SAP Alicante 514/2013, 7 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución514/2013
EmisorAudiencia Provincial de Alicante, seccion 2 (penal)
Fecha07 Octubre 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

Señalamientos. Citaciones. Videoconferencias. Exhortos. Ejecutorias: 965935957

Ejecutorias. Apelaciones. Trámite: 965935956

NIG: 03014-37-1-2013-0005945

Procedimiento: APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº 000220/2013- APELACINES - Dimana del Nº 000230/2007

Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 6 DE ALICANTE

Apelante: Humberto

Letrado: MARIA DEL CARMEN SIMÓN ZAMBRANA

Procurador: ANA CALVO MUÑOZ

SENTENCIA Núm. 514/2013

Iltmos. Sres.:

D. FCO JAVIER GUIRAU ZAPATA.

D. JOSE MARIA MERLOS FERNÁNDEZ

Dña. MARIA EUGENIA GAYARRÉ ANDRÉS.

En Alicante a 7 de octubre de dos mil trece.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 153/2013 de fecha 24 de mayo de dos mil trece, dictada por el Juzgado de lo Penal núm.6 de Alicante, en su Juicio Oral núm. 230/2007 correspondiente a PA N 7/2007 del Juzgado de Instrucción nº3 de Alicante, por delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS ; Habiendo actuado como parte apelante Humberto representado por la procuradora Dña. Ana Calvo Muñoz y asistido de la letrada Dña. María Del Carmen Simón Zambrana y, como parte apelada EL MINISTERIO FISCAL.

I -ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "El día 13 de Septiembre de 2006, sobre las 01:15 horas, Humberto y Obdulio, junto a otro individuo no determinado, actuando con designio de enriquecimiento ilícito y de común acuerdo, partieron la valle exterior, accedieron al interior de la finca, y forzaron una puerta de acceso a la vivienda que en dicha finca, y fracturaron una ventana que se encontraba tapiada con maderas, encontrándose todo ello en obras de reforma y rehabilitación; procediendo con ello a penetrar en dicho inmueble sito en la CALLE000, número NUM000, de Alicante; donde la empresa "Traza" promueve y realiza tales obras de reforma; si bien no lograron sustraer ninguno de los materiales y herramientas de dicha obra, por la acción de los agentes policiales actuantes, que llegaron a detener en dicho lugar a Humberto cuando salía a través de la ventana fracturada. El valor de reparación de los daños ocasionados en el inmueble en obras indicado asciende a la cantidad de 172,41 euros, que no son reclamados por la empresa perjudicada. La presente causa tuvo entrada en este Juzgado de lo Penal nº 6 de Alicante el día 26 de abril de 2007, efectuándose el primer señalamiento del acto del juicio oral mediante Auto de fecha 7 de septiembre de 2009. No consta acreditado que Humberto realizara los hechos indicados a causa de sufrir grave adicción a drogas o sustancias estupefacientes, ni encontrándose en un estado de intoxicación plena o parcial por consumo de dichas sustancias, ni en estado de síndrome de abstinencia "; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El FALLO de dicha Sentencia literalmente dice: " Que debo condenar y condeno a Humberto y Obdulio como coaturoes de un delito de robo con fuerza en las cosas, en grado de tentativa, concurriendo en ambos la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, imponiendo a cada uno de ellos, la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho se sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y así como al pago de las costas procesales causadas".

TERCERO

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por Humberto se interpuso el presente recurso alegando lo manifestado en su Recurso de Apelación.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la presente sentencia.

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas se han observado las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Dña. MARIA EUGENIA GAYARRÉ ANDRÉS, Magistrado de esta Sección Segunda, que expresa el parecer de la Sala.

II - FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se recurre por la representación de Humberto la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal n º 6 de Alicante que le condena como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa conforme al art. 237, 238.1 º y 2 º y 240 y 16.1 del cpenal con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante de dilaciones indebidas a la pena de seis meses de prisión .

El recurso tiene por objeto la rebaja de la pena impuestas por el Juzgador de instancia por aplicación indebida, a juicio del recurrente, de los siguientes artículos : 1 º La atenuante del art. 21.2 del cpenal al no haber sido tenida en cuenta la condición de politoxicómano del acusado en el momento de cometerse los hechos, 13/09/06, al constar en autos Certificado del centro Reto La Esperanza de Valencia de 22 de febrero de 2013 en el que se informa que el acusado ingresó en dicho centro el día 10/12/06 para someterse a un programa de deshabituación ; 2 º Por aplicación del apartado 6 º del art. 21 del cpenal, atenuante de dilaciones indebidas, atenuante que se aprecia en la sentencia y conllevaría una pena inferior a la impuesta en la instancia ; 3 º Dado que se condena el delito como intentado, según el recurrente, es de aplicar la rebaja en dos grados de la pena a imponer atendiendo el nulo peligro y el grado de ejecución alcanzado ; 4 º Por aplicación del art. 66.1 2 ª del cp enal al concurrir dos atenuantes y no concurrir agravante alguna la pena recogida en la sentencia debe ser rebajada en dos grados .

SEGUNDO

Solicita en primer lugar el acusado Humberto que se le aprecie la atenuante de drogadicción prevista en el artículo 21.2 CP, precepto que, recordemos, modera la responsabilidad criminal del que actúa a causa de su grave adicción a las drogas.

Según el recurrente está acreditada su condición de politoxicómano en el momento de cometerse los hechos por los que ha sido condenado, 13/09/06, al constar en autos Certificado del centro Reto La Esperanza de Valencia de 22 de febrero de 2013 ( folio 551 ) en el...

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