STSJ Comunidad de Madrid 39/2013, 10 de Enero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 39/2013 |
Fecha | 10 Enero 2013 |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Cuarta
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.33.3-2008/0113127
Procedimiento Ordinario 679/2008
Demandante: Autopista Eje Aeropuerto, S.A. Concesionaria Española
PROCURADOR D./Dña. FERNANDO BERMUDEZ DE CASTRO ROSILLO
CLEMENT S.A.
PROCURADOR D./Dña. IGNACIO MELCHOR ORUÑA
Demandado: Jurado Provincial de Expropiación Forzosa. Comunidad de Madrid
Sr. ABOGADO DEL ESTADO
PONENTE ILMO. SR.D. ANGEL FRANCISCO SUAREZ BARCENA MORILLO VELARDE
SENTENCIA Nº 39/2013
Presidente:
D./Dña. CARLOS VIEITES PEREZ
Magistrados:
D./Dña. ALFONSO SABAN GODOY
D./Dña. ANGEL FRANCISCO SUAREZ BARCENA MORILLO VELARDE
D./Dña. GREGORIO DEL PORTILLO GARCÍA
D./Dña. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON
En la Villa de Madrid a diez de enero de dos mil trece.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso Contencioso Administrativo núm. 679/2008, y acumulado núm. 772/2008, interpuestos por el Procurador de los Tribunales D. Ignacio Melchor de Oruña en nombre y representación de la mercantil CLEMENT, S.A, y por el Procurador de los Tribunales D Fernando Bermúdez de Castro Rosillo en nombre y representación de la mercantil AUTOPISTA EJE AEROPUERTO CONCESIONARIA ESPAÑOLA S.A ., contra laResolución de 16 de octubre de 2008 dictada por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid, que señaló como justo precio de los bienes y derechos afectados por la expropiación la cantidad de 90.397,91#, incluido el 5% de afección, referida a la servidumbre de paso constituida en la finca sita en el término municipal de Madrid-San Blas, identificada con el número 82, del Proyecto "MODIFICACIÓN N° 2 DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA AUTOPISTA DE PEAJE EJE AEROPUERTO. CONEXIÓN AEROPUERTOVARIANTE N II Y VIAS DE SERVICIO SUR DE BARAJAS" .
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por la Abogacía del Estado. La cuantía del recurso es inferior a 600.000 #.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 21 de noviembre de 2012 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ANGEL FRANCISCO SUAREZ BARCENA MORILLO VELARDE.
Es objeto del presente recurso contencioso administrativo, la Resolución de 16 de octubre de 2008 dictada por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid, por la que se fija el justiprecio de la servidumbre de paso en la finca sita en el término municipal de Madrid-San Blas, identificada con el número 82, del Proyecto "MODIFICACIÓN N° 2 DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA AUTOPISTA DE PEAJE EJE AEROPUERTO. CONEXIÓN AEROPUERTO-VARIANTE N II Y VIAS DE SERVICIO SUR DE BARAJAS"
El 19 de abril de 2005, se levantó Acta Previa a la Ocupación y Acta de Ocupación referida a la finca de litis y el 16 de agosto de 2005 la recurrente expropiada, formuló una primera hoja de aprecio referida a una superficie expropiada de 6.010 m2 aplicando un valor unitario 689,13 #/m2, lo que da un valor incluido el premio de afección, de 4.348.754,87.-#, y tras la rectificación de error cometido por la...
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