STSJ Canarias 822/2013, 19 de Diciembre de 2013

PonenteIGNACIO JOSE DUCE SANCHEZ DE MOYA
ECLIES:TSJICAN:2013:4352
Número de Recurso354/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución822/2013
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2013
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de Diciembre de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA, (Presidente) D./Dña. ANTONIO DORESTE ARMAS y D./Dña. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000354/2013, interpuesto por Dña. Nicolasa e INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA, frente a Sentencia 000464/2011 del Juzgado de lo Social Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0001193/2010-00 en reclamación de Despido siendo Ponente el ILTMO./A. SR./

  1. D./DÑA. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por Dña. Nicolasa e INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA, en reclamación de Despido siendo demandados CERTUM CONTROL TECNICO DE LA EDIFICACION S.A., Abilio, Emiliano, Landelino e INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria parcial, el día 23 de noviembre de 20111, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.-La parte actora con DNI NUM000 ha venido prestando servicios para la "Certum, Control Técnico de la Edificación, S.A.", desde 20.4.2009, en jornada de 40 horas semanales, con la categoría de Auxiliar Administrativo, y salario mensual bruto y prorrateado de 1.084 euros mensuales prorrateados. El salario según el Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado sería de 1.518,79 euros (49.93 euros/día). Dicho contrato era a tiempo completo hasta fin de obra o servicio, teniendo por objeto "consultoría y asistencia técnica para seguimiento administrativo de proyectos y obras en el Centro Oceanográfico de Canarias". SEGUNDO.- Las funciones que constan en el pliego de prescripciones técnicas son las siguientes: - Puesta al día de ficheros de inventario informatizados, organización y mantenimiento de los mismos. -Localización e identificación del material mediante las etiquetas facilitadas periódicamente por el IEO, colocación de las mismas, en su caso. -Clasificar los elementos por tipo, estado, departamento, dependencia, etc. -Cumplimentar fichas de baja en inventario, el mobiliario o material obsoleto o en desuso y las de altas que pudieran producirse. -Seguir las indicaciones de la jefa del Servicio de Gestión del Centro, rendir informe mensual de resultados y presentar la programación de los trabajos a ejecutar el siguiente mes. -La empresa adjudicataria (Certum, S.A.) aportará los medios técnicos suficientes para uso de su empleado (al menos, un ordenador personal). Consta además que la empresa adjudicataria aportará los medios técnicos suficientes para uso de su empleado/a (al menos, un ordenador personal). TERCERO.- La inspección de trabajo en su acta de infracción del 26 agosto 2010 aprecia que por doña Nicolasa se vienen realizando además de las funciones consignadas en el real anterior, que con el transcurso del tiempo ha venido realizando además funciones de personal: control y registro en el programa PERSOW 95, vacaciones, asuntos propios, días en comisión de servicio, bajas por IT y complementación de fichas. Recepción, entrega y elaboración de oficios a la Subdelegación del Gobierno y Servicios Centrales de Madrid referentes a contratados laborales y funcionarios, archivo de documentación de personal laboral y funcionario, actuación periódica de las guardias mensuales realizadas en la Planta de Cultivos, bases de datos de personal laboral y funcionario, remisión de documentación y contratos de trabajo al INEM y Servicios Centrales cuando se convocan plazas de contratados. También realiza tareas de proyectos como realización en cuadros Excel del dinero invertido en cada proyecto, archivo de documentación y realización de informes de control de gastos de los proyectos. Igualmente realiza tareas de asistencia a la recepcionista, pedidos de material de oficina, atención telefónica y en períodos temporales, llevar registro de documentos y pasarlos al programa REGISW 95, tramitación de altas y bajas de expedientes. Todas las funciones mencionadas: -Se realizan con acceso a los sistemas propios y exclusivos del IEO-COC para la gestión de trámites administrativos propios de dicho organismo. -Se realizan con acceso a cuentas de correo electrónico corporativo del IEO-COC propias de los funcionarios del mismo. -Se realizan siguiendo órdenes e instrucciones directas de la Jefa del Servicio de Gestión y de la Dirección del IEO-COC. -Todo el material utilizado informático y de papelería pertenece al IEO. No se recibió ninguna indicación, visita o control por parte de la empresa Certum, S.A. respecto al trabajo realizado. CUARTO.- La trabajadora fichaba en la misma máquina que los empleados del IEO; doña Nicolasa en un principio se ajustó a las funciones previstas en el pliego de prescripciones técnicas, si bien progresivamente vino desempeñar otras funciones como puede ser el programa vacaciones, entre otras. La empresa únicamente aportó un ordenador, el resto del material era aportado por el IEO. Aunque el ordenador era de la empresa, los empleados de la misma accedían a aplicaciones del IEO. Si bien la concesión de vacaciones era dada por la empresa, las órdenes procedían del Instituto, si bien eran consensuadas con la empresa. QUINTO.- No consta que la trabajadora ostente o haya ostentado la condición de delegado de personal, miembro del comité de empresa o delegado sindical. SEXTO.- La empresa demandada en fecha 30 octubre 2010, notifica a la trabajadora del cese de su relación laboral por medio de una carta con el siguiente tenor literal: "Por medio de la presente, le comunicamos que, con fecha 30 octubre 2010, finalizará su contrato de trabajo suscrito con fecha 20 abril 2009. Sin otro particular, poniendo a su disposición la liquidación que le pueda corresponder y rogándole firme el recibí de la presente para nuestra constancia y archivo, le saludamos atentamente". SÉPTIMO.- Con fecha 30 noviembre 2010 se celebró ante el S.EMA.C. el acto de conciliación preceptiva, con el resultado de intentado sin efecto. OCTAVO.- Con fecha 11 noviembre 2010 se interpuso reclamación previa ante el organismo demandado, sin que se haya resuelto de forma expresa dicha reclamación.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: Debo estimar y estimó parcialmente la demanda presentada por Dña. Nicolasa y, en consecuencia: Declaro que el cese de la demandante operado por la empresa "Certum Control Técnico De La Edificación, S.A." el día 30 octubre 2010 constituye un despido improcedente. Declaró el derecho de Dña. Nicolasa a optar, en el plazo de tres días desde la notificación de esta sentencia, entre ser considerado trabajador fijo de "Certum Control Técnico De La Edificación, S.A." o trabajador por tiempo indefinido en el Instituto Español de Oceanografía, entendiéndose que opta por la fijeza en el Instituto Español de Oceanografía sino hace manifestación expresa, comunicada al tribunal, en ese plazo. Condeno solidariamente a los demandados a que el plazo de cinco días desde que se les notifique la opción del trabajador, opten a su vez, poniéndolo en conocimiento de este juzgado, entre la readmisión del trabajador o indemnizarlo en la cantidad de 4.064,71 euros, equivalentes a 45 días de salario por año de servicio, y, tanto en uno como en otro caso, le abonen solidariamente, una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir, a razón de 49,93 euros diarios, desde la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que la demandante hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probase por la parte demandada lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación,...

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