SAP Madrid 177/2013, 17 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución177/2013
Fecha17 Abril 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00177/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO 177/2013

RECURSO DE APELACION 691/2011

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE LUIS DURAN BERROCAL

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JOSE MARÍA PEREDA LAREDO

En MADRID, a diecisiete de abril de dos mil trece.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Procedimiento Ordinario 21/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 60 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo 691/2011, en los que aparecen como partes: de una, como demandantes y hoy apelados PROMOCIONES BURTA 2000 S.L., D. Jose Luis, Dª Carlota, D. Luis Francisco, Dª Elsa, D. Ángel Jesús y Dª Graciela, representados por la Procuradora Sra. Doña ANA ISABEL ARRANZ GRANDE; y de otra, como demandado y hoy apelante VELADA HOTELES S.L., representada por el Procurador Sr. D. JUAN ANTONIO ORTEGA SANCHEZ; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSE LUIS DURAN BERROCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 23 de febrero de 2011, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda planteada por la procuradora Doña Ana Isabel Arranz Grande en nombre y representación de Promociones Burta en Liquidación y sus integrantes Don Jose Luis, Doña Carlota, Doña Graciela, Doña Elsa y Don Ángel Jesús contra Velada Hoteles S.L..-1.- Condeno a la demandada a pagar a los miembros de Promociones Burta en liquidación 163.475,84 euros quienes contra la entrega del mencionado importe habrán de efectuar la correspondiente factura conforme a la legislación tributaria.- 2.-Condeno a la demandada al pago de los intereses del fundamento jurídico cuarto.- 3.- Todo ello con imposición a la demandada del pago de las costas del juicio."; en fecha 11 de abril del 2011, se dicto auto de rectificación de la sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "SE RECTIFICA la SENTENCIA, de 23/02/11, en el sentido de que donde se dice: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda planteada por la procuradora Doña Ana Isabel Arranz Grande e nombre y representación de Promociones Burta en Liquidación y sus integrantes Don Jose Luis, Doña Carlota, Doña Graciela, Doña Elsa y Don Ángel Jesús contra Velada Hoteles SL", debe decir: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda planteada por la procuradora Doña Ana Isabel Arranz Grande en nombre y representación de Promociones Burta en Liquidación y sus integrantes Don Jose Luis, Doña Carlota, Doña Graciela, Doña Elsa, Luis Francisco y Don Ángel Jesús contra Velada Hoteles S.L.""

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día 20 de marzo del año en curso.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

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