STSJ Comunidad Valenciana 2166/2013, 15 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2166/2013
Fecha15 Octubre 2013

1 Recurso de Suplicación nº 645/2013

RECURSO SUPLICACIÓN - 000645/2013

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Manuel José Pons Gil

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Díaz

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a quince de octubre de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2.166 DE 2013

En el RECURSO SUPLICACION - 000645/2013, interpuesto contra la sentencia de fecha 16 de enero de 2013, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE CASTELLON, en los autos 000053/2012, seguidos sobre desempleo, a instancia de Blanca asistida por el Letrado D. Josep Francesc Pitarch Roda, contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO, y en los que es recurrente Blanca, ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Blanca contra el INEM, absuelvo a la demandada de los pedimentos formulados en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO.- El 11/05/2009 se reconoció a Blanca un subsidio de desempleo por agotamiento de una prestación contributiva, con fecha de inicio 2/05/2009, hasta el 9-1-2010 cuando causa baja al colocarse en un trabajo por cuenta ajena, periodo durante el cual percibe la suma de 3.488,06 euros. Solicitada la reanudación del subsidio, por resolución de 14-4-2010 se aprobó dicha solicitud, percibiendo un total de 7.208,46 euros por el subsidio. SEGUNDO.- En fecha 9/03/2011 se inicia procedimiento de revisión de oficio de la resolución de 11/05/2009 al considerarse que desde la fecha de inicio del subsidio, la interesada carecía del requisito de responsabilidades familiares, reclamándole un cobro indebido por la totalidad de lo percibido que finalmente se determina en la cuantía de 5.113,57 euros (1/10/2009 a 22/01/2011), que tras la aplicación del 20% de recargo por falta de abono en el periodo reglamentario asciende a 6.135,28 euros. TERCERO.- Disconforme la parte actora, presenta reclamación previa que fue desestimada por resolución de 2/12/2011. CUARTO.- La unidad familiar de la actora está compuesta por ella, por su cónyuge y por dos hijos. Durante el periodo controvertido, el cónyuge de la demandante ha percibido los siguientes importes de nómina en neto: octubre/09 (1690,90 euros), noviembre/09 (1484,84 euros), paga extraordinaria de Navidad (487,32 euros), diciembre/09 con parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad, verano y beneficios (3.015,25 euros). Total: 6.675,32 euros, que al día suponen 80,42 euros y al mes un promedio de 2.412,76 euros, que entre los 4 miembros de la unidad familiar resultan 603,22 euros. Asimismo, consta que se han generado unas rentas inmobiliarias que el INEM imputa en la cantidad de 24,22 euros al mes (declaración I.R.P.F. 2.009, casilla 80).

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Blanca . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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