STSJ Castilla-La Mancha 1235/2006, 18 de Julio de 2006

PonenteJESUS RENTERO JOVER
ECLIES:TSJCLM:2006:3624
Número de Recurso493/2005
Número de Resolución1235/2006
Fecha de Resolución18 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 1235

En el Recurso de Suplicación número 493/05, interpuesto por DON Aurelio , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Albacete, de fecha 30 de diciembre de 2004, en los autos número 424/04, sobre Derechos, siendo recurrido TRAGSA S.A.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Rentero Jover.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda rectora de las presentes actuaciones absuelvo a la empresa demandada de las pretensiones ejercitadas en su contra en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"PRIMERO.- El actor D. Aurelio con DNI Nº NUM000 ha prestado servicios para Transformación Agraria S.A. en virtud de los contratos y con las circunstancias que a continuación se recogen:

Contrato para obra o servicio determinado suscrito el día 22/06/00 para prestar servicios como peón conductor en el área de Albacete, desde la fecha de suscripción del contrato hasta la finalización de los trabajos de la categoría y especialidad del trabajador dentro del servicio. Siendo el objeto del contrato : " la realización de trabajaos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de oba Servicio de Patrullaje móvil de prevención y lucha contra incendios en la provincia de Albacete, obra nº 59.095 anualidad 2000." Dicho contrato estuvo en vigor hasta el día 1/10/00.

Contrato para obra o servicio determinado suscrito el día 21/06/01 para prestar servicios como vigilante forestal móvil en el área de Albacete, desde la fecha de suscripción del contrato hasta la de finalización de los trabajos de la categoría y especialidad del trabajador dentro del servicio. Siendo el objeto del contrato: "la realización de trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra Servicios de Patrullaje móvil de prevención y lucha contra incendios en la provincia de Albacete anualidad 2001." Dicho contrato estuvo en vigor hasta el día 30/09/01.

Contrato para obra o servicio determinado suscrito el día 14/06/02 para prestar servicios como vigilante forestal móvil en el área de Albacete, desde la fecha de suscripción del contrato hasta la de finalización de los trabajos de la categoría y especialidad del trabajador dentro del servicio. Siendo el objeto del contrato: "la realización de trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra Servicios de Patrullaje móvil de prevención y lucha contra incendios en la provincia de Albacete campaña

2.002, según encargo de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Obra 52.058, anualidad 2002." Dicho contrato estuvo en vigor hasta el día 29/09/02.

Contrato para obra o servicio determinado suscrito el día 13/06/03 para prestar servicios como vigilante forestal móvil en el área de Albacete, desde la fecha de suscripción del contrato hasta la de finalización de los trabajos de la categoría y especialidad del trabajador en la unidad de obra. Siendo el objeto del contrato: "la realización de trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra Servicios de Patrullaje móvil de prevención y lucha contra incendios en la provincia de Albacete campaña 2.003, según encargo de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Obra 52.058, anualidad 2003." Dicho contrato estuvo en vigor hasta el día 30/09/03.

Contrato para obra o servicio determinado suscrito el día 15/10/03 para prestar servicios como peón en el área de Albacete, desde la fecha de suscripción del contrato hasta la de finalización de los trabajos de la categoría y especialidad del trabajador en la unidad de obra. Siendo el objeto del contrato: "la realización de la obra o servicio Tratamientos selvicolas preventivos contra incendios en la sierra del Segura (Albacete) y con un máximo de 22 jornadas de trabajo efectivas. Obra 53.355, según encargo de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha en Albacete." Dicho contrato estuvo en vigor hasta el día 13/11/03.

Contrato para obra o servicio determinado suscrito el día 13/06/04 para prestar servicios como vigilante forestal móvil en el área de Albacete, desde la fecha de suscripción del contrato hasta la de finalización de los trabajos de la categoría y especialidad del trabajador en la unidad de obra. Siendo el objeto del contrato: "la realización de trabajos propios de su especialidad y categoría dentro de la unidad de obra Servicios de Patrullaje móvil de prevención y lucha contra incendios en la provincia de Albacete campaña 2.004, según encargo de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, anualidad 2004." Dicho contrato estuvo en vigor hasta el día 07/10/04.

SEGUNDO

Las distintas obras o servicios en los que ha trabajado el actor, ya sean el servicio de patrullaje móvil de prevención y lucha contra incendios en la provincia de Albacete o los tratamientos silvícolas de prevención contra Incendios Forestales Regional son adjudicadas a TRAGSA bien anualmente, bien por periodos bianuales por la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente con su correspondiente y particular importe o precio del servicio.

TERCERO

El día 28/07/04 se celebró ante el UMAC acto de conciliación que terminó comointentado sin efecto por incomparecencia de la empresa demandada."

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso ha sido impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia del Juzgado de lo Social de procedencia, nº 3 de los de Albacete, recaída resolviendo de modo desestimatorio demanda sobre reconocimiento de condición de trabajador fijo discontinuo, tras cita de las adecuadas indicaciones de carácter procesal, la parte recurrente formaliza su escrito de Suplicación a través de dos motivos de recurso, el primero de ellos dirigido a la revisión de su contenido probatorio, en los términos que propone, y el segundo, dedicado al examen del derecho que ha sido aplicado, y mediante el que realiza denuncia de infracción de lo que viene establecido en los artículos 15,6 y 44,1 del Estatuto de los Trabajadores, en relación con cierta jurisprudencia que cita. Lo que es impugnado de contrario por la representación letrada de la empleadora demandada.

SEGUNDO

En el motivo dirigido a la modificación fáctica, el recurrente solicita añadir un nuevo párrafo al hecho probado segundo, del siguiente tenor literal:" el...

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