STSJ Asturias 158/2014, 24 de Enero de 2014

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2014:207
Número de Recurso2083/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución158/2014
Fecha de Resolución24 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00158/2014

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2013 0102174

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002083 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 773/2013 JDO. DE LO SOCIAL nº1 de OVIEDO

Recurrente/s: Arturo

Abogado/a: FEDERICO FERNANDEZ ALVAREZ RECALDE

Recurrido/s: SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA S.A.

Abogado/a: FRANCISCO CALLEJA ARTIME

Sentencia nº 155/14

En OVIEDO, a veinticuatro de Enero de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ y Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2083/2013, formalizado por el Letrado D. FEDERICO FERNANDEZ ALVAREZ-RECALDE, en nombre y representación de D. Arturo, contra la sentencia número 420/2013 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 773/2013, seguidos a instancia de D. Arturo frente a la empresa SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA S.A., Letrado D. FRANCISCO CALLEJA ARTIME, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS. De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Arturo presentó demanda contra la empresa SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA S.A., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 420/2013, de fecha dieciocho de Septiembre de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. Arturo, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada el día 1 de octubre de 1.981, ostentando en la actualidad la categoría profesional de gerente, siendo de aplicación a la relación laboral el convenio colectivo de empresas de seguridad.

  2. En fecha 5 de noviembre de 1.999 el Consejero delegado de la Sociedad Securitas Seguridad España S.A. le otorga poder para que ejercite las siguientes facultades en nombre y representación de la Sociedad: 1. Contratar toda clase de suministros como teléfono, agua, energía eléctrica y gas, así como el rescindirlos si hubiera lugar a ellos; 2. Suscribir contratos de arrendamiento de servicios propios de la empresa con sus clientes; 3. Constituir, cancelar y retirar fianzas o depósitos de cualquier clase en metálico o en valores, provisionales o definitivos, incluso en la Caja general de depósitos, en garantía o para responder del cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Sociedad; 4. Comparecer ante cualquier autoridad, jueces, magistrados, tribunales, centros y oficinas de cualquier grado, fuero y jurisdicción, Ayuntamientos, Comunidades autónomas, Cabildos y diputaciones provinciales, mancomunidades, delegaciones y subdelegaciones de hacienda, aduanas, jefaturas superiores de policía, comisarías de policía armada y de tráfico, gobiernos civiles, ministerios, Juzgados de lo Social, sindicatos y cualquier otra entidad o corporación y ante ellas, formular súplicas, recursos de todo orden, recibiendo notificaciones de las resoluciones que recaigan, interponiendo contra las que se consideren lesivas toda clase de recursos, ratifique escritos y peticiones, absuelva posiciones, haga comparecencias personales, declaraciones juradas o simples, haga confesiones en juicios, se avenga o no en conciliaciones y desista o se separe de las demandas y recursos entablados; 5. Dirigir, gestionar y controlar la plantilla del personal empleado y operativo de la empresa, fijar sus atribuciones y deberes, ejerciendo la potestad disciplinaria incoando expedientes e imponiendo las sanciones que procedan hasta el despido; 6. Reclamar, percibir y cobrar cuantas sumas se adeuden por cualquier conceptos o persona de la sociedad poderdante incluso en las oficinas del Estado, comunidad autónoma, provincia o municipio; 7. Otorgar y suscribir los documentos privados y públicos de toda clase que sean necesarios o simplemente convenientes para el debido cumplimiento de todas y cada una de las facultades anteriores. En la misma fecha se le confiere idéntico poder y con las mismas facultades para la empresa Servicios Securitas S.A. Unipersonal.

  3. Las funciones que tiene encomendadas el Gerente o delegado consisten en elaborar el plan de negocio relativo a su gerencia o delegación; realizar el presupuesto correspondiente a su unidad de negocio y efectuar el seguimiento y control del mismo; planificar, realizar, mantener y/o coordinar las gestiones comerciales en su ámbito geográfico o segmento de mercado; mantener y potenciar relaciones institucionales en el ámbito geográfico de su competencia; formalizar contratos con los clientes, proveedores, etc. conforme a los poderes otorgados en escritura; dirigir, supervisar y controlar la correcta prestación de los servicios, atención a los clientes y al personal propio; llevar a cabo las funciones que le corresponden dentro del sistema de gestión de la calidad y medio ambiente así como controlar que se realicen las que corresponden al personal a su cargo; atención, registro, solución y cierre de incidencias y reclamaciones de los clientes de la Unidad de negocio; seguimiento de los objetivos e indicadores (calidad y ambientales) relativos a su gerencia o delegación; gestionar correctamente los posibles residuos generados de su unidad de negocio y mantener actualizada la documentación que soporta la gestión medioambiental; apertura, definición, seguimiento y cierre de las acciones preventivas y correctivas relativas a su gerencia; coordinar y/o realizar, directa o indirectamente, el reclutamiento y la selección de personal, directo e indirecto, adscrito a su unidad de negocio; detectar las necesidades formativas del personal a su cargo y proponer las acciones formativas necesarias; dirección de formación con la aprobación de la dirección de zona respectiva y promover el desarrollo y fidelización de las personas bajo su dependencia.

  4. Mensualmente se realiza en la gerencia que depende del actor una reunión de calidad, a la que asisten, además del demandante, Torcuato que es el jefe de servicios, Paulina y los dos inspectores Vicente y Abilio (este último hasta la celebrada en el mes de noviembre de 2.012). En ellas se trata de los resultados de gestión, cuentas resultados del mes anterior y acumulado, los indicadores de calidad del mes anterior y acumulado, el absentismo y horas deuda del mes anterior y acumulado y varios. Copia de esas actas se remite al Director de zona. Igualmente se realiza mensualmente una reunión de calidad de la Zona Cantábrico en la que se trata de presentación y varios; histórico acta de calidad; análisis de los objetivos de calidad; análisis de los indicadores de gestión y procesos y análisis de los indicadores de medio ambiente.

  5. El demandante percibe un sueldo base mensual, conforme a sus nóminas, de 1.215,67 euros, antigüedad trienios 204,35 euros, antigüedad quinquenios 176,22 euros, plus de transporte 106,50 euros y complemento voluntario 1.397,61 euros. Esas cantidades en la nómina correspondiente a la paga de beneficios de 2.012 asciende a 1.246,37 euros por salario base, 204,35 euros por antigüedad trienios, 176,22 euros por antigüedad quinquenios, 77,75 euros por plus de transporte y 1.418,90 euros por complemento voluntario.

    En el año 2.011 conforme al plan de incentivos de la empresa tenía derecho a un bonus de 28.112,34 euros si alcanzaba determinados objetivos. Esos objetivos se cumplieron y las 2/3 partes del bonus en cuantía de 18.742,34 euros se abonaron en la nómina de febrero del año 2.012 y 1/3 del bonus, cuya cuantía ascendía a 9.370 euros se abonaron en acciones gratuitas de la serie B de Securitas AB en la nómina de marzo del año 2.013.

    La empresa ponía a disposición del actor un vehículo de empresa, durante el año 2.013 un Citroën C5 ....-FXD, que puede utilizar durante todos los días del año, abonando la empresa la gasolina, y cuyo importe mensual asciende a 516,49 euros, correspondiendo por IVA 92,98 euros por lo que el importe total asciende a 609,47 euros.

    El salario bruto diario que le corresponde percibir, a efectos indemnizatorios, asciende a 152,07 euros.

  6. En junio del año 2.012 se comunica al actor que se ha producido una modificación en el sistema de retribución variable, basado en la comparación del resultado operativo de la gerencia que está bajo su responsabilidad en euros del año de generación, en relación con el del año anterior. Copia de esa comunicación obra unida al ramo de prueba de la parte demandada dándose su contenido por íntegramente reproducido. El demandante no alcanzó esos objetivos en el año 2.012 por lo que no percibió cantidad alguna en concepto de bonus.

  7. En la empresa existe un programa CLAU en el que constan todos los datos relativos a los trabajadores, dentro del cual se encuentra el listado L20 dónde figuran todos los datos económicos de los trabajadores al que tiene acceso el Director de la zona Cantábrico. Es el jefe de servicios el encargado de introducir inicialmente los cuadrantes y la previsión de las horas a realizar, horas extras, etc. Cuando hay incidencias como bajas o de otro tipo se introducen en el mismo para adecuarlo a la realidad. Los datos que figuran en ese programa se remiten a la central mensualmente y antes de ello es supervisado por el demandante, que o...

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