ATS, 10 de Septiembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Septiembre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Septiembre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Constantino y Dª Genoveva , presentó el día 29 de mayo de 2012 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 23 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 67/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1081/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Bilbao.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 1 de junio de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes el día 6 de junio de 2012.

  3. - La Procuradora Dª. María Jesús Gutiérrez Aceves, en nombre y representación de D. Constantino y Dª Genoveva , presentó escrito con fecha 13 de junio de 2012, personándose en concepto de parte recurrente. El Procurador D. Roberto Granizo Palomeque, en nombre y representación de la entidad "BANCO ESPIRITU SANTO, S.A.", SUCURSAL EN ESPAÑA presentó escrito con fecha 14 de junio de 2012, personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Antonio Salas Carceller .

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Constantino y Dª Genoveva , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - De acuerdo con lo establecido en el art 483.5 LEC contra esta resolución no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Constantino y Dª Genoveva , contra la Sentencia dictada, con fecha 23 de abril de 2012, por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 67/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1081/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Bilbao.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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