STSJ Cataluña 8229/2011, 20 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución8229/2011
Fecha20 Diciembre 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2010 - 0010259

MM

ILMO. SR. GREGORIO RUÍZ RUÍZ

ILMO. SR. ADOLFO MATÍAS COLINO REY

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 20 de diciembre de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 8229/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por Constancio frente a la Sentencia del Juzgado Social 7 Barcelona de fecha 10 de Noviembre de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 575/2010 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUÍZ RUÍZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16 de Junio de 2010 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 10 de Noviembre de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

" Que desestimando la demanda promovida por Constancio contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (I.N.S.S.), debo absolver a la parte demandada de la pretensión deducida en su contra. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Constancio, nacido el 28-1-1948, con DNI nº NUM000, afiliado a la Seguridad Social, en situación de alta en el Régimen General, de profesión habitual de ENCARGADO DE ALMACEN, en situación de incapacidad temporal desde 16-6-2008 y agotó el subsidio el 15-12-09.

  2. - Por Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 19-4-2010 fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total cualificada, derivada de enfermedad común, que se percibe desde 15-4-2010, por las siguientes lesiones, fijadas el 21-12-09: "NEOPLASIA DE COLON (SIGMA), I.Q. CON SIGMOIDECTOMIA- PARASCOPICA Y ANASTOMOSIS MECANICA. QMT. COMPLEMENTARIA EN JULIO-2008 A ENER0-2009. NEUROTOXICIDAD AXONAL SENSITIVA GRADO II-III. EN CONTROL POR NRL Y ONCOLOGO, LIBRE DE ENFERMEDAD NEOPLASICA, PERSISTE NEUROTOXICIDAD".

  3. - La parte actora padece:

    -Carcinoma de colon, estadio III, intervenido bajo control, libre de enfermedad en la actualidad. Neurotoxicidad grado III secundaria: afectación de las 4 extremidades (EMG marzo-2010: neuropatía axonal sensitiva de carácter severo). En sept-09, en extremidades superiores presentaba hiporreflesia; en las inferiores arreflexia e hipopalestesia. Marcha normal, clínica de disestesias. Dificultad tareas manipulativas.

    -Diabetes Mellitus Tipo II, en tratamiento oral.

    -Cardiopatía isquémica. Antecedente infarto agudo de miocardio, tratado con angioplastia y colocación de stents (1989). Bajo controles y en tratamiento, debe realizar ejercicio de baja intensidad y evitar el estrés (informe cardiología mayo 2010).

    -Moderado déficit visual (0.4 y 0.3 en ambos ojos con corrección -folio 20-).

  4. - La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente en grado de absoluta: 2540,79 #. Fecha de efectos: 21-12-2009.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ha interpuesto por D. Constancio recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 7 de los de los de Barcelona en fecha 10/11/10 que, desestimando la demanda presentada por el Sr. Constancio, desestimó la pretensión contenida en la misma y...

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