su vez lo hizo con un amigo de Jose Manuel , de La Rambla, llamado Agustín

, para que fuera a recogerlo en coche, y una vez que éste lo hizo, Jose Manuel insistió en que quería entregarse a la Guardia Civil, para lo que se dirigieron al Cuartel de la Benemérita de La Rambla, que encontraron cerrado. Como estaba herido, su amigo lo convenció...

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