STSJ Canarias 63/2013, 30 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Enero 2013
Número de resolución63/2013

Ilmos. /as Sres. /as

Presidente

D./Dª. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ

Magistrados

D./Dª. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ

D./Dª. IGNACIO DUCE SANCHEZ DE MOYA (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de enero de 2013.

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En los autos de juicio 25/2012, seguidos ante esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias iniciados por SINDICATO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE LA CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO, contra SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A., CCOO, UGT y CSIF.

Es Ponente, el Ilmo. Sr. D. IGNACIO DUCE SANCHEZ DE MOYA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 02-10-2012 D. Segismundo actuando en nombre y representación de Sindicato de Transportes, y Comunicaciones en Las Palmas de la Confederación General de Trabajo en su condición de Secretario General, interpuso demanda cuyo suplico fue como sigue:

" A LA SALA SUPLICA:

  1. - Se declare que la conducta de la mercantil demandada, negando la información solicitada a los Delegados de Personal de la CGT en los centros señalados constituye infracción de Ley de Libertad Sindical y lesión del derecho fundamental alegado, ordenando el cese en tal conducta.

  2. - Se condene a la mercantil demandada a aportar en término inmediato la información requerida.

  3. - Se condene a la mercantil demandada a la indemnización de 3.000 euros por la lesión acometida en su valoración del daño de la libertad sindical de la central sindical demandante CGT".

SEGUNDO

Se admitió la demanda mediante decreto de fecha 8 de noviembre de 2012, convocando a las partes al acto de juicio para el día 27 de noviembre de 2012 a las 10, 30 horas, celebrándose en el día y hora indicados.

CUARTO

Practicadas las pruebas declaradas pertinentes, quedaron los autos conclusos y vistos para sentencia. QUINTO.- En la tramitación de las presentes actuaciones se han observado las prescripciones legales establecidas.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

En Asamblea de afiliados de la CGT en la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. celebrada el día 17-2-2009 se acordó por unanimidad de los afiliados presentes la constitución de la Sección Sindical de dicho Sindicato en la referida empresa y la designación como Delegados Sindicales de:

D. Carlos Francisco y

D. Juan Miguel .

SEGUNDO

Con fecha 22-11-2010 el Sindicato actor comunicó a la Jefatura de Recursos Humanos de la empresa que en asamblea ordinaria celebrada el día 19-11-2010 habían sido nombrados delegados sindicales de la misma Sección los siguientes trabajadores:

D. Belarmino .

D. Cirilo .

D. Eutimio .

D. Gervasio .

Dña. Carlota .

Dña. Emma .

D. Justo .

D. Melchor .

TERCERO

Con fecha 7-12-2010 el Sindicato actor comunicó a la Jefatura de Recursos Humanos de la empresa que en asamblea ordinaria celebrada el día 25-11-2010 había sido nombrado delegado de la misma Sección D. Sixto .

CUARTO

En elecciones sindicales celebradas en la Jefatura Provincial de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. de Las Palmas de Gran Canaria el día 28-6-2011, con un total de 918 trabajadores, resultaron elegidos 21 representantes: 13 de CC.OO; 3 de CGT; 3 de UGT y 2 de CSIF.

Los representantes de CGT fueron:

D. Eutimio .

D. Conrado .

Dña. Carlota .

QUINTO

Con fecha 22-8-2011 el Sindicato actor comunicó a la Jefatura de Recursos Humanos de la empresa que en asamblea extraordinaria celebrada el día 19-8-2011 había sido nombrado Delegado Sindical de la misma sección D. Gabino .

SEXTO

En reunión celebrada por los promotores del Comité de empresa de la Sociedad en Las Palmas de Gran Canaria el día 30-11-2011, acordaron que, ante la falta de quorum para constituir el Comité de empresa por ausencia de los 13 delegados de la Sección Sindical de CCOO, volverían a realizar otra convocatoria a tal fin en plazo de 15 días.

SÉPTIMO

En reunión de los promotores del Comité de empresa de la Sociedad en Las Palmas de Gran Canaria celebrada el día 27-12-2011, se decidió por seis votos a favor y tres en contra fijar en el día 2-1-2012 el plazo dado a la Sección Sindical de CCOO en reunión de 20-12-2011 para la gestión y estudio del referido Comité de empresa.

OCTAVO

Con fecha 4-1-2012 el Sindicato actor dirigió escrito a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Las Palmas de Gran Canaria solicitando que ante la falta de iniciativa de CCOO para la constitución del Comité de empresa, se le indicasen los trámites a seguir para lograr dicha constitución.

NOVENO

Con fecha 9-12-2011 D. Carlos Francisco en su condición de Secretario General de CGTCorreos dirigió escrito a la Jefatura de Recursos Humanos de la empresa para que en cumplimiento del art.

10.3 1º de la Ley Orgánica de Libertad Sindical se hiciera entrega a cada uno de los delegados de la Sección Sindical de CGT- que no formaban parte del Comité de Empresa - de las previsiones del empresario de celebración de nuevos contratos, con indicación del número de éstos y de las modalidades y tipos que serían utilizados, incluidos los contratos a tiempo parcial en la Dirección Territorial de Las Palmas durante el último trimestre de 2011 y posteriores.

DÉCIMO

Con igual fecha el mismo Secretario General dirigió escrito a idéntica Jefatura de la empresa para que en igual cumplimiento se hiciera entrega a cada uno de los delegados de la sección sindical de CGT de las estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas en la Dirección Territorial de Las Palmas durante el último trimestre de 2011 y posteriores.

UNDÉCIMO

Con igual fecha el mismo Secretario General dirigió escrito a idéntica Jefatura de la empresa para que en igual cumplimiento hiciera entrega a cada uno de los delegados de la sección sindical de CGT, de las copias básicas de los contratos celebrados en la Dirección Territorial de Las Palmas durante el último trimestre de 2011 y posteriores.

DUODÉCIMO

Con fecha 21-12-2011 el mismo Secretario General volvió a requerir toda la antedicha información a la Jefatura de Recursos Humanos de la empresa, con amparo en la STS de 30-11-2009 .

DÉCIMOTERCERO

El mismo día idéntico Secretario General dirigió escritos a la Jefatura de Personal de la empresa para que en cumplimiento del art. 10.3.1º de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, se hiciera entrega a cada uno de los delegados de la sección sindical de CGT la evolución general del sector económico postal en la Dirección Territorial de la empresa en Las Palmas durante el último trimestre de 2011 y posteriores; la información relativa a los modelos de contrato de trabajo escritos que se utilizasen en la empresa y así mismo de los documentos relativos la terminación de la relación; de las copias básicas de los contratos, de la notificación de sus prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos en el plazo de 10 días siguientes a que hubieren lugar; de la situación y estructura del empleo en la Dirección Territorial y que trimestralmente fueran informados sobre la evolución probable del mismo; de las decisiones de la Dirección Territorial que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a la organización del trabajo y a los contratos de trabajo, así como sobre la adopción de eventuales medidas preventivas que se tomasen, especialmente en caso de riesgo para el empleo; de las estadísticas sobre el índice de absentismo y las causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizasen.

DÉCIMOCUARTO

Con fecha 30-12-2011 el mismo Secretario General dirigió a la Jefatura de Recursos Humanos de le empresa escrito volviendo a requerir la mencionada información o una explicación válida del incumplimiento.

DÉCIMOQUINTO

Con fecha 19-1-2012 Dña. Carlota como Delegada electa de CGT- Correos dirigió escritos a la misma Jefatura solicitando se procediese a informar, con base en idéntico precepto legal, a cada uno de los Delegados de la sección sindical, de las estadísticas sobre el índice de absentismo y las causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención utilizados en la Dirección Territorial ; se les hiciera entrega de la copia básica de los contratos y la notificación de las prórrogas y de las denuncias correspondientes a los mismos en el plazo de 10 días siguientes a que tuvieron lugar, y de las previsiones de celebración de nuevos contratos, con indicación del número de éstos y de las modalidades y tipos que serían utilizados, incluidos los contratos a tiempo parcial, en la Dirección Territorial, durante el último trimestre de 2011 y posteriores.

DÉCIMOSEXTO

Con fecha 18-5-2012 la misma Delegada Sindical, dirigió escritos a idéntica Jefatura solicitando lo siguiente:

Información sobre la evolución general del sector postal y la situación de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos en esa situación.

Información sobre la situación económica de la misma, la evolución reciente y probable de sus actividades que tengan repercusión en el empleo, así como de la prestación de servicios y los ingresos por ellos, todo ello en el ámbito de Las Palmas.

Información de las previsiones generales de celebración de nuevos contratos, incluidos a tiempo parcial y de los supuestos de subcontratación, todo ello referido al ámbito territorial de Las Palmas.

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