STSJ Comunidad Valenciana 2924/2012, 27 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2924/2012
Fecha27 Noviembre 2012

1 RECURSO SUPLICACION - 001713/2012

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. MANUEL JOSÉ PONS GIL

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO VICENTE COTS DIAZ

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. GEMA PALOMAR CHALVER

En Valencia, a veintisiete de noviembre de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2924/2012

En el RECURSO SUPLICACION - 001713/2012, interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de abril de 2012, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE BENIDORM, en los autos 000348/2010, seguidos sobre Invalidez, a instancia de Bernabe, asistido por el Letrado D. Antonio Gallego Sánchez contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente Bernabe, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO VICENTE COTS DIAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo totalmente la demanda formulada por don Bernabe, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TGSS, absolviéndolas de las pretensiones postuladas en su contra.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: 1º -La parte actora don Bernabe, nacido el NUM000 /1978, titular de D.N.I. nº NUM001, afiliado a la Seguridad Social en el Régimen General con el nº NUM002, de profesión habitual MOZO ALMACEN PASTELERÍA INDUSTRIAL, acredita cotización por periodo suficiente para lucrar la prestación que postula y base reguladora de 798,22 euros mensuales a los efectos de Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual. La fecha de efectos económicos de una eventual prestación aceptada por ambas partes es de 03/12/2009. 2º - Incoado expediente de incapacidad permanente, emitió dictamen el IVAM, el 05/11/2009, que recogía como dolencias: "LUMBALGIA" y resolvió la Dirección Provincial del I.N.S.S. en Alicante, el 03/12/2009, declarando que no se encontraba afecto de incapacidad permanente alguna. 3º - Formuló reclamación previa que pretendía declaración de incapacidad permanente en el grado de absoluta para toda profesión u oficio, subsidiaria total para su profesión habitual, que fue desestimada por resolución expresa (18/02/2010). 4º- El informe médico forense emitido el 03/04/2012 concluye que el actor tiene limitaciones para actividades de sobrecarga y realización de tareas con carga mental elevada ya que presenta un sufrimiento psíquico por los problemas urológicos.

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante Bernabe . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la pretensión actora de invalidez permanente en el grado de absoluta o subsidiaria total para su profesión habitual, interpone recurso de suplicación la parte actora, y en el primer motivo del recurso se postula con amparo procesal en el artículo 193,

  1. de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la modificación de los hechos declarados probados y en concreto pretende que se adicione al hecho probado primero el texto que indica en su escrito de recurso, pero la adición no puede alcanzar éxito ya que contiene una valoración jurídica impropia de figurar en la premisa fáctica.

SEGUNDO

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