STSJ Castilla y León 1080/2013, 24 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1080/2013
Fecha24 Junio 2013

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01080/2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: 002

VALLADOLID

65590

C/ ANGUSTIAS S/N

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2010 0100520

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000424 /2010 - ML

Sobre EXPROPIACION FORZOSA

De Dña. Ofelia

Representante: MIGUEL A. GONZALEZ RODRIGUEZ

Contra JURADO DE EXPROPIACION FORZOSA DE LEON

Representante: ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1080

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a veinticuatro de junio de dos mil trece.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 11 de diciembre de 2009, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del mismo Jurado de 26 de junio de 2009 por la que se fija el justiprecio de la finca NUM000 que se corresponde con la parcela NUM001 del polígono NUM002 del término municipal de León, afectada por el Proyecto "Construcción Acceso Sur a León. Carretera N-630 de Gijón a Sevilla P.K. 147,0 al P.K. 159,0. Tramo León-Cembranos. Clave 40-LE-3940". Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: DOÑA Ofelia, representada por el Procurador Sr. Burgos Hervás y defendida por el Letrado Sr. González Rodríguez.

Como demandada: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León), representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que:

  1. Se declare no ser conforme a derecho, se deje sin efecto y se anule la Resolución de fecha 5 de febrero de 2010 adoptada por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, en su reunión de fecha 11 de diciembre de 2009, desestimatoria del Recurso de Reposición interpuesto en su día por dicha parte contra acuerdo de ese Jurado de fecha 24 de agosto de 2009 - Resolución de 26 de junio de 2009, relativa al justiprecio de la finca identificada en el Expediente Expropiatorio (Nº 402/2008) con el Nº Onzonilla (León) NUM000, Polígono NUM002, Parcela NUM001 sita en el término municipal de Onzonilla, afectada por la obra "Ronda Acceso Sur a León, de la CN-630 de Gijón a Sevilla (P.K.: 147.0 al P.K. 159.0. Tramo LeónCembranos)". Clave 40-LE-3940-.

  2. Se declare y se fije como justiprecio de la finca expropiada la cantidad total de euros, incluido el 5% de premio de afección y la indemnización por daños y perjuicios por expropiación parcial, demérito, afecciones y situación.

Todo ello con imposición de las costas procesales a quien temerariamente se oponga a tales pretensiones.

Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Presentado escrito de conclusiones por las partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día 11 de junio.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 11 de diciembre de 2009, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del mismo Jurado de 26 de junio de 2009 por la que se fija el justiprecio de la finca NUM000 que se corresponde con la parcela NUM001 del polígono NUM002 del término municipal de León, afectada por el Proyecto "Construcción Acceso Sur a León. Carretera N-630 de Gijón a Sevilla P.K. 147,0 al P.K. 159,0. Tramo León-Cembranos. Clave 40-LE-3940", pretende la parte recurrente que se anulen los actos impugnados y que se establezca en su lugar el justo precio discutido en la cantidad de 88.324,67 euros, suma que incluye el cinco por ciento de premio de afección y la indemnización por daños y perjuicios por expropiación parcial, demérito, afecciones y situación, pretensión que basa en el informe pericial que se acompañó en su día con la hoja de aprecio, el elaborado por el Sr. Eulalio que figura a los folios 13 y siguientes del expediente.

SEGUNDO

Una vez expuesta la pretensión ejercitada, procede señalar que los acuerdos de los Jurados de Expropiación gozan de una presunción de acierto en atención a lo variado de su composición, a la calidad jurídica y técnica e independencia de juicio de sus miembros y al crédito y...

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