STSJ Comunidad de Madrid 876/2013, 8 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución876/2013
Fecha08 Noviembre 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34001360

NIG : 28.079.44.4-2012/0002712

Procedimiento Recurso de Suplicación 1516/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 1516/13

Sentencia número: 876/13

CE.

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER PARIS MARIN

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

En la Villa de Madrid, a OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 1516/2013, formalizado por el Sr/a. Letrado/a D. JOSEFA GARCÍA LORENTE, en nombre y representación de D. Abilio contra la sentencia de fecha 19 de julio de 2012, dictada por el Juzgado de lo Social número 16 de MADRID, en sus autos número 62/12, seguidos a instancia del recurrente frente a FREEDOM FINANCE ESPAÑA S.L, FREEDOM FINANCE HOLDING ESPAÑA S.L., JZ ESPHOLD B.V. DUNS,JZI FINANCIAL HOLDINGS S.L.,PACKAGER HIPOTECARIO S.L.,LIBERTAD DE CREDITO S.L., GEDESCO SERVICES SPAIN S.A.,GEDESCO FINANCE S.L., FACTOR ENERGIA S.A.,

D. Domingo y Luis Antonio, en reclamación de despido y vulneración de derechos fundamentales, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

El demandante viene prestando servicios para la empresa Freedom Finance España S.L. desde 7-2-2005 con categoría incluida en grupo profesional de auxiliar administrativo percibiendo un salario por todos los conceptos incluido variable de 1711,83 euros bruto con inclusión de ppe doc 1 de la demandada Freedom folio 227 de lo actuado y doc 3 de la misma codemandada folio 228 bis.

SEGUNDO

Las empresas codemandadas estan participadas entre si y tienen la composición accionarial, domicilios y objetos sociales y personas físicas que ostentan los organos de representación societaria que se recogen en los folios 122 a 132 que aquí se reproducen.

La empresa Freedom Finance España tiene como actividad servicios financieros excepto seguros y fondos de pensiones, dedicandose al asesoramiento y gestion de creditos para empresas y particulares, en el marco de dicha actividad suscribe contratos de prestación de servicos mercantiles con entidades financieras y de servicios as¡ con Gedesco y Factor de Energía entre otros folios 231 a 244 que aquí se reproducen.

TERCERO

Las cuentas anuales de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011 de la empresa Freedom Finance España S. L. se aportan y obran a los folios 133 a 136 que aquí se reproducen

La empresa Freedom Finance S.L. carece de representación legal de los trabajadores al haber presentado su dimision los miembros del Comité de empresa folios 137.

La empresa dadas sus dificultades economicas presentó ERE para suspensión de contratos de siete trabajadores desde 13-12- 2010 a 10-6-2011 dictandose resolucion estimatoria en fecha 23-12-2010 folio 252 de lo actuado que aquí se reproduce.

Se presento nuevo ERE para reduccion de jornada de un 20% de 59 trabajadores desde junio de 2011 hasta 10 de julio de 2012 dictandose resolucion estimatoria en fecha 21-7-2011 folio 253.

Se presento nuevo ERE para suspensión de contratos que fue desestimada mediante resolución de fecha 13-1-2012 folio 254 que aquí se reproduce al considerar que no procede la suspensión de contratos dado que la situación economice de la empresa es negativa y que esta situación es de carácter estructural y no coyuntural.

Con fecha 24-2-2012 se presenta solicitud para extinción de contrato de trabajo de 12 trabajadores entre ellos el hoy actor al que se acompaña memoria explicativa previo apertura del periodo de consultas en fecha 16-2-2012 que finalizó sin acuerdo, folio 255 de lo actuado que aquí se reproduce. No consta que haya recaído resolucion administrativa en el mismo, habiendose entregado al actor comunicación escrita sobre extinción de su contrato de trabajo junto con el de once trabajadores mas en fecha 22 de marzo de 2012 folio 149 de lo actuado.

Con fecha 20/03/2012 se emite informe de la Inspección de Trabajo, folio 122 de lo actuado, doc 27 de la actora, folio 542 que aquí se reproduce.

A dicho expediente han seguido otros tantos de extinción como de suspensión de contratos y extinciones individuales por causas economicas folios 256 a 260 que aquí se reproducen concluyendo con acuerdos con los trabajadores.

Con fecha 29-12-2011 se dicta decreto por el Juzgado de lo mercantil n°1 en concurso abreviado 620/2011 teniendo por efectuada la comunicación prevista en el articulo 5 bis LcL 38/2011 de 10 de octubre sobre inicio de conversaciones con los acreedores para obtener acuerdo de refinanciacion y obtención de adhesiones en propuesta anticipada de convenio. Folio 247 de lo actuado. Con fecha 22 de marzo de 2012 se presento solicitud de concurso voluntario por parte de la empresa Freedorn Finance España S.L.

La empresa Freedom Finance España S.L. ha solicitado y obtenido aplazamiento de ingresos de IRPF e IVA folio 246 ha acometido reduccion de gastos en los importes que se recogen en el documento obrante al folio 245 que aquí se reproduce representando una disminución de 59% en gastos corrientes.

CUARTO

El actor ha permanecido en su domicilio en situación de permiso retribuido desde septiembre de 2011 hasta que su contrato resulto extinguido por entrega al trabajador de comunicación de carta de extinción con efectos 24-3-2012 a la finalizacion del periodo de consultas iniciado enecha 16-2-2012 sin acuerdo. Folio 149 de lo actuado que aquí se reproduce.

QUINTO

El acto de conciliación previo ante el SMAC se celebro en las fechas y con los resultados que obran a los folios 10 y y 54 y ss de lo actuado

SEXTO

Las demandas acumuladas de extinción de contrato por voluntad del trabajador y despido objetivo se presentaron respectivamente en fecha 13-1-2012 y 19-4-2012.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que estimando la excepcion de falta de legitimación pasiva opuesta por las codemandas a excepcion de Freedom Finance España S.L. y sin entra respecto de ellas a resolver son bre el fondo del asunto debo absolver y absuelvo a FREEDOM FINANCE HOLDING ESPAÑA S.L., JZ ESPHOLD B.V. DUNS, JZI FINANCIAL HOLDINGS S.L., PACKAGER HIPOTECARIO S.L., LIBERTAD DE CREDITO S.L., GEDESCO SERVICES SPAIN S.A., GEDESCO FINANCE S.L., FACTOR ENERGIA S.A., D. Domingo y Luis Antonio de cuantas pretensiones contra ellas se dirigian a traves del presente proceso.

Que desestimando las demandas acumuladas en materia de resolución de contrato y despido interpuestas por D. Abilio contra FREEDOM FINANCE ESPAÑA S.L. debo absolver y absuelvo a la demandada de cuantas pretensiones contra ella se dirigian a traves del presente litigio".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 5 de junio de 2013 dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al mismo para su conocimiento y estudio en 23 de octubre de 2013, señalándose el día 6 de noviembre de 2013 para los actos de votación y fallo.

SÉPTIMO

En la tramitación del presente recurso de suplicación no se ha producido ninguna incidencia.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso de suplicación el trabajador contra sentencia cuyo fallo es el que sigue:

(sic) "Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las codemandadas a excepción de Freedom Finance España S.L. y sin entra respecto de ellas a resolver son bre el fondo del asunto debo absolver y absuelvo a FREEDOM FINANCE HOLDING ESPAÑA S.L., JZ ESPHOLD B.V. DUNS, JZI FINANCIAL HOLDINGS S.L. PACKAGER HIPOTECARIO S.L., LIBERTAD DE CREDITO S.L., GEDESCO SERVICES SPAIN S.A., GEDESCO FINANCE S.L., FACTOR ENERGIA S.A., D. Domingo y Luis Antonio de cuantas pretensiones contra ellas se dirigían a traves del presente proceso".

SEGUNDO

El actor ejercita dos acciones, una de resolución del contrato del art. 50-1 a ) y b) del ET con vulneración de derechos fundamentales, sobre la que entra a conocer la sentencia desestimándola, y otra de protección...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR