SAP Santa Cruz de Tenerife 3/2013, 11 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3/2013
Fecha11 Enero 2013

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente

D. José Luis González González (Ponente)

Magistrados

D. Fernando Paredes Sánchez.

D. Aurelio Santana Rodríguez.

En Santa Cruz de Tenerife, a 11 de Enero del año 2013.

Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. El Rey, el Rollo de Apelación nº 177/12, del Procedimiento Abreviado nº 307/11 por impago de pensiones, seguido en el Juzgado de lo Penal nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, con sede en Santa Cruz de Tenerife, siendo partes, de la una y como apelante D. Carlos Jesús representado/a por el/la Procurador/es de los Tribunales D./Dña Concepción Santana Padrón y defendido/s por el/los Letrados/s D./Dña Maria Esther Medina Castilla y de la otra el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal nº 3, resolviendo en el referido Procedimiento Abreviado, con fecha 16 de julio de 2012, se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo condenar y condeno a Carlos Jesús, como autor criminalmente responsable de un delito de abandono de familia, por impago de prestaciones económicas, previsto y penado en el art. 227.1 y 3 CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de multa a razón de cuatro euros de cuota diaria, con responsabilidad personal del artículo 53 CP en caso de impago. Y al pago de las costas del procedimiento.

Asimismo en concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a Diana en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el importe de las pensiones adeudadas y no satisfechas, desde la firmeza de la sentencia dictada en fecha 21/09/2007 por el Juzgado de Primera Instancia Nº2 de La Orotava en el procedimiento guarda, custodia y alimentos 290/2006, hasta el 23/12/2009, debidamente actualizadas, con aplicación del interés señalado en el art.576 de la L.EC ., y debiéndose descontar de tal importe la cantidad de 460 euros.

SEGUNDO

Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos:

"El acusado Carlos Jesús, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, en virtud de sentencia de fecha 21/09/2007, dictada en el procedimiento de guarda, custodia y alimentos nº 290/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Nº2 de La Orotava, fue compelido a satisfacer a su expareja, Diana, en concepto de pensión por alimentos la cantidad de 400 euros al mes actualizables conforme al IPC. Sin embargo, el acusado, con perfecto conocimiento del alcance de su acción y total desprecio y abandono de sus obligaciones para con su esposa y a...

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