ATS, 15 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Enero 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Enero de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil URBIESPAR, S.L. presentó el día 9 de enero de 2012 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 16 de septiembre de 2011, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 1462/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2241/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Sevilla.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 21 de marzo de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes con fecha 27 de marzo de 2012.

  3. - El Procurador D. Jorge Deleito García en nombre y representación de la entidad mercantil URBIESPAR, S.L. presentó escrito ante esta Sala el día 24 de abril de 2012, personándose en concepto de parte recurrente. El Procurador D. Luciano Rosch Nadal, en nombre y representación de la entidad mercantil ANDALUZA DE PARABRISAS, S.L., presentó escrito con fecha 11 de mayo de 2012, personándose como parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de entidad mercantil URBIESPAR, S.L. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - De acuerdo con lo establecido en el art 483.5 LEC contra esta resolución no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil URBIESPAR, S.L. contra la Sentencia dictada, con fecha 16 de septiembre de 2011, por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 1462/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 2241/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Sevilla.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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