STSJ Galicia 3438/2013, 28 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3438/2013
Fecha28 Junio 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

- PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 27028 44 4 2012 0001579 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001113 /2013-MFV

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 537/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 1 de LUGO

Recurrente/s: TALLERES TORNEIRO SA

Abogado/a: JESUS ANTONIO AMARELO FERNANDEZ

Procurador/a: MARIA IRENE CABRERA RODRIGUEZ

Recurrido/s: Carlos María, TORNEIRO SA, TORNEIRO MAQUICORUÑA SA

Abogado/a: FAX.: 982/23.12.07-MARIA TERESA SOUTO NEIRA, JESUS ANTONIO AMARELO FERNANDEZ - FAX.: 982/223- 947

ILMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS/AS D/Dª

ANTONIO J. GARCIA AMOR

BEATRIZ RAMA INSUA

RICARDO P. RON LATAS

En A CORUÑA, a veintiocho de Junio de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1113/2013, formalizado por el LETRADO D. JOSÉ ANTONIO AMARELO FERNÁNDEZ, en nombre y representación de TALLERES TORNEIRO SA, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de LUGO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 537/2012, seguidos a instancia de Carlos María frente a TALLERES TORNEIRO SA, TORNEIRO SA, TORNEIRO MAQUICORUÑA SA, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D RICARDO P. RON LATAS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D Carlos María presentó demanda contra TALLERES TORNEIRO SA, TORNEIRO SA, TORNEIRO MAQUICORUÑA SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha cuatro de Enero de dos mil trece

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

" 1.- El demandante, DON Carlos María, con DNI n° NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de las empresas TALLERES TORNEIRO S.A, y TORNEIRO SA, desde el 10 de mayo de 1991, con categoría profesional de chofer y salario mensual de 1.597.68 euros incluida prorrata de pagas extraordinarias, mediante contrato de trabajo indefinido a tiempo completo. 2 En fecha 10 de abril de 2012, la demandada comunic6 al trabajador la extinci6n de su contrato de trabajo, con efectos de 25 de abril de 2012. mediante carta cuyo contenido es el siguiente:

TALLERES TORNEIRO, S.A.

Rúa da Industria 101 - Polig. 0 ceao

27290 - LUGO Carlos María

C./ DIRECCION000 n NUM001, NUM002 ' NUM003

27004 - LUGO

Lugo, 10 de Abril de 2012

Muy señor mio:

Por medio de la presente le participo que la Dirección de esta empresa se ye en la necesidad de tomar la no deseada decisión de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, concretamente por motivos económicos, derivados de la disminución continuada del nivel de ventas en lo últimos años. manifestándose de forma persistente e ininterrumpida durante el tercer y cuarto trimestre del año 2011. así como, en el primero del año en. curso.

La decisión a que hace referencia el párrafo anterior se adopta al amparo de lo dispuesto en el artículo 52, apartado c) del R.D.L. 1/1995 (según redacción dada por el artículo 18 del R.D.L. 3/2012 ), por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y. dará lugar a la extinción efectiva de su contrato el día 2.5 de Abril del corriente año 2012.

Asimismo, le informo que el acuerdo que se le traslada por medio del presente escrito, se fundamenta en los hechos y causas que a continuación se reseñan:

  1. El volumen de los ingresos brutos de la empresa ha venido disminuyendo paulatinamente durante los tres últimos años, tal como se puede observar en el cuadro siguiente:

    EJERCICIO INGRESOS O VENTAS BRUTOS

    2009...............................................

    2010...............................................

    2011................................................

    2012 (primer trimestre)........................ 4.729.582,03 Euros

    3.867.029,13 Euros

    3.322.852,07 Euros

    590.588,90 Euros (1)

    (1) Las ventas en el mismo periodo del año anterior ascendieron a

    949.058,22 Euros, es decir, un 32 % más que los del corriente año. Por otra parte, el volumen de ingresos o rentas durante los tres últimos trimestres, han seguido la misma tónica y, de forma persistente han decrecido, como se refleja en el cuadro siguiente:

    EJERCICIO TRIMESTRE Ingresos o Ventas brutos

    2011 TERCERO ........ 88 1.565,85 Euros

    2011 CUARTO ......... 627.17566 Euros

    2012 PRIMERO ......... 590.588,90 Euros

  2. Los beneficios empresariales han caído durante los citados años desde: 502.697,30 euros ene! año 2009. a 310. 135,10 euros en el año 2010, a 215.080,30 euros en el ejercicio 2011. entrando en pérdidas en el primer trimestre del corriente año.

  3. Además de lo expuesto, la previsión, tanto por lo que se refiere a las ventas corno al resultado económico. en el presente y próximos años se estima estructuralmente negativa con una caída superior al 35%. lo cual unido a una precaria situación de tesorería derivada de una morosidad galopante, hacen la situación insostenible.

    En consecuencia y como usted a conoce, las causas enumeradas, además de otras de especial relieve (imposibilidad de acceder al crédito, paralización del sector de la construcción. etc) ponen en peligro la viabilidad de la empresa, por lo que se estima que la adopción de esta medida extintiva, adecuará los medios humanos a las necesidades de la demanda, permitiendo una competitividad que garantizará la viabilidad de la misma por ende del personal que mantenga.

    Si bien, quedo a su disposición para proporcionarle toda la información pueda precisar al respecto.

    A tales efectos y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 del Estatuto de los trabajadores . en relación con la forma de extinción del contrato por causas objetivas de carácter económico. le participo:

    - Que la empresa pone a su disposición en el día de hoy (10/04/2012) el cien por cien de la indemnización que le corresponde y que asciende a la cantidad de 19.267,20 euros.

    - Que me permito reiterarle que la decisión extintiva tendrá efectividad el día 25 de Abril del corriente año 2012, cumpliendo así el plazo de preaviso fiado legalmente.

    - Igualmente le indico que desde la fecha de recepción de la presente. dispondrá de una licencia retribuida de seis horas semanales, la cual podrá destinar a la búsqueda de nuevo empleo.

    - Finalmente, le participo que el próximo día 25 del actual mes de abril se procederá a abonarle el importe correspondiente a la liquidación de los

    salarios devengados y demás conceptos a que hubiera Lugar, teniendo usted derecho a la presencia de su representante sindical, a la firma del recibí de los mismos.

    Rogándole firme un duplicado de la presente a los electos de acreditación del reglamentario recibí, le saluda atentamente.

    Por TALLERES TORNEIRO, SA

    Fdo.: Juan Enrique

    Recibida el 10/04/2012

    El trabajador

    Fdo. Carlos María

    3.- El actor no ha ostentado en la empresa durante el último año cargos de representación unitaria o sindical de los trabajadores. 4.- Simultáneamente a la entrega de la carta de despido, actor recibió cheque nominativo por importe de 19.267,20 euros de fecha 10 de abril de 2012, que fue cargado en la cuenta de TALLERES TORNEIRO SA, el 11 de abril de 2012. 5.- El actor inició la relación laboral con la empresa TORNEIRO S.A, el 10 de mayo de 1991, con categoría profesional de dependiente, hasta el 31 de octubre de 1997, pasando a partir del 1 de noviembre de 1997 a prestar servicios para TALLERES TORNEIRO S.A, siéndole reconocida la antigüedad de 10 de mayo de 1991 6.- La empresa TORNEIRO SA con domicilio en Avenida Da Coruña n° 314- 316, fue constituida por don Juan Enrique y su esposa doña Daniela y don Epifanio, tiene como objeto social el comercio de maquinaria de todas clases utillaje, herramientas, accesorios y repuestos para todo tipo de actividades, industrial, agrícola o ganadera, así como la reparación y alquiler de todo tipo de maquinaria. La empresa tiene previsto trasladarse a una nave sita en el polígono del Ceao.

    7.- La empresa TALLERES TORNEIRO SA con domicilio en el polígono do Ceao, calle A, parcela 101, fue constituida por Don Juan Enrique su esposa doña Daniela y la sociedad TORNEIRO SA. Su objeto social es taller de reparación de maquinaria de construcción, fabricaci6n de maquinaria de construcción; alquiler y comercialización de maquinaria industrial y de la construcción. 8.- La empresa TORNEIRO MAQUICORUNA SA, con domicilio en Bergondo (A Coruña) fue constituida por Don Juan Enrique, su esposa doña Tania, doña María Rosa y don Ricardo, siendo administrador único don Juan Enrique . Tiene por objeto social: alquiler de todo tipo de maquinaria industrial y de la construcción; reparación de todo tipo de maquinaria industrial y de la construcci6n; comercialización de maquinaria de todas clases de utillaje, herramientas, accesorios y repuestos para todo tipo de actividad industrial y de la construcción. 9.- En la página Web, las empresas aparecen como grupo formado por las tres empresas, también en paneles de propaganda aparece como grupo dedicado a la actividad de alquiler y venta de herramientas y maquinaria para la construcción e industrial. 10.- La cuenta de pérdidas y ganancias de la empresa TALLERES TORNEIRO SA, arroja en el ejercicio 2009 un resultado de 351.888.49 euros. en el ejercicio 2010 un resultado de 215.014,07 euros y en el ejercicio 2011 un resultado de 150.556,21 euros. De 31 de marzo a 30 de septiembre de 2012, un resultado negativo de - 241.723,66 euros 11.- TORNEIRO SA, arroja, según la cuenta de pérdidas y ganancias, un resultado de 49.868.59 euros en el ejercicio 2009, en el ejercicio...

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