STSJ Andalucía 2395/2012, 24 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2395/2012
Fecha24 Octubre 2012

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

OL

SENT. NÚM. 2395/12

ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZALEZ

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JOSÉ VILLAR DEL MORAL

ILTMA. SRA. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a veinticuatro de Octubre de dos mil doce

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1758/12, interpuesto por INSS y TGSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Nº 1 DE JAEN en fecha 18/06/12 en Autos núm. 772/11, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JORGE LUIS FERRER GONZALEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por José en reclamación sobre INCAPACIDAD PERMANENTE contra José y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 18/06/12, por la que se estimó la demanda interpuesta por D. José contra el recurrente, declarándose al citado demandante afecto a un incapacidad permanente en grado de absoluta, con los derechos inherentes a mencionada declaración y los incrementos y revalorizaciones que proceden y el abono de una pensión con carácter vitalicio del 100 % sobre la base reguladora y condenar a las entidades demandadas a estar y pasar por dicha declaración.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. .- Que la Dirección Provincial del INSS con fecha, registro de salida, 13-01-09 comunica al actor José, con DNI nº NUM000, el inicio del correspondiente expediente administrativo sobre prestaciones por incapacidad permanente por el transcurso de los dieciocho meses, a los efectos de formular alegaciones en el término de diez días, por lo que con fecha, registro de salida, 27-03-09 se comunica al demandante que ha resuelto aprobar con fecha 25-03-09 las prestaciones de una incapacidad permanente en grado de total, derivada de enfermedad común, para su profesión habitual de pintor, régimen general, al presentar como dolencias síndrome subacromial intervenido: acromioplastia derecha y transtorno por consumo de tóxicos que limitan su aparato locomotor y esfera psíquica, siendo el informe de valoración médica de fecha 11-02-09 y el dictamen propuesta de fecha 03-03-09, pudiendo ser revisada por agravación o mejoría a partir de 26-04-00, y su base reguladora de 689,45 euros/mes, frente a lo cual formuló reclamación previa ante el INSS con fecha 20-04-09 que fue desestimada con fecha 23-06-09.

  2. - Que, sin embargo, el actor con fecha 13-10-10 solicita ante la Dirección Provincial del INSS la revisión de grado de la incapacidad permanente reconocida en su día, por lo que con fecha, registro de salida, 5-11-10 se dicta resolución por la que se acuerda no haber lugar a la revisión solicitada y frente a la que formuló reclamación previa con fecha 1-12-10 ante el INSS que fue desestimada por resolución de fecha 25-01-11.

  3. -Que, por último, el citado actor con fecha 20-05-11 vuelve a solicitar ante la Dirección Provincial del INSS la revisión de grado de incapacidad permanente reconocida, por lo que con fecha, registro de salida, 9-08-11 acuerda declarar que continua afecto al mismo grado de incapacidad permanente, al presentar como dolencias síndrome subacromial intervenido; acromioplastia derecha; trastorno por consusmo de tóxicos; trastorno depresivo; parálisis facial periférica izquierda (fenómeno bell positivo); espondiloartrosis cervical; pequeñas hernias discales C5 a C7;...

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