SAP Madrid 125/2014, 25 de Febrero de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución125/2014
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 21 (civil)
Fecha25 Febrero 2014

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoprimera

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933873,3872

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2012/0012524

Recurso de Apelación 755/2012

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 55 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1732/2010

APELANTE: D./Dña. Marcelina

PROCURADOR D./Dña. ASCENSION PELAEZ DIEZ

APELADO: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 DE TORREJON DE ARDOZ

PROCURADOR D./Dña. MARIA JESUS GONZALEZ DIEZ

IV

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

Dª ROSA MARÍA CARRASCO LOPEZ

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

Dª MARÍA ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil catorce. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario número 1732/2010 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 55 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandante: Marcelina, y de otra, como Apelante-Demandada: La Comunidad de Propietarios de la casa número NUM001 de la CALLE000 de Madrid.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia número 55 de Madrid, en fecha 20 de abril de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada la Procuradora Dña. Ascensión Peláez Díez en nombre y representación de DÑA. Marcelina contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 Nº NUM001 MADRID debo declarar y declaro nulas las Juntas de Propietarios de la demandada celebradas los días 9 de marzo y 21 de abril de 2010, y en consecuencia los acuerdos en ellas adoptados; todo ello sin hacer expresa condena al pago de las costas causadas a ninguna de las partes."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, se interpuso recurso de apelación, tanto por la parte demandante como por la demandada, mediante sendos escritos de los que se dio recíproco traslado entre las partes, que presentaron escritos de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, en la que se personaron, en plazo, los apelantes y ante la que no se ha practicado prueba alguna.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 19 de diciembre de 2013, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 24 de febrero de 2014.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De la sentencia apelada se aceptan, y se dan ahora por reproducidos, las referencias

fácticas y los razonamientos jurídicos que coincidan con lo que se expondrá a continuación, rechazándose todos los demás.

SEGUNDO

La casa número NUM001 de la CALLE000 de Madrid, dividida en diversos pisos y locales, se encuentra sometida al régimen jurídico de la propiedad horizontal.

Mediante escritura pública otorgada el día 29 de abril de 1997, que fue debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad el día 19 de junio de 1997, devino dueña y propietaria única y exclusiva de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 doña Aurelia .

En la Junta General de Propietarios celebrada el día 24 de noviembre de 1997 se elige como presidente, en sustitución de don Felicisimo, a don Gregorio como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . Como presidente, don Gregorio convoca la siguiente Junta que se celebra el día 12 de febrero de 1998 . También convoca la siguiente Junta que se celebra el día 23 de marzo de 1998, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . Igualmente convoca la siguiente Junta que se celebra el día 6 de julio de 1999 . Asimismo convoca la siguiente Junta que se celebra el día 17 de febrero de 2000, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . De igual modo convoca la siguiente Junta que se celebra el día 21 de febrero de 2001, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . También convoca la siguiente Junta que se celebra el día 7 de marzo de 2002, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . Igualmente convoca la siguiente Junta que se celebra el día 21 de febrero de 2003, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . Asimismo convoca la siguiente Junta que se celebra el día 24 de febrero de 2004, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . De igual modo convoca la siguiente Junta que se celebra el día 14 de marzo de 2005, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . También convoca la siguiente Junta que se celebra el día 23 de febrero de 2006, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . Igualmente convoca la siguiente Junta que se celebra el día 26 de febrero de 2007, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . Asimismo convoca la siguiente Junta que se celebra el día 20 de febrero de 2008, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . De igual modo convoca la siguiente Junta que se celebra el día 24 de febrero de 2009, en la que es reelegido presidente como propietario de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 . También convoca la siguiente Junta que se celebra el día 9 de marzo de 2010 en la que se acuerda, en el punto del orden del día de renovación de cargos, que en la próxima Junta se determinará si don Gregorio puede seguir siendo presidente. Y don Gregorio, como presidente, convoca la siguiente Junta que se celebra el día 21 de abril de 2010 en la que se elige presidenta a doña Aurelia como propietaria de la vivienda letra NUM002 del piso NUM003 .

Doña Marcelina, como copropietaria de las viviendas letra NUM002 y NUM004 del piso NUM005, presenta, el día 20 de julio de 2010, demanda, con la...

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