SAP Barcelona 415/2013, 20 de Noviembre de 2013
Ponente | LUIS GARRIDO ESPA |
ECLI | ES:APB:2013:13078 |
Número de Recurso | 728/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 415/2013 |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOQUINTA
ROLLO Nº 728/2012-1ª
PROCEDIMIENTO DE JUICIO ORDINARIO Nº 160/2010
JUZGADO MERCANTIL Nº 4 DE BARCELONA
SENTENCIA núm.
Ilmos. Sres. Magistrados
JUAN F. GARNICA MARTÍN
MARTA RALLO AYEZCUREN
LUIS GARRIDO ESPA
En Barcelona a 20 de Noviembre de 2013
La Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial ha visto el procedimiento de juicio ordinario seguido con el nº 160/2010 ante el Juzgado Mercantil nº 4 de Barcelona, a instancia de Ángela, representada por el procurador Jaume Lluch Roca y asistida del letrado Luis F. Gallo Sallent, contra Benjamín y PROMOCIONS MOLINA TORELLÓ S.L., representada esta última por la procuradora Mónica Ribas Rulo y bajo la dirección del letrado Benjamín .
Conocemos las actuaciones por razón del recurso de apelación interpuesto por la codemandada PROMOCIONS MOLINA TORELLÓ S.L. contra la sentencia dictada en fecha 3 de septiembre de 2012 .
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Se desestima la demanda presentada por Ángela contra Benjamín, absolviendo al demandado de los pedimentos de la actora, y sin que haya lugar a imponer el pago de las costas procesales causadas.
Se estima la demanda presentada por Ángela contra PROMOCIONS MOLINA TORELLO SL, condenando a ésta al pago de 33.060,72 euros más el interés legal desde la fecha de vencimiento de cada pagaré impagado, y al pago de las costas procesales causadas".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de PROMOCIONS MOLINA TORELLÓ SL., que fue admitido a trámite. La actora presentó escrito de oposición al recurso.
Recibidos los autos originales, formado en, se señaló para votación y fallo el pasado 25 de septiembre.
Es ponente el Sr. LUIS GARRIDO ESPA.
1. El recurso de apelación de la codemandada PROMOCIONS MOLINA TORELLÓ S.L. se limita a reproducir las cuestiones de falta de competencia objetiva, funcional y territorial del Juzgado Mercantil de Barcelona para conocer la demanda que formuló la Sra. Ángela contra dicha sociedad y su administrador Sr. Benjamín, cuestiones que aquella sociedad planteó mediante la oportuna declinatoria, que fue desestimada por el juzgado mediante auto de fecha 21 de febrero de 2011.
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La actora reclamó a la sociedad PROMOCIONS MOLINA TORELLÓ S.L. la cantidad de 33.060,72 #, en ejercicio de la acción de cumplimiento contractual derivada de un contrato de compraventa de inmueble, formalizado en escritura pública de fecha 13 de abril de 2007. Dicha cantidad es la parte del precio pendiente de ser abonada (incluyendo 3.000 # en concepto de intereses de demora), de acuerdo con dicha escritura y con el documento de reconocimiento de deuda suscrito por la sociedad compradora el 20 de febrero de 2008. Para el pago de esa cantidad restante, la sociedad compradora entregó dos pagarés, con vencimientos el 31 de mayo y el 30 de junio de 2008, que resultaron impagados.
Ante el impago, la actora presentó en el Juzgado de Primera Instancia de Vic una solicitud de medidas cautelares contra la sociedad compradora, consistentes en el embargo preventivo de la finca vendida. El juzgado de Vic acordó la medida por auto de 5 de enero de 2010, pero no tuvo efectividad al no poder anotarse el embargo en el Registro de la Propiedad, ya que la sociedad compradora vendió la finca a un tercero en julio de 2009 y se logró la inscripción registral de esta transmisión antes que del mandamiento de embargo.
En febrero de 2010 la actora presentó la demanda principal ante el Juzgado Mercantil de Barcelona, ya que a la acción de reclamación de cantidad contra la sociedad, de origen contractual, acumuló las acciones de responsabilidad frente a su administrador con base en la ley societaria.
El Juzgado Mercantil estimó la demanda contra la sociedad y desestimó la pretensión de condena del administrador.
3. El recurso mantiene la falta de competencia objetiva y funcional del Juzgado Mercantil argumentando que, con anterioridad, la actora había presentado la solicitud de medidas cautelares contra la sociedad deudora ante el Juzgado de Vic. Aclara la apelante que está de acuerdo con el criterio del auto del juzgado mercantil que rechazó la declinatoria por estimar que es competente para conocer la demanda en la que se acumulan las acciones de reclamación de cantidad frente a la sociedad y de responsabilidad del administrador conforme a la ley societaria.
Hay que advertir que este criterio es el que ha venido manteniendo este tribunal y ha sido confirmado por la Sentencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo nº 539/2012, de 10 de...
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