ATS, 1 de Julio de 2014

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2014:5600A
Número de Recurso2601/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a uno de Julio de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "QUALITAS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.A.", con fecha 31 de julio de 2013 se ha interpuesto recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, en fecha 25 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Octava), en el rollo de apelación nº 412/2011 dimanante de los autos de juicio de mayor cuantía nº 45/2002, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Alcobendas (actual Juzgado de Instrucción nº 2).

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 20 de noviembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a las partes.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Carlos Cabrero del Nero, en nombre y representación de "QUALITAS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.A.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 2 de diciembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª María Eugenia Fernández-Rico Fernández, en nombre y representación de "ALLIANZ CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS", presentó escrito ante esta Sala con fecha 26 de noviembre de 2013 personándose en calidad de parte recurrida. La procuradora Dª Rosa María del Pardo Moreno, en nombre y representación de "SGI TELECOM, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de enero de 2014 personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal formalizado por la representación procesal de "QUALITAS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.A." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado y de sus documentos adjuntos a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por la representación procesal de "QUALITAS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.A.", contra la sentencia dictada, en fecha 25 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Octava), en el rollo de apelación nº 412/2011 dimanante de los autos de juicio de mayor cuantía nº 45/2002, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Alcobendas (actual Juzgado de Instrucción nº 2).

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso extraordinario por infracción procesal formalizado y de sus documentos adjuntos a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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