SAP A Coruña 583/2012, 10 de Diciembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 583/2012 |
Fecha | 10 Diciembre 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00583/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA
- Domicilio: RÚA CAPITAN JUAN VARELA, S/N
Telf: 981.182067-066
Fax: 981.182065
Modelo: 213100
N.I.G.: 15057 41 2 2011 0101327
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001062 /2012
Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 6 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000030 /2012
RECURRENTE: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
RECURRIDO/A: Leopoldo
Procurador/a: JOSÉ CERNADAS VÁZQUEZ
Letrado/a: MANUELA DOMINGUEZ ARUFE
SENTENCIA
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LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA, CONSTITUIDA POR LOS ILMOS/AS SR./SRASD./DÑA. LUCIA LAMAZARES LOPEZ-PRESIDENTA, D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS Y Dª GABRIELA GÓMEZ DÍAZ - Magistrados/as
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En A CORUÑA, a diez de diciembre de dos mil doce.
VISTO, por esta Sección 001 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA : 0000030 /2012 del JDO. DE LO PENAL nº: 006 ; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado Leopoldo, representado por el Procurador JOSÉ CERNADAS VÁZQUEZ, bajo la dirección Letrada del Sr. Domínguez Arufe, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS.
En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha 28/05/12, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Leopoldo, como autor criminalmente responsable de una FALTA continuada de AMENAZAS, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de VEINTE DIAS DE MULTA a razón de cuatro euros día, y la de prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de la persona de María Luisa, de su domicilio o lugar de trabajo así como de comunicarse con ella por cualquier medio, escrito, oral o internet, pro el tiempo de seis meses.
Y como autor de una FALTA D EINJURIAS a la pena de DIEZ DIAS DE MULTA a razón de cuatro euros día y la de prohibición de aproximarse a menos de 150 metros de la persona de María Luisa, de su domicilio o lugar de trabajo, así como de comunicarse con ellas por cualquier medio, escrito oral o internet, por el tiempo de seis meses.
Y le debo absolver y absuelvo del delito de amenazas leves sobre la mujer por el que venía siendo acusado.
Al serle de abono el tiempo de medida cautelar procede REVOCAR Y DEJAR SIN EFECTO EL AUTO DE FECHA 27 de MAYO DE 2011.
Deberá satisfacer las costas causadas y que puedan corresponder por las faltas".
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día de su fecha.
hechos probados
Se aceptan los de la resolución recurrida, que se tienen por reproducidos de cara a la brevedad de la presente.
El Ministerio Fiscal plantea en su recurso la valoración que la sentencia de instancia realiza sobre el carácter de la relación entre los implicados en el hecho, que se define como diferente de la conyugal o con un vínculo de naturaleza similar, mientras que el recurso plantea que factores como la edad de los novios o la duración de su relación son ajenos al ámbito de la...
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